| frc_vol002_0440_a[Al margen superior al centro: dos lineas paralelas]
seis meses adelante por manera que
de en dia de la [ste] y al esta carta en [una...]
este pagada esta dicha cantidad con las costos
de la cobranca y para que mas cien
y seguro este desta dicha deuda de ypoteca mas
por especial y espresa ypoeteca sin que
lo general dereogue a las especial ni por
el [...] a mi las dichas [dose] bestias mulares
para [...] de venderme ninguna
a ninguna persona hasta [tanp] queste
pagada esta dicha deuda sopena que la venta
y enagenacion que de otra manera se [...]
sea en su [...] y de ninguna a la [...]
y el dicho Alonso Perez las pueda sacar de [po...]
de la persona en el dicho poder estuviere [...]
carta en ellas por esta deuda y por lo que
sta estara a nosotros y mas bienes y para
el cumplimiento de lo que dicho es ante [...]
nas personas y bienes avidos y por aver
y damos poder cumplido a todas y qua
les quier [...] [...] [...] de qual
que cumple que sean y especial a las de
dicha ciudad y a las de la ciudad de [...]
a i ya ffuero [...] nos somete [...] | frc_vol002_0440_a[Al margen superior al centro: dos lineas paralelas]
seis meses adelante por manera que
de en dia de la [ste] y al esta carta en [una...]
este pagada esta dicha cantidad con las costos
de la cobranca y para que mas cien
y seguro este desta dicha deuda de ypoteca mas
por especial y espresa ypoeteca sin que
lo general dereogue a las especial ni por
el [...] a mi las dichas [dose] bestias mulares
para [...] de venderme ninguna
a ninguna persona hasta [tanp] queste
pagada esta dicha deuda sopena que la venta
y enagenacion que de otra manera se [...]
sea en su [...] y de ninguna a la [...]
y el dicho Alonso Perez las pueda sacar de [po...]
de la persona en el dicho poder estuviere [...]
carta en ellas por esta deuda y por lo que
sta estara a nosotros y mas bienes y para
el cumplimiento de lo que dicho es ante [...]
nas personas y bienes avidos y por aver
y damos poder cumplido a todas y qua
les quier [...] [...] [...] de qual
que cumple que sean y especial a las de
dicha ciudad y a las de la ciudad de [...]
a i ya ffuero [...] nos somete [...] |