Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention ciudad de Cholula

4_01_Poderes_generales

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[crismón gráfico] [roto] [subrayado] 43 [a lápiz] 48 [Auto] Sepan quantos esta carta vieren como yo Mendez del Castillo Rrodrigo vecino cerrajero desta ciudad de Cholula en voz y en nombre de de Cabrera Pedro vecino de la ciudad de Mexico e por virtud de el poder que de su poder tengo que paso ante de Rio Alonso secretario rreal su ffecha en tres y quatro del mes de enero del año de mil y seiscientos dos o su tenor es como se sigue [subrayado] aqui el poder. [Auto] Usando el dicho poder que de suso bra y [...] otorgo y conozco por esta carta que emi del dicho Pedro de [tachado] [Cabrera] ver en venta rreal de agora para siempre xamas [dos] [tachado] Vasquez Andrés vecino de la ciudad de dos cavallerias de tierra que al suso dicho se de su merced en terminos de la ciudad en una cañada que sube del afiladero de la [...] como corriere de oriente a poniente que tan legua y media de la ciudad y media legua dela ciudad de Tlaxcalancingo las quales le vene es por y de otra enagenacion espe cial ni general que no la tiene por precio y contra de ducientos pesos de oro comun que es compra de las dichas dos cavallerias de tierra en derecho [línea de cancelación]

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[Crismón gráfico] Sepan quantos esta carta vieren como yo de Ciola Luis vecino y obrajero desta ciudad de cholula otorgo y conozco por esta carta que de boca y me obligo de dar y pagar a Martínez Pedro vecino desta ciudad que esta presente a quien su poder e viere en qualquier manera dusientos y cuarenta y seis pesos y quatro tomines de oro comun quales le debo y son por rrazon de otros tantos que le salgo a pagar por su fianza dicha jero difunto y que debia del suso dicho como consta de ynformacionque tiene dada de los quales siendo nesesaria ago de debra sado dellos y rrenuncio el poder decir y alegar que lo suso dicho no fue ni paso asi y si eso dije lo alegare que no me balga en[...]cion de los quales le dare y pagare en esta ciudad o en otra qualquier parte que me fueren pedidos demandados en rreales de plata no en otra moneda la mitad de los cada quando que el dicho Martínez Pedro me lo pida y la otra mytad rrestante para del dicho en suba por manera que dentro de los dichos bos años tengo pagado los doscientos y veinte y y tres pesos de tomines de oro co muny para el cumplimiento de lo que del [...] mi persona vienes y doy poder a la especial de su m[...] de qualquer parte y que sean y en especial al de esta ciudad para que me conpelan al cumplimiento de lo que dicho es como por sentencia diffinitiba de juez conpetente con tramitada y pasada con cosa juzgada rrenuncio [...] y el de my ffabor con la general del derecho en pedimento de lo qual otorgo la presente [línea de cancelación]

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[Crismón gráfico] [roto] [tachado] 674 [a lápiz] 50 ante escribano publico que es ffecha en la ciudad de cholula en veinte y nuebe dias del mes de disiembre de mil seis cientos y quatro años y el otorgante de que yo escrivano conozco lo fir mo siendo [...] [...] [...] siendo testigo Dávalos Rreyes Tomás y Dávila Alonso vecino desta ciudad Ante mi Franco Joan Escribano publico

[Auto] Sepan quantos esta carta vieren como yo Martínez Pedro vecino de la ciudad de Cholula digo que por bienes de García Juan brazero di funto quedo un obraje en esta dicha ciudad el qual de pedimento de Polonia Francisca yn dia muger del dicho Juan García por peticion que presento que la jueza ordinaria de es ta ciudad pidio que atente a que por vienes del dicho su marido avia quedado el dicho obraje y que avia dejado muncha can tidad de debajo y esta no se podian pagr sin que el dicho obraxe vendiese de lo qual se rresibio ynformacion de la u tilidad que en el caso avia de la venta del dicho obraje la qual se rremitio a su esposa para que diese lisencia que se un [línea de cancelación]]

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dijo es como por sentencia a la difinitiva de conpetente contra nos dada pasada en cosa juzgada rrenunciamos las leyes de nuestro fabor con la general del derecho en testimonio de lo qual otorgamos la presente ante escribano publico que es ffecha en la ciudad de cholula en veinte y nueve dias del mes de disiembre demil seis cientos y quatro años y los otorgantes que yo el escribano doy ffe que conozco lo firmo el dicho Martínez Pedro y por el dicho Mendez Rrodrigo por ser ciedo de la vista corporal lo firmo a rruego un testigo sien do Dávila Alonso y de Morales Guillerme y de Arriaga Cristóbal en la ciudad va lor y esta no vale a rruego por testigo [rúbrica] Pedro Martínez Alonso Dávilo Ante mi Joan Franco Escribano publico

[Tachado] Sepan quantos esta carta bieren

[crismón gráfico] En la ciudad de Cholula en treinta dias del mes de disienbre de mill y seis cien tos y quatro años ante mi el escribano parecio Sanchez Pedro tutor y curador de la persona y vienes de los menores ijos de Rrodriguez Cordero Julio y de Martínez de la Garça Ursula su muger difuntos [línea de cancelación]

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nunciacion de ley en forma y si echa la diligencia por la dichan de la Paz María para con esta cantidad de pesos de oro y dejandose executar el dicho Belasques Ysquierdo Francisco y cosas presin dan fiança a la orden del cum plida la sedula rreal de los labradores me obligo a la dar y pagar a la suso dicha los quinientos y veinte y siete pesos del dicho traspaso para cuya liquida cion y bastante prueba el juramento sin que de la dicha María de la Paz en que lo difero para cuyo cumplimiento obligo mi persona y vienes y doy de orden a la justicia de su magetad oara la accion y cumplimiento de lo que dicho como por sentencia pasada en cosa juzgada y rre nuncio las leyes de mi favor con la ge neral de derecho y lo otorgo y firmo de su mano testigo Dávila Alonso de la Paz y Guiterrez de Lara Andrés vecinos desta ciudad Ante mi Franco Joan Escribano publico

Hago Joan Franco Martinez escribano de su magestad publico y de la rreal desta ciudad de cholula [línea de cancelación]

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