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la Ciudad de los Ang[ele]s a doze dias del Mez de Junio, de mill
y seissientos y sesenta y dos a[ñ]os y fueron Thestigos, a lo ver sa=
car coregir consertar = Sebastian de Leon = Luiz de Aviña: y
Juan de Ortega vezinos de esta Ciudad = t[esta]do. = Res = enmendo = me=
dina = Hago mi signo en Thestimonio de verdad =
Nicolas Lopez Gallegos = ess[criban]o. Pub[lic]o. de la R[eal] foxa: no mas
doi fee =
Los escribanos que aqui firmamos sertificamos y damos fee
que Nicolas Lopez Gallegos de quien ba signado y firmado el
testimonio de la escriptura del Patronato del Colexio R[ea]l. de
S[a]n. Luiz, de las fox[a]s: precedentes su fecha de d[ic]ho traslado a doze
dias del mez de Junio del año pasado de mill seissientos y =
treinta y dos: esscribanos de S[u]. Mag[esta]d. Publico y de Cabildo fi=
el legal y de toda confianza y como a tal a los Autos y es=
crituras que ante el han pasado y pasan se le ha dado y daa:
entera fee, y credito, en juicio y fuera del; y para que
conste damos el precente en la ciudad de los Ang[ele]s. a veinte
y ocho dias del Mez de Henero de mill seissientos y se=
senta y siete años = Pedro Camacho Villavizen[zi]o ess[criban]o R[ea]l. y
de Cabildo = Thomas de Orthega ess[criban]o. de S[u]. Mag[esta]d. = Phelipe
del Casstillo y Torralva ess[criban]o. de S[u]. Mag[esta]d.

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