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Fragmento de una historia de la Orden de San Agustín en México. Contiene final del capítulo 23 y el capítulo 24 y principio del capítulo 25. (Tratan de Fr. Domingo de Salazar, 1er. Obispo de Filipinas). Ms
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todas materias que alli se propucieron; de cuyos decretos resultó un como general aransel por donde se gobernasen los confezores que oyesen de Penitencia [a] qual quiera genero de gente de aquella tierra: Governador, oydor[e]s ofiseales R[eale]s, alcaldes, correjidores, conquistadores, encomenderos, cobradores de tributos, y todos los demas estados y Vezinos, asi a cerca de lo pasado como en lo por benir; cosa que ymportó mucho entonses por ser de cosas q.e[que] no andan en Sumas ni las podian Saver todos por su mucha Dificultad, y por esta aun quando los que las alcansavan y las querian Practicar conforme á verdad no heran excidos, de los ynterezados, que por no cumplir con sus obligaciónes Bland[i]eansen y en da[ñ]o suyo y ellos Penitentes; pero haora que salian estos decretos de parceer de tantos hombres doctos y Santos, ni los confezores, ni los Penitentes se atrevian á contradecirlos, y asi fue trabaxo de mucha ymportancia, y en pocos dias se echó deber la nueba Luz q.e[que] á las Yslas havia llegado, y de quanto cuidado y saviduria era el nuevo Pastor y esposo de aquella yglecias. Mucho edificava el S[an]to Obispo con su Doctrina, Platicas y Sermones, como tan Docto theologo y exelente Predicador que hera; pero mucho maior obra hacia con el exemplo de su bida que hera admirable y dava mas poderosas vozes en las almas de los que le veian sin poderle resistir aun corazones en pedernidos no mudo avitos, cama, ni comida: los Abitos eran de Jerga, como los usava en Santo Domingo de México: la túnica de Lana, la cama aun mas pobre que la de los muy pobres religiosos, la comida guevos y pescado, la casa sin colg -aduras ni adornos. Levantávase á media noche á resar maitines, y tenia despues de ellos su oracion mental y Por no dar Pesadumbre á quien le diese luz entonses, tenia [llesea?] y Pedernal, y el sacava lumbre y ensendia, sin que p[ar]a
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esto, ni para acostarse, ni levantarse, acudiese criado ningun[-] no. Tenía muy Particular devocion à nuestra Señora del Rosario, como quien muchas vezes havía experimentado las Misericordias y Favores, y deseava ver entodos asentada otra devocion, y quando hablava de otra materia, parecía que se exedía así mismo, y algunos creían qe.[que] hablava en él nuestra señora segun la grandesa de celestiales conseptos que en esta ma[-] teria decia. Quando llegaron ntros.[nuestros] Religosos à Manila, se alegrò sumamente su alma y espiritu: èl los [...] en su casa, y en ella los tubo y Regalo muchos dias; hizo les muy señaladas Limosnas, busco les Guio donde edificasen [...], y comproles y aiudo mucho para edificarlo, sin sentirse Pobre para estas y otras cosas semejantes, siéndolo por extremo, no solo por la cortedad de la Nuestra que tenia, sin otra inteligencia ni camino por donde le pudiese benir cosa alguna, sino por qe.[que] esto poco no havia caido quando los [...] los Pobres, cuyo era quanto adquieria; y aú siempre estaba alcansado sin Faltarle [...] que dar. La conformi[-] dad que tubo con la Divina Magestad, y el cuidado de parecer bien en los ojos del celestial Gov[Governador]; fue grande, deseando siem[-] pre unirse con èl intimamente, y así procuró todo lo posi[-] ble todas las virtudes, Para con ellas asemejarse al Di[-] vino y Verda[de]ro exemplar; y para alcanzarlas [...] [...]mente havia ven[?]er su Natural; y Para conseguir victoria de sí mismo, multiplicò Penitencias y [...]. La Paciencia que atodos les es muy conveniente, le era al
Títulos y mercedes del sitio llamado Escamela
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7 Testimonio de Titulos y Merzed y Subsezio nes del Sitio de Escamela en doze foxas Utiles [Líneas de cancelación] N°. 20. L.6
C-OG - V. 6 Don Rodrigo de Vivero Un eldir
Perteneciente a los legajos de N° 6 de Orizaba Y cordoba
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113 Pide testim° En el Pueblo De tecamac HIco. En cinco dias del mes De diziembre De mil E qui[nient]os noventa y un años Ante diego rro mano, theniente De alcalde mayor De la ciudad E provincia de tePeaca e justi cia En este d[i]cho Pueblo y su partido Por el rey Nuestro Señor Y En presencia De mi pedro de Veriztayn EsCrivano de su mag[esta]d E[scriban]o Publico del d[i]cho pueblo se Presentó Esta Petición E ciertos rrecaudos Yescripturas como biejosmoxados y mal Acondicionados segun En ellos se Vea que unos En Pos de otros Son como se siguen
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Nueba esPaña En su Real nombre como consta del titulo de la dicha merced que vos E dado Y entregado y te ne ye en su poder el qual dicho sitio de estancia vos vendo con el derecho e aucion que yuall tengo por vir tud de la dicha merced e con los pactos derechos EX brebaderos e con to das sus Entradas E salidas E Pertenencias E usos e costumbres E derechos e servidumbres quanto sa caves della de pertenece e puede perte necer ansi de fezgo comun de dicho e nuzta qualquier manera sin ser abogado el dicho sitio de la estancia o ningun ser d ni tributo e ni ypoteca ni otro senorial ni enajenamiento alguno vendida buena y sana questa de derecha por precio e quantia de ciento e veynte pesos de oro comun de valor cada un peso de a ocho reales
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de derecho se require a vos Al[ons]o Hortiz e Antonio Perez mostrador deste poder e a cada uno e qualquier de vos por si yn solidum espe ҫialmente para que por mi y en mi nombre e para mi representando mi misma persona po days tomar e apreender la posesion de un sitio de estanҫia que io uve e conpre en termino de Oriҫaba conforme a el titulo que del tengo e tomada la d[ic]ha posesion podais sacar i saqueys testim[on]io della e cerca de lo susod[ic]ho e de lo a ello tocante anexo e de pendiente en qualquier manera podais pa reҫer e parescais ante qualesquier justiҫias de su mag[es]t[ad] de qualquier partes que sean e poner todas las demandas e hazer todos los pedimientos requirimi[ent]os e protes taҫiones e autos e diligenҫias judiҫiales y estrajudiҫiales que convengan y nesҫe sarios se an de se hazer e que io haria e ha zer podria siendo presente e podays ha zer en mi anima qualesquier juramentos de [...] e desisorio e otros que convenga e [...] que podays sostituyr este poder en quien quisieredes e quan cunplido poder co mo io tengo para lo que d[ic]ho es tal vos le doi e otorgo e a v[uest]ros sostitutos con sus inciden ҫias i dependenҫias anesidades e conexidades con libre e general administraҫion e vos relievo e a v[uest]ros sostitutos segun forma de derecho e para lo aver por firme obligo mi perso na e bienes muebles e rayzes avidos e por aver en testim[on]io de lo qual otor gue esta carta ante el escri[van]o e testigos de iuso es criptos e lo firme aqui de mi nonbre porque de
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21 de Nov[iembr]e de 1561 mi pedimiento no quedo registro que es fecha e otorgada en la d[ic]ha ciudad de mexico residiendo en ella e la audi[enci]a real de su mag[es]t[ad] a veynte e un dias del mes de nobienbre de mil e qui[nient]os e sesenta e un anos en que fueron presen tes a lo que d[ic]ho es pedro de marcana e fr[ancis]co caja e pedro de agurto vezinos y estantes e[n] la d[ic]ha ciudad fr[ancis]co montealegre e yo fr[ancis]co diaz escriva no de su mag[estad] e su notario publico fui pre sente a lo que d[ic]ho es con los d[ic]hos t[estig]os e doy fee que conozco al d[ic]ho contador fr[ancis]co montaalegre e lo escrevi e hize aqu este mi signo que es a tal en t[e]stimy[ento] de verdad fr[ancis]co diaz escrivao de su mag[estad] substi[ituci]on 30 de Nov[iembr]e de 1561 a[ño]s En el pu[ebl]o de tecamachalco de la provin cia de tepeaca de la nueva españa en treynta dias del mes de nobiembre de mill e qui[nient]os e [cortado] senta e un años en presençia e por ant [cortado] [Crist]oval de tapia escrivano de su mag[estad] e del [cortado] de yuso escriptos pareçio presente al[ons]o hort [cortado] tante al presente en este d[ic]ho pu èbl]o en nonb[cortado] y en voz del senor contador fr[ancis]co montalegre e p[cortado[ virtud del poder que del tiene que es el de su [cortado] contenido dixo que sostituya e sostituyo este [cortado] d[ic]ho poder en al[ons]o bravo v[e]z[ino] de la ciudad de los angeles ausente como si fuese presen te para todas las cosas e csos en el d[ic]ho poder contenidas e pueda hazaer en nombre del d[ic]ho señor contado todo lo que por virtud del d[ic]cho poder haria e lo relevo se gun es el relevado e para [h]aver por firme lo que d[ic[ho es e por este d[ic]ho poder hiziere obligo los bienes a el obligados e otorgo sostitucion en forma e lo firmo aque de su nombre testigos que fueron presente a lo que
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D[ic]ho es Ju[an] Lopez de soria e Luis del alva e al[lons]o sanchez estantes en este d[ic]ho pueblo e yo el dicho esva[n]o doy fee que conozco all d[ic]ho otorgantes al[ons]o hortiz yo [Crist]oval de tapia escriv[a]no de su mag[estad] presente fui a lo que d[ic]cho es con los d[ic]hos otorgantes e testigos e lo hize es crevir e por ende hize aqui este mi signo que es a tal en sentim[ient]o de verdad [crist]oval de tapia escriv[an]o de su mag[estad] Merced Y[tem] Yo don luys de velasco visorrey governador y capitan general por su mag[estad[ en esta nueva es paña e presidente de la aud[ienci]a real della por la presente en nombre de su mag[esta]d hago mer ced a vos Juan g[a]r[ci]a de Rosas de un sitio de estancia para ganado menor en los despobla dos del pueblo de oriçava en el camino que va del d[ic]ho pu[ebl] al pueblo de chocaman [borrado-ilegible] arroyo linde con estancia de la comu nidad del d[ic]ho pueblo que esta en una fuen te se diche ascamelac la qual por mi man dado e comision fue a ver e vido Benito muñoz co rregidor de ayutla y tepeapa y hechas las dilegencias necesarias declaro estar sin perjuizio e poder se os hazer la merced la qual os hago con que no sea en perjuzio de su mag[estad] ni de tercero y con que se guarde a la estancia de la comunidad su ter mino conforme a la hordenança y la podays poblar y sea v[uest]ra y de v[uest]ros he rederos y susesores y de aquel o aquellos que de vos o dellos tuviere titulo e causa e como de cosa v[uest]ra adquerida con justo titulo podays disponer a quien por bien tuvie re de lo que no sea a Yglesia ni a monesterio
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Sser como esta lo-- y en señal de posesion que hago y otorgo esta carta de men y en el ynter -- la to--- me construyo por via tenedora ynquilina para ella dar cada-- quando que ---- ella pidiere d---- ------------- a la -- bision y san--------------------------- la dicha estancia por mi y en el dicho nombre en tal manera que aguramentos algunos por ninguna persona ---ra puesto pleito y demanda alguna y si fuere puesto algun dicho saver dentro de quinto dia tomare cabos antoria y defensa del--- y lo tratare seguire y tenehere a--- propia ------ hasta ----- en paz y en salvo y si no -- la pidiere sanear luego que natural conste y pa--- en qualquier manera el dare y pagare bolbere y ver ------ los dichos y ni ----- pesos que ansi medie te- y pagarles por la dicha mercanҫia ---- las cuentas que sobre lo [sebos] siguieren y secrecieren y para ello obligo --- personas bienes a vido-- y por aver doy poder a las justiҫias de su magestad de quales ---- que se an a cuyo -- e [juron meso?] me to ----e el mio propio y la ley si a conve nirlo de jurisdiciones que ni un judici--- parr las dichas justiҫias me conpelara premien a lo---- dicho el comoi fuese sentenҫia difini tiba de juez conpetente contra mi pronun ciada pasada en cosa juzgada sobre lo qual brem° las leyes de mi defensa y la que dizque se neral ---------- dele y el----- a la y ------- las leyendas de enperadores justi cia no beliano y leyes de toro y de partida
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E despues de lo susod[ic]ho en el d[ic]ho dia v[ein]te e siete de ag[ost]o del d[ic]ho año en una parte junto a un ҫerro donde [e]sta una cruz junto a el camino q[ue] viene de la ҫiudad de la Veracruz a el pu[ebl]o de Oriҫava destotra parte de un rio o fuente que llaman axcamela donde B[e]r[nardi]no Maldonado thes[orer]o de la catredal pidio al d[ic]ho s[e]ñor corr[e]g[id]or que le meta en la poseҫion i anparo de la est[anci]a de ganado menor conforme a los recaudos de q[ue] tiene f[ec]ho contra demostraҫion como p[er]sona que le conpete por ser suia la d[ic]ha estanҫia i averla conprado de la dicha doña Isabel de Soto i pidio just[ici]a E visto por el d[ic]ho s[e]ñor correg[id]or tomo por la mano a el dicho don B[e]r[nardi]no Maldonado e le metio en poseҫion de la d[ic]ha estanҫia i est[an]do [...] e paseandose por la d[ic]ha parte Al[ons]o Gomez maiordomo del in genio de don R[odrig]o de Vivero i por virtud del poder q[ue] del tiene de q[ue] yo el [e]s[criba]no doi fe e dixo que la d[ic]ha est[anci]a de que pide poseҫion el d[ic]ho don B[e]r[nardi]no Maldonado no se le puede dar posecion i la contradize en todo y pa[ra] todo e pide e requiere que no se prosiga con la d[ic]ha poseҫion adelante por q[uan]to el d[ic]ho don R[odrig]o la tiene e e posee demas de treinta a[ñ]os a esta parte e dello tiene bastantes recaudos e como lo pide e requiere pide al s[eñor] corr[egid]or se le de [...] por testim[oni]o i no ostante la d[ich]a contra[dici]on el d[ic]ho s[e]ñor corr[egid]or dio la d[ich]a posesion a el d[ic]ho don B[e]r[nardi]no sin per jui[ci]o de ningun terҫero i con esto man dava e mando posea el d[ic]ho sitio conforme a los di[ch]os recaudos