Spanish Colonial Manuscripts at the Benson Latin American Collection

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asi en su vida, como al tiempo [ante] su fallecimientto, o por su testamen to, o postrimera voluntad, o por via de donacion enttre villos o por causa de muertte, o por otra manda, e instrumentto, o otra disposicion, o contracto que quisies se, y por bien tubiese, pudiesse instituir, y fundar maionazo en la persona, o personas que quisi esse y le pareciesse, y en sus des cendienttes, y a falta de ellos en otros quales quien deudos suios, o extraños, pasan y dejan los d[ic]hos bienes por Gia de titulo de maionazoo segun y como lo dis pussiese por su testamentto, o mandas, y otras quales quiera escripturas, y declaraciones con los vinculos, primezas, gra uamenes, reglas, modos, sots

Last edit 11 months ago by mgvallejo20
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tituciones, estatutos, vedamien tos, summisiones, penas, exclusiones, decirvas, y otras cosas que quisiere poner, como agi mesmo se refiere y declara en la d[ic]ha facultad, y viando de lo que en ambas se contiene entre las cosas que ha via cedido el dicho Conde, duq[ue] de San Lucas vuestro Padre, en vos el d[ic]ho Marques de Maixena Don Henrrique Phelipus de Gusman para el cumplimiento del ofreci miento que hizo en las capitula ciones matrimoniales, que hizi eron entre el, y la Condesa de Olivares Duquesa de San Lucas la maior su muger por lo que la toca, ô pueda tocar y Don Ber nardino Fernandez de Velasco y dhovar condestable de Castilla para el casamiento q[ue] hizisteis

Last edit 11 months ago by MichaelaZ

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Y den si saben. quel d[ic]ho Pedro Castellar entre manera aonde fue qui[n] e como a tal conquistador. le dieren y sumo en encomienda el pueblo de Atado el de Pueblo de Poquiapa y Quinolapa t la mitad del Pueblo de Tonala quee en la provincia del S[an]to [Es]píritus que por ser empresa de oro valían en centavan en cada una no mas de cinco mill pesos de oro o mas los quales le fueron dados y en comendados por el marques del Valle y estando en jui[ci]o de su Magestad el d[ic]ho Pedro Castellar de Sigüenzas le fueron quitados los d[ic]hos pueblos. Por los o fraa[i]les de su Magestad que governavan esta Nueva. Spana diciendo ser muerto el d[ic]ho Marques y los demás que con el fueron y lo mesmo saben los de estos que sirvieron con los demás conquistadores que fueron […] viaje con el d[ic]ho marques de gandia Y den si saben quel d[ic]ho Pedro Castellar e dona Maria de Leon fueron cacsados y velados en fae de la santa madre iglesia de rroma e como la 1 marido y

Last edit about 1 year ago by jviborra
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Muger siguieron vida maridable y durante su matrimonio fueron por su hija legitima - Asadsa [¿?] de naan familia Castellar y por tal fue y es auida [¿?] y de indio e que de [¿?] matrimonio. No pudieron [X]. Ni de ninguno de ellos quedo. Dicho [X] ni [X] ni acen diente nenguno si no es Lad sadoria an toma de cae [X] y den si saben que Lobo Diego del [X] [X] Es casado e velado en las [¿?] de la Santa Madre Yglesia de rroma con [X] [X] Doña Antonia Castellar Y de su esposo matrimonio fueren seis [X] [X] [X] [X] [X] [X] Y [X] si saben que los [¿?] Diego des que ves e Doña Antonia Castellar y su muger son gente noble de calidad y onestidad y de rrecogomiento - E que Por no tener [X] [X] pueblos ni ayuda de corta [¿?]ni entretenimiento en la rreal [¿?] ni otra cossa de que se poder sustentar mas que sesenta pesosde oro [¿?] que vale el pueblode Xicaestepequez que el abogado Diegode Esquivel tiene en encomienda [X] [X] su mujer y padescen

Last edit 12 months ago by Machuca2
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el qual nombro para ello al doctor Pedro Farfan oydor desta Real audiencia ante quien se rreçiban los testigos que se ouieren de examinar la qual prov[idenci]a por antegal Paz de Moralles reçeptor desta rreal audiençia a quien nombro para ello S[ant]o [...] dcagurto en la çiudad de Mexico a diez e siete dias del mes de noviembre de mill e qui[nient]o[s] y septenta e ocho yo el [e]scri[van]o receptor yuso scripto a se al doctor arteaga mendiola fiscal de su Mag[esta]d pa ra que se hace presente al ver juran y conosçer los testigos que en esta casa presentare Diego Desquivel siendo testigos Pedro Diaz de Aguero y Antonio Muñoz Caldera estantes en Mexico Gaspar de Morales [e]scrivano reçeptor en la çiudad de Mexico a diez e nueve dias del mes de noviembre de mill y qui[nientos] e sepsenta e ocho anos ante el Ill[ustrissimo] señor doctor Pedro Farfan oydor en la d[i]ha real audiençia el d[ic]ho Diego Desquivel presento por testigo a Joan de Verac conquistador desta d[ic]ha çiudad y Nuevaspaña

Last edit 12 months ago by rmcabanillas
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de de barҫelona señor de Vizcaya y de molina duque de a tyerras y de neopatua conde de tial tamu ra y de ustan e dejo [...] Al d[ich]o duque de austiria duque de borgoña y de Ravante y de milan conde de flandes e de tirol e co Al n[uest]ro justicia mayor y a los del n[uest]ro consejo presidentes e oyodores del las n[uest]ras Audiencias a ledo s e alguaziles de la n[uest]ra casa e corte e canҫillerias y a los concejos corre gidores. Asistentes gevernadores a los maiores y surdinarios e alguaciles mezinos e otras just[icia]s y ofciales quales quier Asi de la ciudad de se[vi]lla como de todas las otras ciudades villas e lu gares de todos n[uest]ros rreinos e señoris y a los y a los que cobren en y recaudan y enpadrona y an y oviesen de azer e rrecaudar asi en rrenta como en fiel dad como en esta qualquier manera las n[uest]ras monedas pedidos e serihaso e susaselos otros pagos e tributos qualquier rreales y concejiles que los o mas buenos pe[gos n[uest]raAsi de la ciudad de Se villa como de todas las otras ciudades villas y lugares de todos n[uest]ros rreinos y n[uest]ros señorios estuviese e hacen e rrpartiezen y de rramanzen en qualquier manera. Asi para n[uest]ro servi[ci]o como pa[ra] sus gastos e memenesteres e a cada uno e qualquier de n[uest]ros [...] lugar e jucudicion A quien en esta n[uest]ra carta eje cutada fuese mostrada o espresaso de las signal de [e]scriva[n]o pu[bli]co sacado con la verdad de juizo de al[cal]de e n[uestr]ra manra q[ue] fagales salud e gracia sepa desque [...] todo paso estrado esta n[uest]ra corte e canҫilleria ante los n[uest]ros al[cal]dede los jusgados de n[uest]ra Audiencia questa

Last edit 11 months ago by Yaret
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e costae e jmio s forma de dias la d[ic]ha de mim da Awsi dixo que protestava de d[ic]ho ponder el di[...] de la propiedad cadas quando que a sus partes con vimese estee con vema y no de q[u]e tiamaneza des de cuego casu pendia e suspendio la qual d[ic]ha demanda de tomy[...]os que con ella som. v viso por los de v[uestro]s ma[jestade]s alcalde de los que los o algo mando zondar ese d[ic]ho yeglado de aparte del d[ic]ho jumgazaa del qual el macazta de en pla zamento enforma con ti all de con esto justi [cruz?] regmen de la d[ic]ha ciudad de senyeer Lag dentro del termino en ella con este indo s hiase n supzo cuiados suficiente un su poder especial y bastante hizes ponder xla d[ic]ha demanda con crela aon llaza de lo que se a via denlegar en este plqx la hee de nuestro fiscal la viese ese ynformase del d[ic]ho negocios aling perzcimienod la d[ic]ha nuestra cazta de splazamen u[stede]s contem dos la qual pazeao por fee de sfuu ano publico que fue notificado al d[ic]ho con cesosubtiaa frregimiento de la d[ic]ha ciu dad de sevilla estando [...] sucabill tay mmtamy ento segm que lo xvian de uso de costumbre e dieron xella aertarrel puesta la q[u]e fue traid al eso m'tada sl processo del d[ic]ho pueblo. Por parte del [...] del que bel les fue a cusada la rebelda [...] y en forma de vida de d[ic]ho y les fue puesta por demanda la rrelaaon de la demanda que y vayncoz

Last edit about 1 year ago by AdamRSingh
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Depe...ezos e que ha sido ... en esto y desendiente de ta les y por que la d[ic]ha demanda ha puesta no por parte mest pomen forma y carecia de relacion verdadera nega ronla como dellas se q[u]e y contenia lo otro porque capaz le entrava era ....bre llano peijero.... y meto y de sen dientes detales y esta porse aun siempre avian sido a vidio Etem disclo otro porque la parte contrarias a mas a via vi vido este y suavitacion esta ziendo avia estado esse si dido la vieeca depilas que eta tierra e fueron de se ujeen X don de se abia escusado que se le ...diese repar ..in por ser lo mo sienpre avia pretendido ser .... de la que bondad de ...lo otro por que jamas avia tenido ..to donde tuo para que pudiese pretender noblesa m de le acia buelto la blanca que a los otros hombres s----al ..... lessolian y acostumbravan volver mediante lo qual era hombre de a no x enjero e.... sea via de dereazar y a via de ser con de nado ...que pe ----ase y contribuyese todos los -----y de rramasen que se ...savan y contabujan los hombres en la ... ven sezos y asi no ssuplicaron lo pronunciamos e de be azade mor... de con justicia y costas de la qual de x etiando e cceuaones... por los ....mosaeca.... de los ssifo...d....e so fuem....barttifo al procurador de ... nam gar a a deso fuendo barttido alpro curador de .....non sar a desquybel a quden fue notificado e

Last edit 11 months ago by puparela
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setenta y cinco a[ño]s poco mas e que conoce al d[ic]ho j[u]an desquibel q[ue] letigava desde que naҫio bivyr y morar e[n] Sevilla e[n] la coleion de san m[art]in e[n] una calleja sin salida e que asi mismo abia conocido a fran[cis]co desquibel padre del que letiga al qual abia conocido biujr e morar e[n] la d[ic]ha calle e collacion de san m[arti]n e que lo avia conocido mucho t[iem]po e anos queste test[ig]o no tenia memoria quantos eran e que asi mismo avia conocido a diego desquibel abuelo del quelltya al qual avia conocido e[n] la d[ic]ha ciudad de sevi[ll]a biujendo e morando e[n] la calle ancha q[ue] va de santa marina a san Ju[an] siendo calle de la hermandad de los hijosdalgo ensi mismo racordava que abia oydo de[cir] e nonbrar a al[ons]o hernandez desquibel comendador de la horden de santiago visabuelo del que letiga e que oi muchas [per]sonas que no se acuerda de sus nonbres tratan do e platicando e[n] conversaciones avia oido dezir como el d[ic]ho comendador alonso hernandez desquibel e doña maria martel mug[e]r que abia sido casado e velado e[n] faz de la santa madre yglesia de rromat que durante el matrim[on]io e[n]trellos avian abido e proqueado por su hijo legitimo al d[ic]ho diego desquibel abuelo del que letigava e asi lo avia visto e oydo tratar e platicar y era cosa muy pu[blic]a e notoria e dixo este testigo que aunque no vido casar e velar de d[ic]ho diego desquibel con dona fran[cisc]a de herr[era] saabedra mug[e]r abuelos del que letiga que e[n] e[l] t[iem]po queste t[estig]o los avia cono ҫido al d[ic]ho d[i[eg]o desquibel biujendo y morando e[n] la d[ic]ha ҫiu dad de s[evilla] avia sabido y e[n]tendido questavan casados e ve lados el y la d[ic]ha dona fran[cisc]a y que hazian vida maridable juntos e por tal marido y mug[e]r este testigo los tuvo e fueron avidos e thenidos e comunmente rreputados e q[ue] sabe este t[estig]o que durante su matrim[on]io q[ue] vieron por su hijo leg[itim]o al d[ic]ho fran[cis]co desquibel padre del q[ue] letiga e por tal su hijo leg[itim]o este testigo se lo vido tratar e nonbrar e criar a los d[ic]hos sus padres y [?] pu[bli]co en el e queste t[estig]o sabe por cosa muy pu[bli]ca e notoria quel d[ic]ho fran[cis]co desquibel e maria graҫia davila mug[e]r padres del que letigan fueron casados e velados

Last edit 12 months ago by MichaelaZ

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han de elegir quatro Diputados y dos mayordomos, los quales han de serlo por tiempo de un año = Y Dende en adelante para la Eleccion de otros años solamente se han de juntar los dichos diputados y Mayordomos de conformidad, o por la mayor parte de votos, han de elegir los que han de ser para los años siguientes, por quanto la Junta de todos los cofrades para semejantes Elecciones parece ser mas confu = sion que cosa acertada, y esta orden se tendra en quanto a elegir oficiales Ytem. por quanto por concesion del Señor Visorrey Don Martin Enrriquez, y por el Señor Arzobispo Don Pedro Moya de con = treras, esta concedido el Patronasgo de la dicha santa Yglesia á la ciudad de Mexico Justicia y Regimiento de ella, lo qual administra, y de sus Propios tiene señalados cincuenta pesos de minas, para ayuda de la paga de el capellan en cada un año, y parece ser cosa Justa, que esta Santa Cofradia haga al = gun reconocimiento de lo susodicho; y asi se ordena y cons = tituye, que el uno de los diputados de los quatro que se han de elegir en cada un año, sea un caballero Regidor de la di = cha cudad, y el otro de los cavalleros vecinos de la dicha ciu = dad y los Mayordomos, Personas devotas, y llanas los quales han de ser principalas aministradores de las dichos santa cofradia; los quales dichos quatro Diputados y dos Mayordomos, y un Munidor y sachristan, han de ser elegidos en el mismo dia en la tarde de la fiesta de la visitacion de Nuestra Señora, segun dicho es en el capitulo antes de este. Ytem: ha de haver un capellan que resida ordinariamente en la dicha Yglesia, el qual ha de elegir y nombrar la ciudad de Mexico como Patron y sobre cincuenta posos de minas, que la ciudad leda, se le ha de cumplr de esta santa Cofradia

Last edit about 1 year ago by Eduardo Henrique Gorobets Martins
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