| frc_vol002_0375_b[Al margen superior al centro: dos líneas cortadas paralelas]
[Al margen superior derecho, tachado] 375
[Al margen superior derecho, a lápiz] 374
[Al margen superior derecho] 99
juramentos y gastos hubiere fecho en la dicha
casa y confiezo yo el dicho Juan Martinez que e sido
del dicho Miguel Martinez la mytad del precio de los
quinientos pesos en que ansi bendo la dicha casa
por ser mys y estan con poder de realmente
y con effeto y en razon de la entrega que
de presente no paresce renuncio a la execucion
de ley y numerata pecunia y leyes de la
entrega e prueva de la paga como en ellas
se contiene y al cumplimiento de lo que dicho es obli
gamos nuestras personas y bienes avidos e por
aver y damos poder cumplido a todas
y qualesquier justicias de su magestad de qualesquier
partes que sean y en especial a las de esta
dicha ciudad para que nos compelan al cum
plimiento de lo que dicho es como por sentencia pasada
en cosa juzgada e renuncio las leyes de nuestro
ffavor con la general del derecho e yo la dicha
Catalina Ruiz renuncio las leyes de los
emperadores Justiniano Beliano y la nueva
contitucion y leyes de toro que son
ffaborables las quales vieron por la mejor
fforma es a esta escriptura juro por Dios
Nuestro señor y la señal de la cruz que hago con
los dedos de mi mano derecha en esta forma
de derecho que con esta escriptura no tengo
ffecha provacion ni reclamacion en
en contrario de ella y si tal pareciere la
doy por ninguna y de ningun valor y efecto
que por razon de ella no me opone por mi
dote ni arras ni bienes parrafrenales ni here
ditarios ni sus para la hazer fui conpuesa | frc_vol002_0375_b[Al margen superior al centro: dos líneas cortadas paralelas]
[Al margen superior derecho, tachado] 375
[Al margen superior derecho, a lápiz] 374
[Al margen superior derecho] 99
juramentos y gastos hubiere fecho en la dicha
casa y confiezo yo el dicho Juan Martinez que e sido
del dicho Miguel Martinez la mytad del precio de los
quinientos pesos en que ansi bendo la dicha casa
por ser mys y estan con poder de realmente
y con effeto y en razon de la entrega que
de presente no paresce renuncio a la execucion
de ley y numerata pecunia y leyes de la
entrega e prueva de la paga como en ellas
se contiene y al cumplimiento de lo que dicho es obli
gamos nuestras personas y bienes avidos e por
aver y damos poder cumplido a todas
y qualesquier justicias de su magestad de qualesquier
partes que sean y en especial a las de esta
dicha ciudad para que nos compelan al cum
plimiento de lo que dicho es como por sentencia pasada
en cosa juzgada e renuncio las leyes de nuestro
ffavor con la general del derecho e yo la dicha
Catalina Ruiz renuncio las leyes de los
emperadores Justiniano Beliano y la nueva
contitucion y leyes de toro que son
ffaborables a esta escriptura juro por Dios
Nuestro señor y la señal de la cruz que hago con
los dedos de mi mano derecha en esta forma
de derecho que con esta escriptura no tengo
ffecha provacion ni reclamacion en
en contrario de ella y si tal pareciere la
doy por ninguna y de ningun valor y efecto
que por razon de ella no me opone por mi
dote ni arras ni bienes parrafrenales ni here
ditarios ni sus para la hazer fui conpuesa |