Spanish Colonial Manuscripts at the Benson Latin American Collection

Pages That Need Review

blac_pld_001

page_0110
Needs Review

page_0110

cepan cuantos [...] vieren [...] [...] desta ciudad de loss angeles della [...] Nu[ev]a España [... ] [...] que aciendo a [...] seres [...] ciudad que fue Pres[biter]o [...] el asuer un [...] que tengoo en la rribera del Rio Hamalura [...] de todo [...] las rallas que [...] don Sebastian ... al asno debe [...] [...] Por tiempo y espacio del v[e]rano que comiença a correr desde el primer dia del nueve de mayo que viene [...] noventa y tres en a delante por razon que por [...] año del d[ic]h[o] arrendan[t]e [...] de dar [...] pagan quatro cientos [...] mansa los docientos [...] [...] por una rueda [...] que [...] para [...] los [...] [...] como [...] de esta [...] pesos [...] del año [...] lo que [...] v[e]ndian [...] d[ic]h[o] [...] Andres Perez toda [...] que se [...] para que la [...] pagandole lo que se uso de costumbre el cual sea d[ic]h[o] [...] arrendar y q[ue] con [...] [...] mayores del d[ic]h[o] [...] [tachado] [...] [...] qual [...] menores [...] de [...] andres [...] sin que [...] d[ic]h[o] [...] manera me [...] d[ic]h[o] [...] e dijo tiempo [...] d[ic]h[o] [...] bueno y en [...] parte por el mismo [...] precio [...] del año me [...] d[ic]h[o] [...] el [...] ron todo el [...] del q[ue] para de ello [...]

Last edit over 1 year ago by Javier Sánchez-Mora
page_0109
Needs Review

page_0109

Y por [...] juicio dijo el [...] domingo [...] de lo que [...] [...] y soy [...] como con ella seg[...] con [...] entrego [...] [...] y dos cabezas de ganado [...] las leyes veces [...] nego como [...] cual seg[...] por lo que am [...] prometo y me [...] del [...] acimo [...] pagar [...] della pagare al [...] joan de segura y al [...] derroja [...] a cada [...] no y [...] quien yo ser [...] de ellos [...] los [...] docientos y xinquenta [...] de oro comm. en cada un año ya pagado por su tercios segun [...] y al [...] dares negare [...] ganado y por es que dexare de entregar encargue [...] bueno y [...] y cana[...] llevamos costa y no la d[ic]h[a] [...]pagar la rrenta del [...] [...] parsel cada uno por lo q[ue] le toca para re[...] [...] de lo que [...] colgamos nuestras per[...] y bienes [...] podera qua les [...] desta ciudad la cual de [...] donde nos [...] me [...] comorremos [...] fuero por la ley [...] con puente [...] la [...] de ello seamos conpelidos como por sen[...] p[...] agradd los juzg[a]da prem[...] de nuestras [...] [...] ciudad de [...] en [...] ley sus [...] venta[..] [...] yo [...] como conozco a los [..] de los quales lo formo [...] derrotas y sobre [...] q[ue] ataca [...] conosaer son los de sosa [...] granda V[uestrs] ciudad part[...] Baltozar de Castañeda Gabriel de Rojas Ex[selentisi]mo [...]

Last edit about 1 year ago by Luisina Silva
page_0108
Needs Review

page_0108

sepan quantos esta carta vieren como yo gabriel de rrojas en n[ombr]e de joan de segura v[e]z[in]o de la ҫiudad de mex[i]co de quien tenga poder bastante p[ar]a el efeto de yusso contenydo otorgo y conozco por esta carta que arriendo y doy a rrenta a domingo de alcacer v[e]z[in]o de la ҫiudad de cholula questa pres[ent]e una est[anci]a de vacas q[ue] el d[ic]ho joan de segura e yo en su n[ombr]e tenemos en --------------------texto de arriba corregido, sigua abajo-------------------- la joya de malacate para quie[n] Juan v[e]z[in]o de la d[ic]ha ciudad de Cholula con doscientas y dozze reces de vacas y nobillos de y beserros mansos y sembrar [...] y pradel pueda con empeño del margen. El es de la d[ic]ha hazienda yasi mesmo le arriendo las tierras corrales y lo demas per tenencias a la estancia por tiempo de dos años primeros si soz en causen y se cuentan de oy de delo d[ic]ho en esta carta una de cuanto por razon por cada uno de los d[ic]hos dos años me a de pagar de rren ta docientos y zincuenta p[es]os de oro comun e pagen a dos por sus tercios en fin de cada quatro meses la ten[en] cia por cuenta del y alfin del d[ic]ho tien por me a de servir y pagar por la d[ic]ha ha[zien]da y la segum y como sela he eentregado con las d[ic]has doceintas y dos ca bezas de ganado bacuno. Estar por ellas sinque sea castigad a conciencia por los dueños y aprever la misma. En ello concidiesen para d[ic]ho Domingo de alcacer qual a de no pasar las ca besas y corrales dela d[ic]ha est[anci]a de posteras y canales de maria? aun no bengan a menos por de pa qu[an]to y se lo que a de parecer qa su costa sin a por razon de ellos se de viesse cossa al del d[ic]ho [...] qu[an]to y desta manera para [...] le serán quitadas desta est[anci]a por mya causa muy a razon por a de pagar los costes y daños y mas cobros y tuviese el [...] y le dan oy a yo le dare esta est[anci]a y ganando tan y tan bueno como lo vi e tenido y es tanmbien a p[ar]te y lugar

Last edit about 1 year ago by Yaret
page_0105
Needs Review

page_0105

Los quales juraron a dios y la cruz reconoscen al [...] d[ic]hos ases[...] son los mismos y del [...] nombres en esta zona se en. y los y [...] san jose [...] del dorro digo san yos y ella los an martin de los reyes. Porque les bierenlas en vida mari dable y durante su matrim[oni]o los obieron procrearon y rriaron y nombraron portales porta llasonalidos y semdro sinmya contradicion y lo firmaron [...] y por los yos no sanyoz y Joan Martin y [...] man tonquedi sermon [...] un t[estig]o siendo a som[...]o to[...]o. El ll[...]l suarez de la parra y Joan de la parra de los dado [...] de esta ciudad va [...] junta [...] con y [...] nuestras. Y luego el [...] vio [...] [...] Lorenco y Lacaro y bartolome. [...] sus [...] y ella gran [...] de Santa. Su mujer [...] poder como [...] seg[...] al [...] de los [...] [...] y al de villa fue [...] en [...] Blasorn[...] des [...] Fr[...] suares de la parra [...] zer[...]mo de la lazar [...] de [...]

Last edit about 1 year ago by AdamRSingh
page_0103
Needs Review

page_0103

Par[?] quantos. Esta carta viesesi como nos [...] san [...] como pasa[?][...] ad[?] A lados de las per[sonas] bien el [...] Joan mar[?] [...] [...] mis hyos legitimos y xanamanten[?] el lo [...] [...] [...] mujer de finta[?] vezino desta ciudad de los angeles de la nueva [...][...]. y nos los dijos[?] Joan martony F[rancisco] martin [...] le expresso con sentimy[ento] pedimos al [...] [...] san [...] nuestro padre para sacer [...] e estas [...] y lo que [...] lasado la qual ofrecia para el d[icho][...]el [...][...]. doy a los susod[ichos] y ca[?] no sellos y [...] ella aun por no [...] [...]. Y nos los sus[?] La aceptamos y ella vesando todos [...] [...] passo san[?] como [...] padre y hyjo y administrador de las peras y bienes ello [...] [...] martin y Fra[ncisco] martin [...] [...] y nos los susos[dichos] cada[?] no por lo [...] comp herederos [...] [...] de los viejos[?] nuestra madre de Junta[?] cuya herencia ya [...] aceptadas y sies [...] La aceptamos convine [...] ymbentario. Ayamos hono[?] por esta carta. El sea [...] como por ella aprovamos y [...] qual se [...] [...] que En qual [...][...] di[cho] al [...] Villa [...] [...] [...] de Mexico y regalo [...] El [...] procurados de de las [...] de las [...] [...] que En nuestro nombre an[?] contra saludos gaHay Joan garcia ganero hermanos [...]. La perencia bienes. [...] pero [...] por muy muesse ella [...] nustra madre [...] los cocrean[?] di[chos] con nuestro poder - damos nuestro poder [...] [...] [...] a los di[chos] a lo [...] [...] [...] de las [...] y aca[?] no [...] y nuestro comun para q[ue] en [...] nombre y de cada oro[?] vendo[?] puedan seguir y pan. [...] [...] por toda [...] [...]

Last edit about 2 years ago by carlos.varela
page_0101
Needs Review

page_0101

por los mas aventaxados Pre y el proçedido della me lo envien [em]pleado de las mercadurias y les [...] y en las [...] que quissieren y si le [...]y J[uan] de Salazar les diere frança bastantee en [...] en el susod[ic]ho meymbiara lo proçedido de la d[ic]ha [...] en la prim[er]a flota [que] saliere de los rreynos de Cast[ill]a p[ar]a [estan...] [...] enpleados de mercadurias conforme a como se lo ten ga escripto le dexen rrezibir la [...] para la venta y [...] en casso que no de las d[ic]has francas se usse deste poder por el qual le rrevoco la d[ic]ha consinaçion para que no usse della dexandole como le dexo en su onor y buena estima como lo esta[...] al tiempo y quando les [deje] la d[ic]ha consignaçion y pido [...] le notifique la [dicha] rrevocaçion [...] [...] lo que [...] ylo que dello depende le doy el [mismo] po der que tengo [...] mi persona y bienes y rrelevo en forma q[ue] [...] la carta en la [ciu] dad de los angeles en quatro dias del mes de março de mill y qui[niento]s e noventa y tres años e yo el scrivano doy fee que conozco al d[ic]ho

Last edit over 1 year ago by LLILAS Benson
page_0100
Needs Review

page_0100

siasticas para que a [del olea premyna] en parte como per[on]as d justicia de juesco en pe[s]o que pagados en cosa juzgada e effenique de su ffavor pagen [..] del d[ic]ho an [...] o razones firmo [...] terz[er]o de la[s] parradios dado y Fran[cis]co Vincon y Joan Gutierrez v[ecino]s de esta c[iu]dad A Hurtado Joan tem? Marcos R[ey]es? mo? dro? velele? Sepan quantos esta carta vieren como yo Geronimo P[ere]z de Salazar v[ecin]o de esta ciudad de los angeles y de la n[uev]a e[s]pana ortogo y conozco por esta carta y d[ich]o en por quanto yo tengo en obiado por my quenta a los rreynos de casta en la [..]y? lo? taque? salio desta nueva esp[an]a el año passado de myll y quinientos y noventa y dos de que fue p[or] el Martin P[ere]z deo la ҫaual que a espre[s]e la d[ic]ha flora estas lagauann trezientos y treynta y cinco anoual de grana cursi? myll a en las [naos] de cab? d[ic]ho flota maestre? el j[uan]o carco? p[uebl]o? ciudad de figueroa [...]? de su ela? p[uebl]o? parte e por el rramirez c[iudad]ano de porras d[ic]ho desculdo con synadal al jurado a lopes de salazar y por su au[densi]a al juizado Luis Alvaerz de soria v[ecin]o de las c[iud]dad del Suy[...]a? por tanto por rey senor de la pra[..id]o? doy mi poder complido en anba este serreg[..]e? y es necessario a lo d[ich]o jurado Luis Alvarez de Soria y por su aussencia. A Pedro Arauz de Prado v[ecin]o della de d[ic]ha v[ecini]dad de S[..]ya? q[ue] Fue de esta n[ueb]a [e]sp[an]a abra dos a[ñ]os especialmente yara? por mi y mi nombre rre ziban y cobren de esos d[ich]os maestres la d[ic]ha yrania y sila en biere rrez[i]bido el d[ic]hos de[..]o? P[ere]z de Salazar la rrez[i]ban y po bren? del susod[ich]os o de otra qualqu[ie]r pers[on]as en cuyo poder estubiere de cuyo nezbo? dencartal? de pago [cd]? my? quito q[ue] convengan y valgan como si yo mysmo las drese? y oturgase y siendo neg[oci]os en rrazon de las d[ic]ho cobranco? parezcan que sepuales? prejueҫes ejustical su mag[esta]d hagan todas las del my encas? judiciales y extra judiciales que con venga e yo daria basta que aya efecto la cobra de [e]lla d[ic]ha grana y nezba? y cobrada? en la ayan? la bendan

Last edit over 1 year ago by Eduardo Henrique Gorobets Martins
page_0099
Needs Review

page_0099

En la cuidad de los angeles de la n[uev]a españa en onze dias del mes de henero de myl q[uinient]os e noventaytres a[ñ]os ante my escrivano e t[estig]o parecio pres[ent]e franҫisco hurtado contador de la s[an]ta yglesia catredal desta ҫuidad a quien doy fee que con y otorgolo en [?] y en voz del dean y cabildo de la d[ic]ha santa yglesia e por virtud de su poder que le dio para poder chancelar qualesquier censos pertenes cientes a la capellania del cav[allero]o Juan Fran[cis]co como patron que desealo el di[ch]o dean y cavildo quel d[ic]ho pod[e]r paso en esta ciudad ante alonso hernandez escribano de su magestad en onze dias del mes de novy[embre] del año pasado de mylly q[uinient]os e noventados se dava le dio por contento e pagado y confeso aver rrez[i]b[i] do de her[?] de salazar vez[in]o desta ciudad [?] myll qui[nientos] p[eso]s de oro comun quen la cantidad que se hestava deviendo del principal de un censo de dosmill e qui[nientos] p[eso]s de principal que fiancisco rralcon y dona ana del castillo su muger ynpusieron en favor de la d[ic]ha capellania sobre unas casas in de casas de Joan San[tiag]o y frente de la yglesia mayor en las quales sucedio el d[ic]ho ger[?]mo de salar y ansy my[sm]o estan pagados los heditos del d[ic]ho censo de todo lo qual se dio por entregado e enlas xeocion de la pecunia y el y el de estigo prueva de paga como en ellas se cons[ta] y en el d[ic]ho nombre dava y dio por ninguna rrota e chance da y de ningun he deto e valor la d[ic]ha [escri]ptura de el censo e por libre de la las d[ic]has casos para no pedir ny demandar en razon delo cosa alguna y pide a my esposo [zm] del abiedo quise e hancele el d[ic}ho censo de los libros de los censos para lo aver por firme obligo la ferma de la d[ic]ha capellania y dio poder a las juro flerle

Last edit about 2 years ago by DanielaRuiz
page_0097
Needs Review

page_0097

Pan quantos esta carta vieren como yo ha ci los padres de san jon v[ecin]os desta c[i]udad de los angeles en nombre e boz de f[rancis]co lopez hidalgos beatriz rruiz su mujer. vezinos. de la tepeaca por birtud del poder en ellos susod[ic]hos tengo pa[ra]. haçer y otrogar esto e p[a]ra y lo que en ella sera declarado en sus señores como se sigue Aqui el poder Ussando del d[ic]ho Poder. de suso yncorporado o tuyo y conozco por esta carta. qne obligo a los d[ic]hos fr[ancis]co lopez hidalgo y beatriz rruiz su mujer como principales deudores e yo me e...o con ellos como su Dador y principal pagador y todos tres juntamente De e mancomun y a boz de uno y cada uno de nos por si y por el todo yn solidum Rremito? como por mi ...los d[ic]hos .. las leyes y y d[e]r[ech]os de la mancomunidad y el benef[ici]o de la dibission y excurssion. y todas las demas le yes fueros y d[e]r[ech]os que deven remundar los o se obli gan de mancommun como en ellas se q[ued]e a dar y pagar y quedaremos y pagaremos a @tonio de ma tiencio vezino desta d[ic]ha ç[i]udad de los angeles ... o a quien pa[ra] ello su poder obiere my y docientos p[es]os de oro comun de ... el peso los quales les devemos y son por rrazon si de treyta y nueve ca jas de cacao las v[ein]te y nueve de ositepeque? a treynta p[es]os carga y las diez de su conuzco a treyn ta y tres p[es]os d[ic]hos principales de que en su nombre me doy por consento entreg[a]do a my boluntad sobre que Remito la execion y dio de los dosales y leyes del entrego como en ellas se contiene y los d[ic]hos myll y docientos p[es]os de d[ic]ho oro de baxo de la d[ic]ha mancomunydad Pagaremos en esta ç[i]udad os la

Last edit over 1 year ago by LLILAS Benson
page_0096
Needs Review

page_0096

der fuere ff[ech]a y atorgada y no me por me a mi dote ni a azzas. ni a bienes. para flenales. e reditarios ni pedire a solucion ni rrelaxacion deste d[ic]ho juram[en]to al n[uest]ro muy sancto p[adr]e ni a otro. su delegado. ni juez ecle siastico que concedermelo pueda. para efe[c]to de ser oyda en jui[ci]o. y si de su propio moto. se me conce diere la d[ic]ha tal asolucion nos sarciella. so pena usando della las hay encurra en pena de perjura infame y en caso. de denae nos baler y quantas be çes me fuere asuelto. o rrelaxado el d[ic]ho. juramento no usase del. y tantas beces de nuebo. lo tomo a ha zer. y dixo ser juro y amen entes ti[e]mpo de lo qual otorgue esta carta. ante el press[ent]e escriu[an]o. y t[e]s[tig]o. a quien tenidos. en fff[ech]a y otorgada. en esta ciudad de tepeaca en ocho dias del mes de en[er]o. del año de mill y qui[nient]os y no benta y tres a[ño]s y de los d[ic]hos. otorgamos a los quales. yo el d[ic]ho escriu[an]o doy fee. que conozco lo firmo el d[ic]ho francisco lopez hidalgo y por la d[ic]ha. beatriz rruiz un testigo desta carta. siendo testigos. pedro gomez calderon q[ue] firmo Por las d[ic]has torg[an]te y antonyo debre ga y fran[cis]co de molina estantes en esta d[ic]ha ciudad ba escripto entre rreglones. por si yn solidun ba la. E? yo jhoan de vyllafranca [e]s[c]r[iba]no pu[bli]co desta ciudad y pro bpusta dete plaza pta su mag[es]t[ad] doy fe en lo snsod[ic]ho si zestres ir e por ende siza qui este mjo signo en esa tal. [Dibujo] en testimonio de ...dad Jo[a]n vyllafranca [e]s[c]r[iba]no pu[bli]co [rúbrica] testimonio? [rública]

Last edit over 1 year ago by LLILAS Benson
Displaying pages 451 - 460 of 725 in total