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en el ejido de santa maria a siete dias del mes de se[ptiemb]re de mil e qui[nient]os e noventaiaquatro anos a ve el d[ic]ho señor teniente paregeron los d[ic]hos […] y rregidores y principales y presentaron por […] por causa […] me dio mediante el d[ic]ho ynterprete dixo llamarse phecipedemembra y […] qual fue tomado e a sabido mesmo por dios nuestro señor y por san dom[ing]o e por la señal de la cruz socargo de estas prometio de decir verdad y siendo preg[unta]do por el thenor de la d[ic]ha conmard[…] que espero sabe ya visto mudado y paseado reciibio de Molcaxteéque donde dono noventa de so milles pide de me unas 6 y tio de e syma a para ganado menor el qual d[ic]ho […] de el […] casas de indios y mil pas […] las e com las de santa maria de pexit t de santa Clara de Tefalei y esos muy cesta todo e porque a d[ic]ho del eng[…] se senalo la estancia. En el d[ic]ho cerro vy nopales y maíces […] los naturales son mui a provechados y no vy tierras desocupadas en que se pueda dar es ma a ninguno e son a si mucho de […] de los indios. Porque con los danios q[ue] se a vi y a e los ganados pastassen césped acompaniase despoblaron los tndios y se irían estas panes y que e jura verdad para seguram[..]do que hizo ffeeee posible y […] cose en el mediante el d[ic]ho tnterprete
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ynform[aci]on de los yndios de sanctiago tecalli t[estig]o En el pu[ebl]o de S[an]ta maria a siete d[ia]s del mes de sept[iembr]e de mill e qui[nient]os e ochenta y quatro a[ñ]os ante el d[ic]ho señor then[ient]e pareçieron los d[ic]hos al[ca]ld[e]s rregidores e prinҫipales del pu[ebl]o de S[an]t tiago tecalli y presentaron por t[estig]o en esta causa a juan de ҫumaya [e]spañol al q[ua]l del d[ic]ho pu[ebl]o de S[an]tiago del qual fue tomado e r[ef]r[enda]do juramento por dios nuestro señor e por sancta m[ari]a e por la senal de la cruz so cargo del qual prometio de dezir v[er]dad y siendo preg[unta]do por el thenor de la d[ic]ha conttr[aci]on Dixo que este t[estig]o sabe las t[ie]rras p[ar]te y lugar donde m[art]yn larios e[...] de doña aldonҫa de sande e señalo un sitio de estanҫia p[ar]a ga nado menor en terminos del pu[ebl]o de s[an]tiago tecalli en el lugar que llaman matlalcuepe tan ques la ladera de un ҫerro que esta junto a la estançia de s[an]ta clara y las ca sas y milpas estaran menos de un quin to de legua de la estanҫia de santa clara donde ay ygl[esi]a casas y milpas de los yndios y muchas magueyes y palmas de que esta poblada toda la t[ie]rra y de las palmas hazen petates los yndios de que pagan sus tributos y de los magueyes tie nen mill y otros aprovechamy[ent]os y muy cerca del lugar donde se señalo la d[ic]ha est a y señales de casas y edifiçios de yndios desde el t[iem]po de cocoliste por lo qual sabe este t[estig]o que no se puede hazer m[erce]d de la d[ic]ha estançia sin mucho perjui[ci]o de los natuarales porque estando tan ҫerca de la d[ic]ha este de santa clara reҫibiran muchos
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Il[us]tre señor En el pu[ebl]o de sancta maria te[?]no e ju[ra]ron del pu[ebl]o de tepecic a siete dias del mes de sep[tiembr]e de mil E quin[ient]os E ochentayquatro años a[n]tel [?] benito mu ñoz vhenlade de alc[al]de m[a]yor del pro tepeaca la presentacion e convhenidos Martin Romano don paebm bautista gonzalo perez Alcalde don miguel de santiago Regidor mayor Juan garcia don bruno de texeda regidores pedro de calixto alguacil mayor don ju[a]n bautista Jacabo galvez ps cano melchor cortez toribio de morales yn dios prencipales y naturales del p[uebl]o de santiago de cali por nos[otros] y en nombre de los demas prencipales y naturales del d[ic]ho pu[ebl]o y sus sujetos q[ue] habia y forma que mejor lugar aya de derecho ante v[uestra] m[erce]d parece m[uc]ho y de m[uch]os que por parte de doña aldonҫa de sande an sido pedidas dos cavellerias de tierras q[ue]tanos del d[ic]ho mio pu[ebl]o las qua les fueron señaladas por virtud de vn mandami[ent]o acordado de la rreal au[diencia] de mexico en la parte y lugar que se dize y nonbra nepoalco en tierras de don miguel de sant[iag]o prencipal del d[ic]ho pu[ebl]o y de otros naturales del por noso tros ante v[uestra] m[erce]d las contras e[?] de palabra por ser como Es Envio dañoy perju[icio] y del d[ic]ho don miguel y de mas naturales y a su mando nos en la d[ic]ha n[uest]ra con tradicion dezimos no aver lugar de sele hazer la d[ic]ha m[erce]d por las razones siguientes lo primero. Porque El d[ic]ho mandam[ient]o acordad fue ganado con siniestra relacion que a los señores presidente e oydores hizieron. En y sin[?] que en la d[ich]a parte y lu gar avia tierras yermas virgines y por rronper desbiadas de las casas de los naturales que a la rredonda estan pobladas que negamos porque las d[ic]has tierras que se yncluyen en las [?] dos cavallerias de tierras de mal de ser como son del d[ic]ho don miguel de santiago prencipal regidos del d[ic]ho n[uest]ro pu[ebl]oavidas y heredadas de sus padres abuelos y ante pasados entre ellas y a la rredonda aver otras tierras de otros naturales particulares de mas tienpo de treinta años a esta p[ar]te sien pre y a la contina sean labrado cultibandolas y senbrandolas a pedaҫos y partes por el d[ic]o don miguel como por los demas naturales que alli tienen tierras de mas q[ue] las d[ic]has tierras lo mues tran por los camellones y magueys que en ellas ay
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Lo ottro como v[uestra] s[eñoria] tenemos las d[ic]as tierras siempre an sido senbradas y si de siete años a esta p[ar]te algun as partes de ellas no se an labrado y senbrado son las tierras que entremetidas estan de otros naturales del d[ic]ho p[uebl]o que son muertos los qua les muriron del cocoliztli pasado y porque las mal dellos dejaron hijos y que de sus niños pequenos ni an tenido ni aun tienen hedad çufiçente para las poder labrar cultibar y senbrar a [...] padres habian y asi el d[ic]ho Domingo de Santiago y otros herma nos suyos menores que tiene y los vecinos suyos que vez[in]os de d[ich]os difuntos deven de ser y an de ser anparados en las [...] dos cavallerias de tierras a cada uno en las suyas conforme al d[erech]o y sea de cumplir lo que su mag[estad] mande a los naturales sean anparados en sus tierras patrimoniales y assi v[uestra] m[erce]d debe anparar al d[ic]ho Domingo a los d[ic]hos menores en ellas dando por su parescer lo permiso? tios d[ic]ho y alegado y el mucho perjui[ci]o y claro que nos podia y puede ve[...] su [...] y effeto la d[ic]ha m[erce]d por lo qual. [Iten] A v[uestra] m[erce]d pedimos y suplicamos ansi lo mande proveer y declarar y para mal prepararlo de [...] senor Reaua?[...] ynformaçion que estamos paara el [...] de jar y los t[estig]os sean exsaminados por esta contradiçion y lo que ansi dixeren sepan gajunte y acumule an lo demas [...] y autuad do en esta causa ansi de offi[ci]o de v[uestra] m[erce]d como por parte de la d[ic]ha dona Aldonça de Sande y no vaya lo uno sin lo otro por que ansi conviene a n[uest]ro d[ere]c[h]o y es mandallo ansi para justiçia la qual pedimos y en lo neçes[ari]o [...] juramos a dios y esta cruz en forma de d[ere]c[h]o questa n[uest]ra contradiçion no esde maliçia va [...] me no valga y es m[anda]do e leydo Miguel Vargas Don Juan Garçia Bernando de Tajata Balthasar Lopez
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jumiodo que los d[ic]hos na a as son bienes pa ttimoniales de don miguel de santiago y de bemiamno su su qez mano prinҫipiales del d[ic]ho pn[...]oderepieci y si se diesen de md. serviqui trn las yns dideno y con el ganio o de calabor y gente de lla. Se hizian daño y los yndios y aqu seminteras y to dion q[u]e ezin[...]o de los [espa]noles y que estos la ys paie y en jundomentioo que hizo fue leios su d[ic]ho esta rantificose en el y dixo ser de estemad de cad mezando a y que no se tucane as geneorees y ly molo de su nombre conce señor d[ich]o mdr Juo dueva Juoenno muno puco juadeecenconopcuc Lbento mon afs Judecum aya erena en de la alena zmo pn[...]co Iten En el yn[...]o de s[an]ta. maria. siete dies mes de sepere mil y quin[ient]os e ochenta y quatro al ante el d[ic]ho señor theniente pareciezoner d[ic]hos alers pregidores e principales del pn[...]o de s[an]tiago de calli presentaron por lo en estos ransadun yndio que mediante el d[ic]ho ynte pelte dixo le amarse pheeipe santiago y ser nl del pudiese camilhalco del qual ffue tomado pereҫieido juntamo por dios nuestro señor e por santimmozia e por la señal de la cruz so cargo del qual pacomo de delzu caladia y siendo preg[...]do por el thenor de la d[ic]ha conradiҫon dixo que d[ic]ho tesabemy bien con trascos de nepo al co que estando un llano cerra de la germita de s[an]ta Maria de mee doña a ldonҫa de sande pide dos cavallerias de trra dias quea les d[ic]has
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ti[er]ras [estan] muy cerca de la hermit[a] en la p[arte?] [de] arriba [mas] ay casas y sementeras de yndios y sabe este t[estig]o que las d[ich]as [e]stan[cias] son bienes patrimoniales de don miguel y de un [m...?] de santiago hermanos yndios principales [yndios?] del pu[ebl]o de tecalli y como cosa suya las an tenido e poseido y los tuvo e poseyo su padre y m[ad]re [casados?] q[uienes ] pacificamente sin cont[radicci]on de persona de alguna por lo qual sabe este t[estig]o que no se puede hazer ni mo[ver?] d[ich]a [...?] adjunta de su merced e de los d[ic]hos tes[ti]gos sin daño y perjuizio de sus dueños y de los yndios de la d[icha] estancia de [su merced?] de yr y lo que tiene d[ich]o en tiempo de quarenta años q[ue] lo vio ser e pasar y despues ara continuamente [empoder y [...?] d[ich]os los d[ic]hos testi[gos] en las quales oy no pa rece [que] [...turas?] que comen [españoles?] en que esta esta la esxripta y de [zumario?] q[ue] hizo su merced y el susod[ic]ho [cristoval?] cose que me [tome?] el dicho ynterprete y di xo ser de hedad de sesenta y nueve a[ño]s y no le tocan las generales y no firmo porque dijo que no sabia firmolo el s[eñ]or theniente y el ynterprette Benito muños Fernando de Argueta ante my de la cueva sc[riva]no pu[bli]co
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Por ser ti[e]rras patrimoniales y estanҫen se ezporjuo de los mles y que estaes a yn dados y lo que sabe p[ar]a el juramento que hizo fuodele yido su mano jati ficose sen de ne beamno el dho ynimiopetle y dixio ser de dedad de sesenta y nuene aos prcomas o menos y no se torameas generales y no frmio por que dixo que nosabia de [...]mo lo se señor thene y del yntuxette enstienio muo Jheeno cñuoz benitonmo muñz de rargue muo Juo dala cueva scrno puco oEn le puico de dan o canarida a dies tas des delo mens de sepe de my le oquinos e ochenta emyntro años don pre el dhos señor thene por laceron los d[ich]os [...]gidores e gamnapales y resentan o compor ro con jan tcadusia a asmay indio que muediante el d[ich]o ynteres roproo trrdido se lamar sejcun bicente y seranitra delo pio deneca machal los delo muia lalfuaee tomado en ro juara mño por dios mudel dro señor que prore san esta maria e por la señal de la cruo su cargo de la que prometio de dezir que dad y piemdo po este pron el thenor de la dha con tra dia aioos no duco en que este to sabe y a visto andado e pra seado muchas vejes de quadon tr anños do estas pyte poro mase o menon las trras dene palo frno fominioso terminos de lpuico de l pio st tagon de lala don dedonñҫa aen donҫa de sande Rede dos cavallerias de trra de mi las quales daas tras esteto dabel que san fo patrimonio de don miguel y don Mir
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les [...] principales y no les lea di[cho] pu[ebl]o de s[an]t tiago tecalli por espanoles [...] di[chos] quarenta años los espero tener e poseerlas di[chas] t[ie]rras a los susodi[chos] y al m[art]yn su parte como casa suya pro pia y espero saber que [...] ay muchos magueyes y palmas de que los n[atura]les tienen muchos a proue [...] le [...] [...] [...] y [...] y la salud [?] de yndios y de ningun [...] [...] [...] [...] [...] [...] [...] di[cho] [...] a oy de los [...] [...] [...] como de los yndios de la di[cha] [...] [...] vara y q[ue] no [...] q[ue] sea el y lo q[ue] no sabe para el [...] [...] [...] paseles [...] di[cho] e for[?] cse en el me dio [...] di[cho] yntendentte[?] y[...] [...] veses entre nos poco mas o menos y q[ue] q[ue] no sabia [...] [...] el s[eñor theniente y el ynterpetto
Fernando de Arguetas
e luego yncontinente en el di[cho] diez mes y a[n]o d[ic]hos carece di[cho] se[n]or theniente[?] pare [...] [...] di[chos] [...] [...] y pasen[?] [...] [...] por no [...] por [...] [...] yndio que medi[?] el di[cho]
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Autos seguidos contra Merced de dos sitios y dos caballerias de tierra otorgada a Da. Alonça de Sande.
en esta pre[sen]tte dijo llamarse moros y sexxxxxxxx de azamor xxxxxxxxxxxxxx 4 xxxx q[ue] están juramento por dios nuestro señor e por santa maria e por la señal de la cruz so cargo del qual prometio de dezir xxxx y xxxx por lo q[ue] por dicho no dellos susodi[ch]o dixo q[ue] pero sabe por mis y conoçe las xxxxxxx poalco q[ue] terminos del xxxxxx en xxxxxx falli do nde doña reibenta les de sande pide dos cauallerias de xxxx deme por xxxx a mi lado q[ue] pase a xxxx vezes le treynta o mas a por p[art]e las quales di[ch]oz xxxxxxx las crio tener e poseer en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxx santiago de calli y les pues que el anunziolas ante mi mil y dose xxxx tienen y proseen don Miguel y doña xxxx sus hijos. y en las d[ic]has tres ay muchos magueyes y tunales de que los xxxxxxxxxx tienen sus aprovechos xxxx y xxxx medir el guarxxxxx de san Jorge xxxxxxx las casas y se xxxxx voz de yndios y que a la xxx xxxxxxxxx donde se paden las d[ic]has xxx cavallerias asy mismo ay sementerios de yndios por todo lo qual q[ue] d[ich]o tiene efecto sabe que no se puedee hazer me llegar d[ic]has terras aya persona alguna sin daño y perseguida los dueños de ellas y xxxxxx y se
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Num[ero] 204. Registro y posesión de Juan Andrés de Ávalos
Juan Andrés de Ávalos vecino de este pueblo de Nuestra Señora de Guadalupe del paso del Río del Norte para hacer parezco ante vuestra Merced y digo que por cuanto haber casado con Ascensión jurada de gracia y la de rosa miski a sobrina de domingo mixquia alférez que fue de este real presidio de Nuestra Señora del Pilar y el glorioso San José del paso del Río del Norte por cuanto me hacen gracia y donación de un pedazo de tierra como consta de pública voz y fama que son y las de las casas de mi morada y constan ser medidas de la par parte de Oriente y poniente 38 y lindan con con tierras de Felipe granillo y del Poniente con Contreras de Juan Trujillo y tiene por el norte y sur 80 y lindan con la acequia madre y con tierra al Juan Antonio Montoya de las que suplico a vuestra Merced se sirva de darme posesión jurídica y real en nombre de Su Majestad y con todas las solemnidades del derecho para que sean mías propias y que en ningún tiempo me pase perjuicio ni inquietud suben lo necesario Juan Andrés de Ávalos