Spanish Colonial Manuscripts at the Benson Latin American Collection

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V[?]a J[e]h[su]s M[ari]a J[ose]ph Excell[entisi]mo señor Muy ven[deci]do s[eñ]or mio Ex[celentisi]mo al mismo timepo, y por el mismo paquelot S[an]. Carlos a mas de las dos q[u]e acabo de responder recibi otra tres de v[uestra] e[xcelencia] todas con f[ec]ha de dos de enero cada una de las que me obliga mas y mas a repetir a v[uestra] e[xelencia] los mas encarecidos agradecim[iento]s y a servirle con quanto con ato y empeño alcancen mis fuerzas ayudadas del favor divino como espero executarlo. En la primera me expresa v[uestra] e[xcelencia] la buena cabida q[u]e ha tenido en su gran piedad mi humilde suplica respecto del oficial d[o]n Pedro Fages. Ha sido p[ar]a mi mucho consuelo. Sea todo por amor de dios, y viva v[uestra] e[xcelencia] mil años para consuelo de muchos pobres. En la siguiente me da v[uestra] e[xelencia] noticia de estar prevenido el S[eñor] Governador de California de entregar con acuerdo del R[eal] P[adre] Fr[ay] Vicente Mora Presid[ent]e de las antiguas misiones de los efectos encajonados q[u]e estaban detenidos en la de San Fernando de Vellicara de hacer conducir las treynta vacas chichiguas con diez y seys crias q[u]e se compraron a cuenta de los synodos, y se entregaron al d[ic]ho P[adr]e Mora, con mas de trece bestias entre yeguas, y cavallos q[u]e havian quedado en las de S[a]n Joseph Comondú como compradas de los bienes de D[o]n Gaspar Pisón, y de q[ue] también dispuesto el reintegro de nueve mulas, quatro cavallos y dos yeguas dadas de limosna por los bienechores y aplicadas a otros fines por el comis[ari]o D[o]n Antonio Lopez de Toledo. De d[c]h[o]s encargos de v[uestra] e[xelencia] queda ya evacuado el primero q[u]e es el de las cargas de tanto tiempo detenidas. Ya sin oposicion alg[un]a salieron, estan ya aca y en la mayor parte repartidas y a si espero sera en breve de los demas puntos, y q[u]e no tendremos q[u]e fatigar mas a v[uestra] e[xcelencia] con assumptos de la antigua california. Bendito sea Dios p[o]r todo y lo pague a v[uestra] e[xcelencia]

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n. 1º 24 agosto 24 de 74 V[...]a Jhs Ma Jsp ex[c]ell[entisi]mo señor. muy ven[era]do S[eñ]or n[uest]ro ex[celentisi]mo: en dia 6 del corr[ien]te mes tuve el gusto de ver carta de V[uestra] e[xcelencia] dirigida al P[adre] Lect[o]r Fr[ay] Fran[cis]co Palou, y en ella continuado el empeño de V[uestra] E[xcelencia] de afianzar y dilatar n[uest]ra s[an]ta Fe catholica en estas Provincias y suponiendo que el s[eño]r ca pitan de estos presidios expresara a V[uestra] E[xcelencia] las causas que le deti enen, en lo prompto, a no emprender expedicion alguna de las q[ue] yo y los demas relig[ioso]s esperamos con ansias y V[uestra] E[xcelencia] tanto desea, passo a las noticias occurrentes. El ganado de las dos misiones San Francisco y S[an]ta Clara de que hable a V[uestra] E[xcelencia] en mi anteced[ent]e lo remitio di[ch]o s[eño]r Capitan de esta miss[io]n día 16 del p[rese]nte mes di el recibo correspond[ient]e y quedo concluido tal assumpto. Vistas las instancias de estos oficiales herrero y Carpint[er]o sobre no al canzarles la racion p[o]r no ser como se les prometio en su titulo y tener ellos familia y estarse indecedentes de ropa, escrivi al s[eño]r Cap[ita]n les atendiesse en uno y otro siquiera a cuenta de sus salarios pues ya tienen devengado lo que se les adelantó. y supuesto q[ue] el d[ic]ho s[eño]r me tiene expresado varias vezes q[ue] las cartas que recibe y las respuestas q[ue] da, van todas en el Diario, que dirige a V[uestra] E[xcelencia] no tengo p[or] q[ue] fatigar la atencion de V[uestra] E[xcelencia] en ello pues allá verá V[uestra] E[xcelencia] lo q[ue] pedí y en que terminos y la respuesta q[ue] se reduce a decir que si no les alcanza que aguanten que assi lo hazen los sold[ado]s que le han representado lo mismo de ropa, no se me contesta; y desde entonces se añadieron cinco onsas de jamon a la semana. Y no he hablado mas en el assu[mp]- to. Al fin de d[ic]ha respuesta se me hiso cargo sobre uno de los carpinteros de s[an] Diego di p[o]r escrito la respuesta y si va en el Diario es quanto tengo q[ue] desir y no sospecho se le haga al pobre oficial mala obra pues no lo merece. Yo suplico a V[uestra] E[xcelencia] que si en estos almasenes hay q[ue] vender q[ue] venda, y si no hay que los proveha, supuesto que assi se ha de pagar los salarios. El sold[ad]o miss[ione]ro o mayordomo lo he pedido de palabra dos vezes, supuesto q[ue] ya havia condescendido el oficial despues de mi salida, y quando llegue acá lo tenia todas las missiones y q[ue] no augmenta costo ni num[er]o al Rey mi S[eño]r pues no consiste en mas que el consentir el cap[ita]n que de los 6 hombres q[ue] tiene cada mission, el uno pueda dedicarse a los q[ue] haseres de la mision y q[ue] los cinco carguen con guardas y cavallada q[ue] atento lo ociosos que estan no se cansaran mucho. No lo he podido conseguir p[or] q[ue] en la Junta y Reglam[ent]o se paso p[o]r alto esse punto q[ue] era el 14. de mi primer memorial de 13 de marzo y tengo paciencia, ahu[n]q[ue] los PP[adres] de todas las missiones me instan mucho sobre ello con las mismas razones que exprese en d[ic]ho mi escrito. Dize el s[eño]r Cap[ita]n que son pocos seys p[ar]a dispensar uno. Si V[uestra] E[xcelencia] no determina otra cosa tendremos paciencia, y se hara lo q[ue] se pudiere.

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En Veinte y quatro de Sep[tiembr]e de mill y seis[cientos] y sesenta y ocho años Visitando v[uestra] m[merced] r[everen]do p[adr]e he[rman]o Prou[incia]l desta Pro[uinci]a del s[an]to evang[eli]o [puz?] Diego de Silua este conv[en]tp de s[an]ta m[ari]a de la Consolacion Vio este libro en que se alientan las Profesiones de los que Reciuen el Hauito en d[ic]ho Concierto y lo aprouo y Para que constase lo firmo en d[ic]ho dia mes y año Fr[ay] Diego de silua Vis[sitad]o[r] Prou[inci]al Ante mi= fr[ay] Mig[ue]l Aguilera Secrett[ari]o fr[ay] Juan del Puerto En quatro de Diciembre de mil, seissientos y sesenta y ochoaños de Las quarto de la tarde profeso para Religioso del coro el H[erma]no fr[ay] juan del puerto en manos del R[everen]do P[adr]e fr[ay]. Juan Cabal difinidor habitual Y G[uardi]an en presencia de toda La comunidad, conte la qual le fue hecha la protesta de que Si en al gun tiempo, paresiere ser desendiente dentro del quarto grado de judios, moros o ereges Condenados, sera La profecion y rrita y nula Y dicho h[erma]no La aceto, Y firmo Juntam[en]te Con N[uestr]o P[adr]e G[uardi]an Y P[adr]es discretos de este conv[en]to. fr[ay]. Ju[an]. Cabal fr[ay]. xristoual Ynfante m[aest]ro de nouicios fr[ay]. Luis de Garro fr[ay]. fran[cis]co de la sala fr[ay]. Joan de el Puerto

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Fr[ay] Juan de Sierra En siete de enero del año de 1669, a las quatro de la tarde, profeso para Religioso del coro el h[erma]no Fr[ay] Juan de de Sierra en manos del R[everen]do P[adr]e Fr[ay] Juan Cabal definidor habitual y g[uardi]an en presencia de toda la comunidad ante la qual le fue hecha la protesta de que si en algun tiempo paraciere ser desendiente dentro del quarto grado de Judios, Moros herejes Condenados sera la profesion yrita y nula y dicho H[erma]no la acepto y firmo juntamente con n[uestr]o P[adre] g[uardi]an y p[adr]es discretos de este conv[ent]o de N[uest]ra S[eñor]a de consolación Fr[ay] Ju[an]o Cabal Fr[ay] Luis de Garro Fr[ay] Esteual Ynfante Fr[ay] Fran[cis]co de la Sala, M[aest]ro de novicios Juan de sierra Fr[ay] Juan de Arce En ocho de agosto del anno de mil seisceintos y sesenta y nueve a las quatro de la tarde profeso para religioso del coro el H[erman]o Fr. Juan de Arze en manos del R[everend]o P[adr]e Fr[ay] Juan Cabal definidor habitual y g[uardi]an en presen cia de toda la comunidad ante la qual le fue fecha la protesta de que si en algun tiempo pareciere desen diente dentro de quarto grado de Judios moros Herejes condenados para la profesión yrita y nula y dicho H[erma]no la aceto i firmo juntamente con N[uentr]o P[adr]e g[uardi]an y p[adr]es discretos de este conv[ent]o de N[uest]ra S[eñor]a de consolación Fr[ay] Juan Cabal Fray Esteual Ynfante M[aest]ro de novicios Fray Fran[cis]co de la Sala Fr[ay] Luis de Gar Fr[ay] Ju[an]o de Arze Fr[ay] Augustin de Verpaza En dies y seis dias del mes de agosto del anno de mil seis cientos y sesenta y nueve a las quatro de la tarde profeso para religioso del coro el H[erman]o Fr[ay] Augustin de Verpaza en manos del R[everend]o P[adr]e Juan Cabal definidor habitual y g[uardi]an en presencia de toda la comunidad

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Fr[ay] Miguel de Balmaceda Fr[ay] Martin Romero Con dos dias del mes de febrero del año de mil seiscientos y setenta a las tres de la tarde profesaron el H[erma]no Fr[ay] Miguel ando para religioso del coro y el H[erma]no Fr[ay] Martin Romero, para religioso lego. En manos del P[adr]e Fr[ay] Sebastian de Cauna G[uardi]an en presencia de toda la comunidad ante la qual les fue hecha la protesta de que si en algun tiempo paresiere ser descendientes dentro del quarto grado de judios, moros, o ereges condenados sera la profecion yrita y nula y dichos h[erma]nos la aceptaron y firmaron juntamente con el P[adr]e G[uardi]an y Padres discretos de este convento de N[uest]ra Señora de Consolacion Fray Sebastián de Cauna Fray Xp[Cris]toval Infante Fr[ay] Luis de Garro Maestro de Novicios Fray Miguel de Balmaceda Fray Fran[cis]co de la Sala Fray Martín Romero Fr[ay] Pedro de Chavarría En des y ocho dias del mes de febrero del año de mil seis cientos y setenta a las tres de la tarde profeso para religioso del coro el H[erma]no Fr[ay] Pedro de chabarria en manos del P[adr]e Fr[ay] Sebastian de Cauna G[uardi]an en presencia de toda la comunidad ante la qual le fue hecha la protesta de que si en algun tiempo paresiere ser desendiente dentro del quarto grado de judios, moros o ereges condenados sera la profesion yrita y nula y dicho H[erma]no la asepto y firm[o] juntamente con el P[adr]e G[uardi]an y P[adr]es discretos deste con[ve]nto de N[uestr]ra Señora de Consolacion Fr[ay] Xp[Cris]toval Infante Fray Sebastian de Cauna Fr[ay] Fran[cis]co de la Sala Fray Luis de Garro Fr[ay] P[edr]o de Chavarria Se vistito en dose díaz del mes de abril de mil y seis sien tos y setenta de q[ue] doy fee Fr[ay] Nicolas Lopez Secrett[ari]o de Vissita

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En ocho dias del mes de septiembre del año de mil seicietos y setenta a las tres de la tarde profeso para Relijioso del Coro el Herm[an]o Fr[ay] Josep S Recuenco en manos del P[adr]e Fr[ay] Sebastian de Cauna Guar[di]an] en presencia de toda la Comu nidad, ante la qual se fue hecha la protesta de q[ue] si en algun tiempo paresiere ser desendiente, dentro del quarto grado, de Judios, Moros, o Ereges condenados sera la Profession yrrita y nulla y d[ic]ho Herm[an]o la acepto y firmo Junta m[en]te con el P[adr]e Guar[di]an y PP[adres] Discretos deste convento de N[uest]ra Señora de Consolacion. Fray Sebastián de Cauna. Fray Xptoval Ynfante Fray Diego Fuentes Maestro de Nobicios. Fr[ay] Joseph Requenco En veinte y uno del mes de septiembre del Año de mil seicien tos y setenta a las tres de la tarde Professo p[ara] Relijioso del Coro el Herm[an]o Fr[ay] Joseph Rodriguez en manos del P[adr]e Fr[ay] Sebastian de Cauna Guar[di]an en presencia de toda la comunidad ante la qual le fue hecha la protesta de que] si en algun tiempo paresiere ser desendiente dentro del quarto grado de Judios, Moros o erejes condenados sera la Profession yrrita y nulla y d[ic]ho herm[ano] la acepto, y firmo juntamente con el P[adr]e Guar[di]an, y PP[adres] Discretos de este Convento de N[uest]ra Señora d Consolacion. Fray Sebastian de Cauna Fray Xptoval Ynfante Fray Diego de Fuentes Maestro de Nobicios Fray Joseph Rodriguez

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En Cinco Días del Mes de Febrero de 1671 a las dos de la Mañana Professo p[ar]a Religioso del Coro el H[erman]o fray Ju[an] Alfonso de Castaneira En manos de p[adr]e fray Sebastian de Cauna s[uperi]or y Guardian en presencia de toda la comunidad. Ante la qual le fue hecha la protesta, de que si en algún tiempo pareciere ser descendiente dentro del quarto grado, de judios. moros, o erejes condenados será la proffession irrita y nulla y Dicho. H[erman]o lo accepto y firmo juntamente con el p[adr]e g[uardian] de p[adr]es discretos deste conv[en]to de N[uestra] S[eñora] de Consolacion fray Sebastian de Cauna fray Diego de Fuentes fray Joseph Ortiz fr[ay] Phelipe Martinez fr[ay] Ju[an]o de Casta neira En Dies y ocho Dias del Mes de Março de 1671 A las Nueve de la Noche Professaron para Religiosos del Coro. El H[erman]o fr[ay] Diego de Coca. Y el H[erman]o Fran[cis]co de Salinas, y el H[erman]o fr[ay] Ant[oni]o de Bañuelos, q[ue] el h[erman]o fr[ay] Matheo de la Cueba. en manos del p[adr]e g[uardia]n fr[ay] Sebastian de Cauna s[uperi]or en prescencia de toda la comunidad, ante la qual les fue echa la protesta, de que si en algún tiempo pareciere ser descendiente dentro del quarto grado de judíos, moros, o erejes condenados será la profesión irrita y nulla, y dichos h[ermano]s lo aceptaron, y firmaron juntamente con el p[adr]e g[uardia]n y p[adres] discretos de este conv[en]to de N[uestra] S[eñora] de Consolacion Fray Sebastian de Cauna Fray Diego de Fuentes Fray Joseph Ortiz Fray Phelipe Martinez Fray Antonio de Bañuelos Fray Diego de Coca Fray Franc[is]co de Salinas Frai Mattheo de la Cueva

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En ocho dias de el Mes de Sept[iembr]e de 1671 [¿de?] entre dos y tres de la mañana. Profeso para Religioso de el Choro el Hermano fray Phelipe Daza en manos de el P[adre] S[uperi]or Fr[ay] Sebastian de Cauna Guardian en Precencia de toda la Comunidad ante la qual le fue echa la protesta, de que si en algun tiempo pareciere ser desendiente dentro de el quarto grado de judios, moros, o erejes condenados sera la Proffession irrita y nulla y dicho Herm[an]o lo accepto y firmo juntam[ent]e con el P[adr]e Guardian, y discretos de este conv[en]to de N[uestra] S[eñora] de Consolacion. Fray Sebastian de Cauna Fray Diego de Fuentes Fray Joseph Ortiz Fr[ay] Phelipe Martines Fray Pheliphe Daza El hermano fray Manuel Meneses abia de haver profesado a ocho de septi embre de este año de 1671 Y por un acto a que que hubo que le impedia la profesion se le detubo hasta oy 11 de octubre de este mismo año de 1671. La qual recibio en Manos del r[everendo] P[adre] Fray Sebastian de Cauna S[uperi]or y Guardian de este convento, en presensia de toda la comunidad Ante la qual le fue hecha la protesta de que si en algun tiempo pareciese ser desendiente, den tro de el quarto grado de judios, moros, o erejes condenados sera la profe sion irrita y nula Y dicho hermano lo acepto y firmo juntamente con el P[adr]e guardian y discretos de este de N[uestra] S[eñora] de Consolacion. Fray Sebastian de Cauna Fray Diego de Fuentes Fray Joseph Ortiz Fr[ay] Phelipe Martin[es] F[ray] Manuel de Meneses

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En dies y ocho dias de el mes de noviembre de 1672 a[ño]s a las tres de la tarde despues de vesp[...]r recibio la profesion para religioso lego el H[erman]o F[ray] Phelipe Lescasenman de el P[adr]e Lector Fr[ay] Joseph Ortiz Vicario de este S[anto] Conv[en]to en precencia de toda la comunidad ante la qual le fue hecha la protesta de que si en algun tiempo pareciese sea decendiente de judios moros o herejes condenados sera la profesion irrita y nulla y dicho H[erman]o acepto y por no saber escrevir no firmo. Y lo firmamos el P[adre] G[uardi]an y discretos de este S[anto] Conv[en]to de N[uestra] S[eñora] de Consolasion de S[an] Cosme dicho dia mes y año. Fray Joseph Ortiz / Fray Pedro Ortiz Fray Diego de Fuentes En 1 dia del mes de enero del año de 1673 a las sinco de la tarde despues de completas recibio la profession para religioso lego el H[erman]o Fr[ay] Diego de el Castillo en manos de el P[adre] P[ri]or Fr[ay] Diego de Fuentes guardian de este S[anto] Conv[en]to en precencia de toda la comm[unida]d ante la qual le fue hecha la protesta de que si en algun tiempo pareciere ser decendiente de judios, moros o herejes condenados de la profesion irrita y nulla Y dicho señor lo accepto y firmo juntam[en]te con el P[adre] G[uardia]n. Y discretos de este S[anto] Conv[en]to de N[uestra] S[eñora] de Consolación de S[an] Cosme dicho día, mes y año Fray Diego de Fuentes Fray Joseph Ortiz Fray Pedro Ortiz Fray Sebastian de Cueva Fr[ay] Diego de Castillo En catorze dias de el mes de enero de 1673 despues de visperas recibieron la profesion el H[erman]o Fr[ay] Antt[oni]o de la Trinidad para religioso de el choro. y el herm[an]o Fr[ay] Joseph Flores para religioso lego en manos de el P[adre] Prior Fr[ay] Diego de Fuentes M[aestr]o de Novicios y precidente in cap[itul]o de este S[an]to Conv[en]to. En prezencia de toda la communidad ante la qual les fue hecha la protesta de que si en algun tiempo pareciere ser descendientes de judios, moros o erejes condenados sera la profession irrita, y nulla. Y dichos Herm[ano]s los acceptaron y firmaron juntamente con el P[adre] G[uardia]n y discretos de este S[anto] Conv[en]to de N[uestra] S[eñora] de Consolacion de S[an] Cosme dicho día, mes y año. Fray Diego de Fuentes Fr[ay] Pedro Ortiz Fray Joseph Ortiz Frai Antt[oni]o de la Trinidad Fray Sebastián de Cueva Frai Joseph Flores

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+ Fray Diego Rodriges Pro Feso de en 25 de nobiebre de 74 años En veinte y çinco días del mes de novienbre del año de mill se çientos y setenta y quatro años, después de conpletas resivio la profeçion para relig[ios]o lego, el her[man]o fray Diego Rodrigues hijo de la ygleçia dispensado y avilitado, por los superio res de [...] se conose ynpedim[en]to alguno; costando [...] de padres no conosidos criollo de [...]. Y d[ic]ha prosefiçion yso en manos del p[adr]e lector fray Joseph Ortis guar[dia]n desde s[an]ta casa de recolesion, de n[uestr]a santa de consolación, en pre sençia de toda la comunidad ante la q[u]e hiso la protesta de que si en algún tiempo pareciere ser desendiente den tro del quarto grado de judios, moros o erejes condenados, se ra la profesión yrita y nula, y d[ic]ho her[ma]no la asepto y firmo con los p[adre]s gua[dia]n y discretos desde conv[en]to en sobre d[ic]ho día mes y año. Frai Joseph Ortis. Fray Ju[an] An[ton]io de Angeris Fr[ay] Phelipe Martínez. Fray Diego de Fuentes Fray Fran[cis]co de Escobar en 4 De dicienbre De 74 años lego En veinte y quatro dias del mes de diciembre del año de mill seiscientos i setenta, y quatro resivio la profession para religioso lego el her[man]o Fray Fran[cis]co de Escobar en manos del p[adr]e maestro fray Juan An [ton]io de Angeris en esta sancta cassa de recolecsion de n[uest]ra ss[ant]a de consolacion en precencia de toda la comunidad ante la qual hizo la protesta de que si en algun tiempo pareciere ser descendiente dentro del quarto grado de judios, moros, o herejes condenados sera a profession yrrita, y nula d[ic]ho her[man]o lo asepto Y firmo con los pp[adre]s guardian, y discretos en sobre d[ic]ho dia mes, y año. Fray Joseph Ortis. Fray Juan Antt[oni]o del Angeria. Fr[ay] Phelipe Martínez. Fray Diego de Fuentes.

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