frc_vol002_0445_b

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Cuau at Mar 30, 2020 06:31 PM

frc_vol002_0445_b

[al margen superior al centro: Crismón gráfico]
[En el margen superior derecho,signo, en lápiz: 443] [y en tinta] 54
[rubrica al margen izquerdo]
En la ciudad de Cholula, en diez días del mes
de setiembre de mil y seiscientos y dos años, ante mí el
escribano público y testigos, paresció doña Ángela Marrufo,
mujer de Agustín Maldonado, que doy fe que
conozco, y estando a lo que parece en su juicio y en
tendimiento tal cual Dios fue servido de le dar,
y dijo que demás de lo contenido en su testamento,
tiene otras cosas que declarar y mandar, y ansí
manda lo siguiente: [línea de cancelación]

Primeramente declaró que es cofrada de la
cofradía del Santísimo Sacramento de esta Ciudad
a la cual manda dos pesos de oro comun de limosna.

Yten ansí mismo manda a la cofradía de la
Veracruz de esta ciudad cuatro pesos de oro común,
a la cual encarga que acompañe a su cuerpo
cuando dios la lleve [línea de cancelación]

Yten mando a Leonor González que de mis bienes
se le dé un monjil de bayeta [línea de cancelación]

Y lo contenido en este codicilio y en el dicho testamento
quiere que valga por su última voluntad
y en aquella vía y forma que haya lugar
de derecho y lo otorgó y no firmó por no poder
A su ruego lo firmó un testigo siendo testigos Alonso Dá
vila y Juan Alonso de Ruypérez y Juan de León,
vecinos de esta ciudad [línea de cancelación]

Por testigo Alonso Dávila [al margen derecho] [rubrica]

Pasó ante mi, Juan Franco, escribano público [al margen al centro][rubrica]

frc_vol002_0445_b

[al margen superior al centro: Crismón gráfico]
[En el margen superior derecho,signo, en lápiz: 443] [y en tinta] 54
[rubrica al margen izquerdo]
En la ciudad de Cholula, en diez días del mes
de septiembre de mil y seiscientos y dos años, ante mí el
escribano público y testigos, paresció doña Ángela Marrufo,
mujer de Agustín Maldonado, que doy fe que
conozco, y estando a lo que parece en su juicio y en
tendimiento tal cual Dios fue servido de le dar,
y dijo que demás de lo contenido en su testamento,
tiene otras cosas que declarar y mandar, y así
manda lo siguiente: [línea de cancelación]

Primeramente declaró que es cofrada de la
cofradía del Santísimo Sacramento de [...]
a la cual manda dos pesos de oro comun de limosna.

Yten así mismo manda a la cofradía de la
Veracruz de esta ciudad cuatro pesos de oro común,
a la cual encarga que acompañe a su cuerpo
cuando Dios la lleve. [línea de cancelación]

Yten mando a Leonor González que de mis bienes
se le dé un monjil de bayeta. [línea de cancelación]

Y lo contenido en este codicilo y en el dicho testamento
quiere que valga por su última voluntad
y en aquella vía y forma que haya lugar
de derecho y lo otorgó y no firmó por no poder A SU
ruego lo firmó un testigo. Siendo testigos Alonso Dá
vila y Juan Alonso de Ruipérez y Juan Luis de León,
vecinos de esta ciudad. [línea de cancelación]

Por testigo Alonso Dávila [rubrica]

Pasó ante mi, Juan Franco, escribano público [rubrica]