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[Crismón gráfico] [a lápiz] 629] [con tinta] 38
Ante Pardo de Aguero Juan corregidor des
ta ciudad por si magestad el dicho Gomez Juan
presentó por testigo a Gonçales Vaquero Diego
vecino desta ciudad del qual fue
rrecibido juramento por dios nuestro se
ños y la señal de la Cruz en forma
de derecho so cargo del qual prometio de
sir verdad y hecho preguntado
por la peticion de esta junta dixo
que conocio al dicho Perez Maldonado Diego
que rresidia en esta jurisdiccion puede
a ver diez años pues mas o menos que
salio desterrado deste Reyno para
las Yslas Philipinas donde estaba
[...] desde en el a esta parte no le
a visto mas nu ssabe donde se le
vi ni la muger del suso dicho que dejo
en este Reyno es muerta y uno que
dejo hijos quando se fue a la [...]
[...] don estaba el juez que ssabe
so cargo del juramento que tiene effecto
en que sea firmado y rratificado declaro
ser de treynta años y no le sean
las generales no firmo por no ssabaer
Ante mi
[rúbrica]
de Ramirez Juan

En la ciudad de Cholula en dicho dia y
año dicho ante el corregidor el dicho Juan Gomez

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