4_04_Poderes generales presentados a Juan Franco Martinez

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[Al margen superior al centro: crismón gráfico] con casas de Gaspar Yndio las quales le tiene por suyas proias bienes de censo enpeño en posesion y de otra enaenacion especial en general quine la tien por precio y contra de setecientos veynte y cinco pesos de oro comun que por la compra dellas me a dar en pagar en rreales de plata estan en poder rrealmente y con effecto y en razzon de la en trega quede presente no paresce rien la execucion de ley numerata pecuniaria y leyes de la entrega prueva de la paga como en ellos se contiene con effecto que los dichos pesos de oro es justo precio y valer de las dichas casas y no mas y si mas vales y valen puedan en poca o en mucha cantidad les aho grcia y donacion y nuebo [...] valedera para siempre xamas [...] de lo qual remite la ley del ordenanza vea ffecha en las cortes de Alcala de [henares] que trata en [...] de las casas que se conpran que venden por mas en [menos] de la mytad del justo precio de rremedio de los quatro años delll y desde hoy dia en adelante me desista y aparto

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[Al margen superior al centro: crismón gráfico] [Al margen superior derecho tinta] 4 [Al margen superior derecho, en lápiz] 177 del derecho y [aucio] propiedad y senorio que tengo a las dichas casas todo lo que remito y tres [roto] en el dicho conprador pena que echas dellas a si boluntas y le da po der ffacultad para que de a utoridad judicialmente tome y apre henda la tenencia posecion de las dichas casas en el entre tanto que en la toma me constituyo para se le dar a quien me la pida y en señal de verdadera tradicion le entrego escrituras en iguales de las dichas casas y como rreal ben dedor me obliga a la [evision] segu ridad saneamyento dellas en tal manera que son suyas propias y que a ellas no [...] dellas no le saldra enbargo ni ynpedimento alguni ni tercero o postor en mejor derecho tenga a las dichas y sitas saliere o pertenesele no viere luego que pa [...] me sea es dicho a saver con que sea pasa el termino de la pu blicacion de las probanÇas tomare [...]y destensa el dicho pleyto o pleytos y [...] segun este [...] peticion de las dichas casa y por de feccto debo hacer le dare y pagare los pesos de oro que por ellas manda

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[Al margen superior al centro: crismón gráfico] [Al margen superior al centro: crismón gráfico] y pagar con mas las costas y gastos que se le siguieren se le hicieren por my per sona y bienes yo en peticion doy pode a todas la quales [...] justicias de su magestad de qualesquiera que sean y en especi ciala las de la dicah ciudad para que me conpelan al cumplimiento delo que dicho es comun por setencia pasala en cosa jusgada en las leyes de my ffabor con el [...] de derecho ante my de lo qual otorgue la presente ante el presente escribano publico y [...] en fecha en la ciudad de Cholula en onze dias del mes de henero deste y seiscientos cinco años y el otorgo yo el escribano doy ffe que conosco los firmo de si nombre siendo testigos [Bartolome] de Morales Blas de Albarrazin y Matias Davila vecinos desta ciudad Pedro Pablo Ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica] [Al margen] Obligacion de Pedro Pablo a Pedro de Villalobos Sepan quantos esta carta vieren como Pedro de Villalobos vecino desta ciudad otorgo y conosco por esta carta que devo y me obligo de dar y pagar a Pedro Pablo a quien su poder

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[Al margen superior al centro: crismón gráfico] [Al margen superior derecho tinta] 5 [Al margen superior derecho, en lápiz] 178 en viere en qualquier manera sete cientos veynte y cinco pesos de oro comun los quales le devo y son por rrazon y de conpra de unas casas que en el dicho dia le conpre en la dicha cantidad y no en la presente que en la dicha carta de venta se dio por contenido della la verdad es que no se la di ni pague y se la tengo de pagar a los plazos questa declarante las dichas casas me doy por entregado conveniente de echos en fforma y de po der de [...] lugar que lo susodicho no [ffecho] ni paso asi y si lo dixere o alguna que no me valga en juyzio ni estuviera los quales dichos setecientos veynte y cinco pesos le dare y pagare en esta ciudad o en otra qualquier parte que me estuvieren pedidos y demandados en rreales de plata trescientos y cyncuenta pesos para el dia de San Juan de junio deste dicho año debe esto para el dia de la pascua de navidad pri mera en verna deste dicho año con las costas de la cobranÇa y para que mas cierto y seguro este de la dicha

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[Al margen superior al centro: crismón gráfico] paga yhoteco por especial espresa ypoteca las dichas casa pasandolos poder vender ni enajenar hasta tienpo queste pagada en la dicha deuda so pena que la venta y enagena cion quede otra manera se hiciera sea en sin ninguna y no valga y las pueda sacar de poder alas justicias siguiente de quales que partes sean y en es cial a las desta dicha ciudad para que me conpelan al [...] que dicho es como por setencia pasada en cosa jusgada en derecho las [leyes] [...]ffa vor con la parte de derecho [...] otorgue el presente ante el escribano publico iso ffecha en la ciudad de Cholula en onze dias del mes de henero deste seiscien tos cinco años y el otorgante yo el escribano doy ffe que conosco y no firmo porque dixo no saver escribir a su ruego lo frimo un testigo siendolo [Bartolome de Morales y Simon Tellez de Trejo y Matias Davila vecinos desta ciudad Por testigo Simon Telles de Trejo [rúbrica] Ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica]

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