Pages That Mention ciudad de Cholula
2_14_Litigio por tierras
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[brevete al margen superior izquierdo] esta real tierras [585 al centro, a lapiz] estando en terminos y juridicion de la ciudad de cholula lunes cuatro dias mes de junio del año de seiscientos e un años Valentin de Jasson corregidor de la dicha ciudad mandó a el dicho Diego Breton Ruano que presente estaba les [...] partes y lugar donde resale dicho mandamiento acordado el [...] dicho corregidor al sitio que ella mande alcanzar [...] el dicho sitio esta todo despoblado [...] [...] todo el dicho sito sin caseria ni en otra ninguna otro beneficio de nopales ninguna ni arboles de ninguna forma una legua poco mas o menos de la ciudad de cholula en cuyas tierras [...] [...] en las dichas caballerias las quales e no dañan tierras de Gaspar de Roxas [...] que fueron de Baltazar de Castañeda y Manuel Bermejo y mando el dicho corregidor se le nofifique y de a entender a el gober nador a ellas de los registros y otros muchos yn dios que estaban presentes a lo que dicho es co mo a venido Cristoval de las dichas quatro cavallerias de tierras y ni Crispoval Ramos ynter prete de la cicha ciudad y yo el escrivano y suscripto se lo dio entender a el dicho gobernador alcalde y demas yndios a mi en el dicho sitio donde a el principal corregidor e piden las dichas quatro caballerias de tierra por el dicho derecho Breton Ruano que si tuvieren que vender y al pagar lo digan y aleguen que el dicho corregidor los oyra y sa dera su jurisdiccion de los cuales dixeron puede entra desianles dicha merced que se pide por que esta en mi dicho daño y prejuicio hago y de los yndios de la ermi ta de Tlazcalanzingo y santo Andres a don de esta onse tierras que tienen tierra en la dicha parte de su patrimonio que labran y que estiban y que piden no se haga la dicha merced al dicho Diego Breton a lo que ansi fueron testigos Diego de Carranza y Diego de Soria Hernandillo Vago vecinos. Ante my Joan Gonzalez Lozano [rúbrica] escrivano
2_12_Inventarios de bienes (1)
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1602 años Ynbentario de los bienes de Juan de yarsa diffunto vezino que fue de esta ciudad de cholula [Rúbrica] Juez don Juan de saavedra guzman [Rúbrica] Escribano publico Juan franco 54 foxas 4011 pesos 4 reales
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[] sino que esten en poder de albaçea [] que dar de mis vienes hasta que tome [] [] en o tra [] [] una de las hijas de ana guerrero muger de andres de ortiz vezino de esta çiudad de cholula [] quiera de las que primero qoma [] estado çiento y zin quenta pesos los quales no an [] en poder ni ser nadie sino el que den [] [] que los [] mostraran e [] hasta que tomen es tado qualquiera de las dichas sus hijas las quatro a un [] miento de [] co mo dicho el [] albaçea [] [] limosna de mis vienes [] en los Reynos de castilla sola mente a las dos seria [] [] de los vienes que viere mios en esta tierra a cada una de las dichas [] çiento y zinquenta pesos [] qua tro que se obiere [] mas de las dos dichas se []
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zivdad de los angeles a çinquenta pesos de oro comun a cada uno de ellos los quales se entien da aviendo yo falleçido en es ta provinçia e no de otra manera [Línea de cancelación] yten mando que si fuere en terrado mi cuerpo en la zivdad de cholula se de de limosna de mys vienes çien pesos de oro comun all monasterio de san gabriel y que el padre guardian o presidente de sepultura e rreligiosos para que acon panen mi cuerpo y acaeçien do mi finamento en esta provinçia no se de demas de çinquenta pesos de oro comun de limosna de mis vienes para que rruegen a dios por mi anima y si muriese fuera de esta pro vinçia no se cumpla esta manda yten mando que si acaeçiera my finamento en los Reynos de castilla en [] otra parte se den en la villa de san sebas tian en mi tierra a veynte viudas honrradas povres a veynte ducados de a onze rreales a cada una de ellas para [] seria lo que los
2_04_Autos diversos (1)
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Con manga y fleco de color yema de guebo en treynta y cinco pesos - 35 pesos Quatro sillas de espaldar en veynte pesos - 20 pesos Doze platos pechinos y doce escudillas y dos platos grandes de lo mismo en veynte pesos - 20 pesos Dos balonas de canbray con sus puntos y deshilado en ocho pesos - 8 pesos Una estancia de labor en terminos - de la ciudad de Cholula en el pago de Santiago linde por un parte con tierras de Pedro Pablo de Porra y por la otra tierras de Andres Hernandez con tierras de yndios por la otra con tierras de Sebaſtian serrano y por otra parte con el rio de Atoyaque con dos pares de casas de piedras y adobes que esta en la dicha hacienda jacales a pero Bueyes, tierra y lo demás que se contiene y declaren en la escritura de venta que de la dicha hazienda Hizo y otorgo el dicho Pedro Sánchez de Aledo mi suegro a Pedro ma[roto] Vezino de la juridición de dicha ciudad de Cholula [roto] y para que tuviese efecto este dicho ca [roto] la bolvio a recibir en si chanselandose [roto] se cancelo la venta y escritura que [roto] paso en esta dicha ciudad ante su[roto] escribano público que fue de ella [roto] de março de mill y seiscientos.