que este se puede, perder, y es una escriptura, de la Ymportan
cia que se conere, conbiene, â el drõ del d[ic]hõ colexio, que el
d[ic]hõ trasladom que âssi se hallo, el precente ess[criban]oo se ponga en su
registro, y en el que medio por mandad, de Vm ponga razon,
de com queda, en el d[ich]o su registro; âtento â lo qual
A. V. pido y suplico, assi lo provea, y medeē, pido Justicia,
y el d[ic]hõ colexio, resibira merced Xa Juan de Aguilar.
En la ciudad, de los Ang[ele]s, â õcho dias del Mez, de Mayo de
Peticion:
mill, y seis cientos, y trienta y õcho años, ante el Contador, Ma=
rcos Rodriguez, Sapata Alc[ald]e õrdinario, en esta cuidad por
S[u]. Mag[esta]d. se leyó, este peticion, que precento, el contenido; y
el Alc[ald]e: digó: que atento, â ler la d[ic]ha êscriptura, tan antigua,
Auto
y de la Ymportancia, que de êlla conita, mandaba, y man=
do, que Yo el Ess[criban]o la ponga, en mi registro, de escripturas
de este mez, de Mayo, para que de êlla, se puedan, sacar,
los traslados, que con vengan, y en el que por mandado, de
su Merced, cedio ala parte del colexio de S[a]n Luiz, de esta cui-
dad, se ponga razon de este Auto, assi lo probeyo, Marcos Ro
driguez Sapata, ante mi d[ic]hõ han: Guerra Ess[crian]o Pub[lic]o
Segun conita y parece por la d[ic]hâ escriptura, que õriginal que=
da en el registro, de escripturas, del Mez de Mayo, del año pa=
sado, de mill seisientos, y trienta y ocho a, y en mi ofissio
a que me refiero, yba cierto y verdadero, este traslado; en