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CºNº 1453 y 1454
La señora Bárbara Ávalos vecina de Capula está en quieta y pacífica posición de cuatro fracciones de terreno de labor, situadas una en el punto denominado “El Tejocote” otra en “La Joya,” la tercera en “El Rosario de los Pozos” y la última en la Mesa de San Bernabé, teniendo la primera de dichas fracciones la extensión y Linderos siguientes: por el Oriente 44 metros y linda con terreno de Valeriano Martínez; por el Poniente, igual número de metros y linda con terreno de Ambrosio Oropeza cerca de por medio; por el Sur 218 metros y linda con terreno de Rafael de la Cruz y por el Norte en la misma cantidad de metros, lindando con terreno de Vicente Fuentes. La segunda fracción mide por el Oriente 135 metros y linda con terreno de Jesús Espinosa; por el Poniente, igual
Gobernación Número 300 Informa sobre la solicitud de la Señora Bárbara Ávalos vecina indígena de Capula
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Poniente, igual número de metros y linda con terreno de Eugenio González; por el Sur, 59 metros y linda con terreno de Pablo Martínez y por el Norte 58 metros, lindando con terreno de la sucesión de Salvador Aguilar. La tercera fracción mide por el Oriente 106 metros y linda con el paraje denominado “La Ladera”; por el Poniente, 200 metros y linda con un camino que conduce al rancho de San Bernabé; por el Sur, 115 metros y linda con terreno de Casimiro C Alcalán y por el Norte, 156 metros lindando con terreno de Lorenzo Rosas. La última fracción, mide por el Oriente, 39 metros y linda con terreno del finado Macedonio Pérez; por el Poniente, igual número de metros y linda con terreno de Gregorio Escobedo; por el Sur 207 metros y linda con terreno de Tomás Cortés y por el Norte, la misma cantidad de metros, lindando con terreno de Mateo Sánchez. Las
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cuatro fracciones de terreno que acaban de deslindarse, las posee la Señora Ávalos como parcionera de la extinguida comunidad de indígenas del pueblo de Capula: las tres primeras tienen capacidad como para 12 litros de semblanza de maíz y la última para 10, y juntas representan un valor aproximado de doscientos pesos, con cuya cantidad quedará cubierto el haber que podría corresponderle a la solicitante una vez verificado el reparto de tierras entre los demás parcioneros del pueblo del que se trata; bajo el concepto de que no se tiene conocimiento que la referida Señora Ávalos haya enajenado con anterioridad otros bienes pertenecientes a los indígenas. Lo que me honro de comunicar a U[ste]d por vía de informe y como contestación al oficio número 1033 de la Sección 3a de esa Secretaría fecha 27 de Febrero último, devolviendo el ocurso de la peticionaria. Li
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bertad y Constitución. Morelia, Marzo 14 de 1907 El Prefecto Rafael Valencia C. Secretario de Gobierno Presente
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C. 1035 Ciudadano Gobernador del Estado Bárba[ra] Ávalos ante usted respetuosa mente comparezco exponiendole que: por el motivo de embarazarme muy escasa de recursos suplico atentamente se me conceda licencia para vender cuatro fracciones situadas la primera en el “Tejocote” y la segunda en “La Joya” y la otra en el rincón de “Los Pozos” y la última en la Mesa de San Bernabé, de esta jurisdicción cuyos predios he poseído como indígena y personera de los bienes de esta comunidad. Por lo expuesto. A usted Ciudadano Gobernador suplico se sirva proveer de conformidad a esta mi solicitud de lo que espero recibir juzticia y especial gracia, así como se me has metido el presente con el timbre qué apase por mí notoria insolvencia Protesto lo necesario Capula, Febrero 25 de 1907 No sé firmar.
Capula Febrero 25 de 1907 Febrero 26 1907 Conforme de la Prefec tura