| frc_vol002_0423_b[Al margen superior izquierdo] [...]
[Al magergen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho, en tinta,tachado] 25
[Al margen superior derecho, en tinta ,tachado]
[Al margen superior derecho, en tinta,tachado] 28
[Al margen superior derecho, en tinta] 35
[Al margen superior, en lapiz] 422
Sepan cuantos esta carta vieren como yo
Alvaro Ruiz vecino de la Villa de Carrion del Valle
de Atixco y estante en esta ciudad de Cholula
[A la derecha: brevete]
tengo y cosco por esta carta que [roto] [...]
[...] obligo de pagar [a...] [roto] [...]
[ y esta] ciudad que la presente [roto] que [...]
[p...] que tiene [...] [tachado] pesos]
de oro comun los quales le [debo] [roto] son por [...]
de quatro bestias mulares [roto] [...]
con [...] del margen que [...]
aqui compradas a rrazon cada una de sesenta
pesos de oro comun de las quales dichas bestias mu
lares me doy por contento y [entregas]
con [...] de [...] en [...] los quales
dichas trezientos [tachado] del dicho
oro prometo y me obligo de se los dar
y pagar en esta la ciudad o en [otra] qual
quier [...] que esta viere pedido y deman
dador en rreales de prestamo en
otra moneda la mitad dellas. Para dicho y
dia de la [...] de esta en seis meses y la
otra mitad a otras seys meses
adelante anbas pagas [...] bien
y [cumpli] [...] y para seguridad de las
dichas pagas poder [pelar] y [pore] [...]
derogando lo general y por eco las dichas
[que] bestias mulares las quales me
[...] de no [...] enajenar Hasta
tanto que la dicha cantidad este en
teramente pagada y no lo asiendo [a...] con
[rento] y [por cien] que el dicho a lo
[pesos] [...] las puedan sacar [ventaja]
desta y [...] de la pesrsona
en [...] poder las [...] y por | frc_vol002_0423_b[Al margen superior izquierdo] [...]
[Al magergen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho, en tinta,tachado] 25
[Al margen superior derecho, en tinta ,tachado]
[Al margen superior derecho, en tinta,tachado] 28
[Al margen superior derecho, en tinta] 35
[Al margen superior, en lapiz] 422
sepan cuantos esta carta vieren como yo
[...] vecino de la Villa de Carrion del Valle
de Atixco [...] en esta ciudad de Cholula
[A la derecha: brevete]
tengo y cosco por esta carta que [roto] [...]
[...] obligo de pagar [a...] [roto] [...]
[ y esta] ciudad que la presente [roto] que [...]
[p...] que tiene [...] [tachado] pesos]
de oro comun los quales le [debo] [roto] son por [...]
de quatro bestias mulares [roto] [...]
con [...] del margen que [...]
aqui compradas a rrazon cada una de sesenta
pesos de oro comun de las quales dichas bestias mu
lares me doy por contento y [entregas]
con [...] de [...] en [...] los quales
dichas trezientos [tachado] del dicho
oro prometo y me obligo de se los dar
y pagar en esta la ciudad o en [otra] qual
quier [...] que esta viere pedido y deman
dador en rreales de prestamo en
otra moneda la mitad dellas. Para dicho y
dia de la [...] de esta en seis meses y la
otra mitad a otras seys meses
adelante anbas pagas [...] bien
y [cumpli] [...] y para seguridad de las
dichas pagas poder [pelar] y [pore] [...]
derogando lo general y por eco las dichas
[que] bestias mulares las quales me
[...] de no [...] enajenar Hasta
tanto que la dicha cantidad este en
teramente pagada y no lo asiendo [a...] con
[rento] y [por cien] que el dicho a lo
[pesos] [...] las puedan sacar [ventaja]
desta y [...] de la pesrsona
en [...] poder las [...] y por |