Fondo Real de Cholula

OverviewStatisticsSubjects

Pages That Mention Diego Perez Maldonado

frc_vol011_15_01

page_0001
Needs Review

page_0001

execucion 1619 años 1620 Los herederos de alonsso beltran difunto a Diego perez Maldonado por 843 pesos menos Lo que paresiere aver pagado Juan pardo de aguero Juan de Gamiz

En 164 foxas 163 foxas

Last edit 11 months ago by CristobalTlatelpa
page_0003
Needs Review

page_0003

SePan quantos esta carta vieren como yo diego perez maldonado vezino labrador en esta jurisdiccion de cholula otorgo y conozco por esta carta que devo y me obligo de dar y pagar alonso beltran vezino desta ciudad que esta presente y a quien su poder oviere en qualquier manera ochocientos y quarenta y tres pesos de oro comund los quales le devo y son por rrazon y de rresto de seis cavallerias de tierra quinze bueyes tres yugos aperados con quatro rrexas y tres ara dos que el dicho dia le compre ante el presente escrivano en myll y seiscientos pesos de oro comund y no enbargante que en la carta de venta se dio por entregado de toda la dicha cantidad la verdad es que tan soLamente le di y pague seteçientos y çincuenta y siete pesos de oro comund y el Resto a dever esta dicha cantidad de la qual y de las dichas tierras bueyes arados rrejas y lo demas me doy por entregado y de los titulos de las dichas tierras con rrenunciacion de leyes y entrega y prueva de la paga como en ellas se contiene y el poder deçir y alegar que lo susodicho no ffue ni paso ansi y si lo dixere o alegare quien no me valga en juizio ni fuera de el los quales dichos ochoçientos y quarenta y tres pesos del dicho oro le dare y pagare en esta dicha ziudad o en otra qualquier parte que me ffueren

Last edit 11 months ago by CristobalTlatelpa
page_0005
Incomplete

page_0005

a todas y qualesquier justicias de su magestad de qualesquier partes que sean y en espe cial a la desta zivdad con rretencion de mi ffuero domicilio e vezindad y la ley

para que las dichas justicias me conpelan al cunplimento de lo que dicho es con aper sevimiento pasada en essa juzgada e rrenuncio leyes de mi ffavor con la general del derecho en testimonio dello que entregue la presente ante scrivano publico y es ffecho en la ciudad de cholula en cynco dias del mes de dizienbre de myl y seiscien tos y cynco años receptor yo el escrivano pubico doy ffe que conozo lo ffirmo de su nomvre siendo francisco de mayorga y juan ponze Hernando de casas vezinos desta ciudad diego perez maldonado ante mi juan francisco scrivano publico Por ende hago mi signo en testimonio de verdad Joan franco scrivano publico [rubrica]

This page is incompleteEdit this page
Last edit 9 months ago by CristobalTlatelpa
page_0006
Incomplete

page_0006

obligacion de alonso beltran contra diego Perez maldonado de contra de 843 pesos en la ciudad de cholula en el dia trese de jullio de seiscientos y siete años ante balentin de jasso corregidor en esta ciudad parecio andres lopez y como albacea de alonso beltran difunto e presento esta es criptura e pidio juicio de execucion contra diego perez maldonado por ochocientos y quarenta y tres pesos de vidos con protestaçion de rreçybirle en cuenta lo que paresiere de aver pagado El corregidor de comund dar y se le dio en fforma Balentin de Jasso [rubrica] ante Joan franco scrivano publico [rubrica]

This page is incompleteEdit this page
Last edit 9 months ago by CristobalTlatelpa
page_0007
Incomplete

page_0007

el alguazil mayor desta ciudad o qualquiera de vuestros tenientes hazed entrega execucion en la persona y bienes de diego perez maldonado por contra de ochocientos y quarenta y tres pesos de oro comun que paresçe dever a alonso beltran difunto por escriptura que en su nombre presento an dres lopez albacea del dicho difunto con protesta çion de rreçybirle en cuenta lo que paresçiere aver pagado e juro ser el devidor e por pagar la qual dicha execucion hazed en fama y constome a derecho este dicho en la ciudad de cholula en viernez tres de jullio de seiscientos y siete años Balentin de Jasso [rubrica] Joan franco scrivano publico [rubrica] estando en termino Y jurisçion de la ciudad de cholula en el pago que llaman tecaxete en veynte y siete dias del mes de septiembre de mill y seiscientos E siete años en presencia de my juan perez loçano scrivano nonvrado e jurado en forma de su mandado de nonbramiento de andress lopez juan de campos teniete de alguazil mayor desta dicha ciudad y su termino y juridiçion e hizo execucion en una hascienda que dijeron sser de diego perez maldonado unos xacales y seis caballerias de tierra por contra de ochocientos y quarenta y tres pesos de oro comund que paresçe deber a los herederos de alonso beltran con protestaçion de la mejorar en otros quales quiera bienes que paresscieren ser del susodicho y en quinse buelles de arada de la dicha labor. La qual tenia en arrendamiento juan tenorio que predicho estaba a el qual el dicho teniente de alguazil mayor mando tenga en deposito hasta tanto que en otra cossa se probea y mande y el dicho juan tenorio vezino qual doy fee que conozco otorgo que rresibe los dichos bueies en deposito y serbicio de los tener en el guarda y fice encomienda y cada que por el

This page is incompleteEdit this page
Last edit 9 months ago by CristobalTlatelpa
Displaying pages 1 - 5 of 51 in total