| frc_vol002_0360_ail se los dan apagar en cualquier[] que
me fueren pedidos y demandados en
reales de plata y no en otra moneda
para fin de mes de mayo primero que
verna del año de mill seicientos y tres años
con las cartas de la cobranza e para
el cumplimiento de lo que dicho es obligo mi persona
y bienes aiudor e para ver y doy poder
a todas y cuales quien[] de
cualquier[] para queme cumplan
al cumplimiento de lo que dicho es como por sentado
con otra mi da la e pasada en cosa
juzgada [] las [] mi fa
bor con [] del dia fecha de esta ciudad
de cholula en [] mes de
julio de mil seicientos y dos años
y entrego[] con []
por no saver a su ruego lo [] un to
sendos a con alonso dabila y [manchado]
de carmona y o las de alla []
de esta ciudad a su puego y parte alonso davila [firma]
atente mi
juan francisco
escribano publico [firma]
[brevete al margen izquierdo] obligo de francisco lopez a pedro [...]
sepan cuentos esta carta bien como yo
pedro [] vesino y labrador de esta jun[] otorgo
y condicio por esta cartaque devo y me obligo
de pagar a francisco lopez vesino y mercador de la
villa de carion va quien supoder o biere
cincuenta y siete peso y dosce de oro comun | frc_vol002_0360_ail se los dan apagar en cualquier[] que
me fueren pedidos y demandados en
reales de plata y no en otra moneda
para fin de mes de mayo primero que
verna del año de mill seicientos y tres años
con las cartas de la cobranza e para
el cumplimiento de lo que dicho es obligo mi persona
y bienes aiudor e para ver y doy poder
a todas y cuales quien[] de
cualquier[] para queme cumplan
al cumplimiento de lo que dicho es como por sentado
con otra mi da la e pasada en cosa
juzgada [] las [] mi fa
bor con [] del dia fecha de esta ciudad
de cholula en [] mes de
julio de mil seicientos y dos años
y entrego[] con []
por no saver a su ruego lo [] un to
sendos a con alonso dabila y [manchado]
de carmona y o las de alla []
de esta ciudad a su puego y parte alonso davila [firma]
atente mi
juan francisco
escribano publico [firma]
sepan cuentos esta carta bien como yo
pedro [] vesino y labrador de esta jun[] otorgo
y condicio por esta cartaque devo y me obligo
de pagar a francisco lopez vesino y mercador de la
villa de carion va quien supoder o biere
cincuenta y siete peso y dosce de oro comun |