frc_vol004_0179_a

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[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
paga yhoteco por especial espresa
ypoteca las dichas casa pasandolos
poder vender ni enajenar hasta
tienpo queste pagada en la dicha deuda
so pena que la venta y enagena
cion quede otra manera se hiciera
sea en sin ninguna y no valga y las pueda
sacar de poder alas justicias siguiente
de quales que partes sean y en es
cial a las desta dicha ciudad para que
me conpelan al [...] que
dicho es como por setencia pasada en cosa
jusgada en derecho las [leyes] [...]ffa
vor con la parte de derecho [...]
otorgue el presente ante el escribano publico iso ffecha
en la ciudad de Cholula en onze dias
del mes de henero deste seiscien
tos cinco años y el otorgante yo el escribano
doy ffe que conosco y no firmo porque dixo
no saver escribir a su ruego lo
frimo un testigo siendolo [Bartolome de Morales
y Simon Tellez de Trejo y Matias
Davila vecinos desta ciudad
Por testigo
Simon Telles de Trejo [rúbrica]
Ante my Joan Franco
escribano publico [rúbrica]

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