Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Diego Perez Maldonado

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Joan gomez de legisamo Paresco ante vuestra merced y digo que yo segui execuxion Por cantidad de Pesos contra los bienes de diego Perez maldonado en bir tud de Poder que Para ello tube de Catalina beltran mi muger hija y heredera de alonso beltran difunto la qual se sentençio de Rema te y Porque el Poder que ansi Presente en la dicha causa es tanbien Para bender otros bienes que Pertenesen a la dicha mi muger y Para que esto tenga efeto SuPlico a vuestra merced me mande entregar el Poder que tengo Presen tado en la dicha causa quedando vn traslado del en ella en que se ha ra justicia que Pido Por Persona de mi Proculador mathias davila en la ciudad de cholula en veynte y dos dias del mes de junio de mill y seys çientos y veynte años ante xpoval de rribera theniente de corregidor en esta çiudad por su magestad presento esta peticion mathias davila en con poder del susodicho [línea de cancelación] el theniente mando se le de el dicho poder ni final quedando en esta caussa un traslado del

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luiza becerra su primera muger y Vniverssal heredera de los sussodichos sus padres cuyas herençias quiere y açepta con bene ffiçio de ynbentario. Anssi quedaba su poder cumplido quan bastante dello sse requiere y es nesessario a el dicho jhoan gomez de leguissamo su marido para que en su nombre y Representando su propia perssona Resçiba lo que de diego perez maldonado residente en la çiudad de cholula y de sus bienes y de quien y con derecho deva y pueda ochozientos y quarenta y tres pesos de otro comun quel sussodicho quedo deviendo al dicho Alonsso beltran padre de la sussodicha de ressto del baler de seys cavallerias de tierra quince bue yes tres yugos aperadosy quatro rrexas tres arados como consta por la escriptura que le otorgo ante jhoan franco escrivano publico de la dicha çiudad de cholula en cinco de di ziembre del año passado de sseysçientos y çinco sobre que se siguio pleyto exe cutibo ante balentin de jasso corregidor que fue de la dicha ciudad y ansimis mo ceda se el dicho poder para que pida y tome quenta a antonio de piña vecino de la dicha çiudad de cholula de todos los bienes que entraron en su poder que quedaron Por ffin y muerte del dicho Alonsso beltran difunto como su al baçea y tenedor dellos y tutor y curador della perssona y bienes de la dicha ca talina beltran y de sus hermanos

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Joan Gomez de leGuiçamo Como marido y Conjunta persona de catherina beltran mi muger hija lexitima y herede ra de Alonso beltran y de Elvira vezerra su muger difunctos vezinos que fueron desta zivdad. Cuya herenzia tiene azeptada y de nuevo azepta con benefiçio de yn bentario digo que los años passados Andres lopez alba çea que fue del dicho mi suegro tracto en este tribunal pleito de execucion contra diego perez maldonado por ochoçientos y quarenta y tres pesos de oro commund que le deve de rres to de scriptura de mayor contra del presçio de seis cavalle rias de tierra quinçe bueyes y demas apero que le ben dio para cuya siguridad el hipoteco por expresa y espe cial hipoteca las dichas cavallerias de tierra bueyes y demas apero y por no aver pudido El dicho Andres lopez La clausula de albaçea no se sentenzio la causa de Remate y se puso en el estado en que estava quando la scriptura de obligaçion se presento y proveyo auto en que se mando librar mandamiento de execusion con que Para el derecho de la dicha mi muger tubiese su fuerça y vigor tubiese el secresto de bienes y deposito hecho en joan tenorio arriesgo del alguaçil executor que le hizo segun que mas Cargamento por el dicho proceso y auto consta de que hago demonstracion y para poder se guir la dicha execucion tengo nezesidad ante todas cossas el lijitimar mi perssona y la de la dicha catherina beltran mi muger y que al presente no ay otro here dero que pueda subceder en los bienes del dicho su pa dre difuncto sino es la sussodicha por sanjo a vuestra merced Pido y suplico que Aviendo por execu tado dicho pleito mandeseme prueva la dicha ynformacion y constando por ella ser assi lo que tengo rreferido me declare por marido de la dicha catherina beltran mi muger y a la sussodicha por hija lixitima y universal heredera del dicho Alonso beltran

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en la ciudad de cholula en treinta y uno de maio de mil y seis zientos y dies y nuebe años Juan pardo de aguero corregidor en ella por su magestad aviendo visto este proceso y autos executibos que se siguieron por parte de Andres lopez como albaçea que dijo ser de Alonso beltran difunto contra Diego perez maldonado por cantidad de pesos que en virtud de escriptura presentada pareçe serle deudor y lo pedido por Juan gomez de leguiçamo co mo marido que dice ser de catalina beltran hija legitima y unica heredra del dicho Alonso beltran en raçon de que se le reçiba la infor maçion que ofreçe de como es marido de la dicha catalina beltran y que la susodicha es tal hija y heredera del dicho Alonso beltran y lo demas que en esta raçon pide y alega esta dixo que mandaba y mando se le reçi ba a el dicho Juan gomez la informaçion que ofreçe conforme a su alega çion interrogatorio el qual admitía y admitió en lo pertinente y no en mas y dada proveera lo que mas convenga y sea de justiçia y por este su auto asi lo proveyo mando y firmo con acuerdo de assesor enmendado dada vale juan pardo de aguero joseph de anzures y guevara ante mi joan de Gamiz scrivano publico ynformacion de juan Gomez de leguiçamo en la ciudad de cholula en primero de junio de myl y seiscientos y dies y nuebe años ante pardo de aguero corregidor desta çiudad el dicho juan gomez de leguiçamo para la dicha ynformacion presento por testigo a benito de aguilar vezino desta jurisdiçion del qual fue rreçivido

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[Al centro] Crismón gráfico [Margen superior derecho][a lápiz] 622 [con tinta] 32

[Item] Gomez de Guisamo Juan marido lexitimo de Beltran Catalina hixa y unica heredera de Beltran Alonso difunto en lo que tengo pedido sobre la lixitimacion se mi persona y ser parte para poder seguir la causa executiba que los al baseas del dicho Alonso Beltran siguieron contra los bienes de Perez Maldonado Diego que son la tierra que del difun to le bendio y el comprador le ypoteco a la aga de su balor por cuyo pleyto se siguio la dicha acusacion y por consta del albaseasgo de anulo y puso en su primer estado digo que yo tengo dada bastante ynformacion de ser parte lexiti ma en esta causa y a mayor abundamiento presento con el ju ramento nesesario este testamento que yo Alonso de Beltran otorgo y debaxoo de cuya jurisdicion y boluntad fallecio por el cual declara y nombra por su hixa lixitima y e redera a la dicha Catalina Beltran mi muxer y a Martin Diego y Beltran Juan Alonso sus ermanos. Por cuya muerte a huntestado quedo la suso dicha unica y sola en la ducha heren cia y en birtud de todo ello. [Item] a vuestra merced pidio y suplico nuestro declarante por parte lixitima en esta causa y librarme mandamiento de execusion contra la persona y bienes del dicho Diego Perez Maldo nado y especialmente contra las tierras bueyes [...] [...] de las [...] [poteca]¿? que primero se executaron y depositaron en Tenorio Juan por el precio de la dicha devida qye no son cientos y qua renta y tres pesos menos lo que constare aberse pagado a par te lixitima y de que yo no puedo ser sabidor y sobre todo pido justicia y costas y juro la devo en forma de derecho

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