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[Al margen superior derecho] [a lápiz]624 [con tinta] 34
En la ciudad de Cholula en quince de junio de mill
y seiscientos y diez y nueve años ante mi el escrivano
y testigos otorgo a Gomez de Guisamo Juan que yo
escrivano conosco que para la sighuiente caussa
de execucion que trata contra Perez Maldonado Diego
sobre pesos de oro que le debe como
al eredero del Beltran Alonso difunto da todo
su poder cumplido qual de derecho se rrequiere lo
necessario a Davila Matias por curador en el
a ordinaria de esta ciudad en la qual
presente el escripto tres ijos y provandas rev¿cive
el juez de escrivanos y letrados y se aparte
de llas a Perez y se aplique de quales quier
an pesos y sentencias que no sea en su fabor
y siga en grado della ssacando fee y testimonios
y presencialmente en ellos ante quien con
de recision venga y viendolo pagado que havia
siendo presente que judicialmente otra ju
dicialmente convenga y para poder [...]
[...] poder a los quales suso dichos
[...] segun derecho les otorgo ynformo
porque dixo no ssabor a su vez pero lo ffirmo
un testigo siendo testigos Bernal Juan y de la Paz Miguel
vecinos de esta ciudad.
[Rúbrica] Por testigo Juan Bernal
[Rúbrica] Ante mi
de Ramirez Joan
Escribano publico

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