Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Diego Perez Maldonado

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[Auto] [Crismón gráfico] [a láíz] 623 [con tinta] 33 En la ciudad de Cholula en seis dias de junio de mill y seiszientos y diez y nueve años ante Pardo de Aguero Joseph corregidor en ella por su magestad aviendo visto estos autos y lo pedido por Gomez de Guisamo Juan como mando y conjunta persona de Beltran Catalina hija y heredera de Beltran Alonso difunto en ra çon de que se declare por persona legitima para seguir el pleito de execusion que Lopez Andres albacea que dixo ser del dicho Alonso Beltran començo a seguir contra Perez Maldonado Diego por ochozietos y quarenta y tres pesos que parece serle deudor en virtud descrita que por su poder se presento y vista la informacion que de la dicha legitimacion tiene dada y el mandamiento de execusion que pido por la dicha cantidad ffecha dixo que declaraba y declaro a la dicha Cata lina Beltran por hija heredera del dicho Alonso Beltran difunto y al dicho Juan Gomez de Guisamo como su legitmo del dicho pleito y corbança de la dicha canti dad y atento a que por la informacion que el suso dicho tiene dada no consta suficientemente ser unica heredera la dicha Catalina Beltran y vez fallecido Vexarano Diego Martin y Beltran Juan Alonso sus herederos y coherederos mandaban y mando se le despache y lbre al dicho Juan Gomez el mandamiento de execusion que pide por la dicha cantidad contra las personas y bienes del dicho Diego Perez Maldonado y especial y [...] [...] contra los que a pedimento del dicho Lopez Andres se exe cutaron y depositaron en Tenorio Juan con que primero y ante to das las cosas de fian legall an avonada de que si en virtud de sentencia de remate ultimo remate en la dicha via executiba que siguiere ubiere y enbraze toda la dicha cantidad de lo que de clase de viere y en algun tiempo parecieren los dichos herederos o alguno dellos a persona legitima que por ellos sea y pi dieren la persona y porcion que les perteneciere de la dicha deuda de la dada por persona llanamente y con esto se le de el dicho mandamiento y por asiento si lo [...] y mando y firmo con parecer de assesor. [Rúbrica] Joseph Pardo de Aguero [Rúbrica] Escribano de Alvarez y Guevara Joseph

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[Al margen superior derecho] [a lápiz]624 [con tinta] 34 En la ciudad de Cholula en quince de junio de mill y seiscientos y diez y nueve años ante mi el escrivano y testigos otorgo a Gomez de Guisamo Juan que yo escrivano conosco que para la sighuiente caussa de execucion que trata contra Perez Maldonado Diego sobre pesos de oro que le debe como al eredero del Beltran Alonso difunto da todo su poder cumplido qual de derecho se rrequiere lo necessario a Davila Matias por curador en el a ordinaria de esta ciudad en la qual presente el escripto tres ijos y provandas rev¿cive el juez de escrivanos y letrados y se aparte de llas a Perez y se aplique de quales quier an pesos y sentencias que no sea en su fabor y siga en grado della ssacando fee y testimonios y presencialmente en ellos ante quien con de recision venga y viendolo pagado que havia siendo presente que judicialmente otra ju dicialmente convenga y para poder [...] [...] poder a los quales suso dichos [...] segun derecho les otorgo ynformo porque dixo no ssabor a su vez pero lo ffirmo un testigo siendo testigos Bernal Juan y de la Paz Miguel vecinos de esta ciudad. [Rúbrica] Por testigo Juan Bernal [Rúbrica] Ante mi de Ramirez Joan Escribano publico

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[Al centro] Crismón gráfico [al margen superior derecho] [a lápiz] 625 [con tinta] 35 [Item] Alguacil mayor desta ciudad de Cholula qual quiera de vuestros Thenientes [...] entrega execucion en la perssona y bienes de Perez Maldonado Diego y especial y señalada mente en seys cavallerias de tierra y quince bueyes en esta jurisdiccion de que procede la devida por consa de ocho sientos y quaren ta y tres pesos de oro comun que parece deber a los herederos de Beltran Alonso difunto de tres años del precio de las dichas tierras sobre y es escriptura que nuebamente se le presento ante mi por Gomez de Guisamo Juan marido lexitimo de Beltran Catalina heredera del dicho difunto por quien se nos de parte y para los demas here dedors deba poder de desta franja que le mande por fin en juicyo del dicho que ay contra de Tenorio Juan depositario de las tie rras y bienes en la execusion qe se le pido por las deuda y se dio por ninguna y bol vio a este estado en el qual la parte juro la deuda en forma por la qual y la ciudad y las casas en forma y conformidad ffecha en clausula en diez de junio de mill y seyscientos y diez y nueve años [Rúbrica] Pardo de Aguero Joan [Rúbrica] de Ramirez Joan Escribano por la causa

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[Crismón gráfico] [...] En la ciudad de Cholula en treze dias del mes de junio de mill y seiscientos y diez y nuebe añps a ora de las dos de la tarde poco menos Rrodrigues Juan soltero Theniente de [...] [...] en birtud y cumplimiento del mandamiento emla otra parte y paor la cantidad de ochocientos y quarenta y tres pesos de oro comun del y costa del nombramiento de Gomez de Guisamo Juan hizo entrega y bienes de Perez Maldonado Diego en las seis caballerias de tierra contenidas en el dicho nuestro siendo en las jurisdicion. [tachado] lindan y corre en la una caballerias desde el rrio y linda por el poniente con tierras de Maquila Benito las unas y Carrillo Estevan que sirbe de lindero dellas y por el oriente con las tierras de la villa de dios dado por el cargo aria [...] y las cinco caballerias corren desde el camino que ba a Calpan de la ciudad parcialmente y linda por el poniente con la [...][...] y termino de la jurisdiccion de Huejotzingo y por el oriente con tierras de la biuda de [...] en las [...] tierras hizo en la peticion compro [...] de la [...] cada o rre ferida a demas[...] y lo firmo de Baeza Antonio Gregorio Y Gomez Bartholome vecinos de la ciudad [...] [...] [...] [...] Ante mi de Ramirez Juan Escribano publico

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[Crismón gráfico] [a lápiz] 626 [con tinta] 36 [iten] Gomez de Guisamo Juan en el pleyto de execucion que trajo contra Perez Maldonado Diego y sus bienes digo que a mi derecho conviene que los bienes en esta caussa executados anden en pregon. [item] An vuestra merced pido supplico mande dar su al bala de almoneda para all dicho a ffecho pido justicia.

En la ciudad de Cholula en treze de junio de mill ny sseys cientos y diez y nueve añso ante Pardo de Aguero Juan corregidor desta ciudad por su magestad la presento el contenido. [Auto] El corregidor amndo que los bienes en esta caussa executados anden en pregon por los terminos del dicho y asi lo proveyo [Rúbrica] Juan Pardo Ante mi de Ramirez Juan Escribano publico

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