frc_vol002_0466_b

OverviewVersionsHelp

Here you can see all page revisions and compare the changes have been made in each revision. Left column shows the page title and transcription in the selected revision, right column shows what have been changed. Unchanged text is highlighted in white, deleted text is highlighted in red, and inserted text is highlighted in green color.

10 revisions
Cuau at Mar 30, 2020 12:03 AM

frc_vol002_0466_b

[al margen superior al centro: dos lineas] [En el margen superior derecho]
[tachado] 322 [en lápiz] 464 [tachado] 74 [y en tinta] 13
ni tampoco se oporna a los vienes que en vir
tud destas escripturas le fueren ejecu
tados, vendidos y rematados por [...]
de su dote y arras y bienes hereditarios,
in por el previlegio dellos ni por otro
derecho alguno que le conpeta, aunque
sea tan bastante que pueda pedir el efe[c]to desta
escriptura, por cuanto confiesa que lo
proçedido della sea conmutado en su pro y au [manchado]
mento y de sus bienes dotales, por lo [...] [manchado]
no alegará que fue ynducida, forsada ni a [manchado]
temorizada por el dicho su marido, ni otra per [manchado]
sona por cuanto la hace y otorga de su libre [manchado]
y espontánea voluntad, lo [...] en esta dicha [manchado]
escriptura ni deste juramento, so cargo del [manchado]
pedirá absolución ni relajación a nin [manchado]
gún juez ni perlado que se lo pueda conseder, [manchado]
y si de propio mutuo le fuere concedido, no [...]
usará del so pena de caer e incurrir en
pena de perjura y casos de menor valor,
y tantas cuantas veces se le concediere,
tantas de nuevo [...] el juramento y uno
más para que siempre que de en su fuerça
y vigor a la absuluçión de la cual dijo: “ Sí, juro
y amén”, en[...] de lo cual, otorgo la [...]
ante el [...] escribano público y [...], hecha en la ciudad de
Cholula, en tres días del mes de diciembre de mil y seis
çientos y dos años, y los [...] yo, el escribano,
doy fe que conozco no firmaron porque
dijeron no saber escribir, a su ruego lo
firmó un testigo, siendo testigos Francisco de Valençia
y [...] Lucio y Luis de Alarcón, vecinos desta
dicha ciudad va [...] /[...]/ corrido/ no vala.

Por testigo Francisco de Valencia [rubrica]

Ante mí, Joan Franco, escribano público [rubrica]

frc_vol002_0466_b

[al margen superior al centro: dos lineas] [En el margen superior derecho]
[tachado] 322 [en lápiz] 464 [tachado] 74 [y en tinta] 13
ni tampoco se oporna a los vienes que en vir
tud destas escripturas le fueren ejecu
tados, vendidos y rematados por [...]
de su dote y arras y bienes hereditarios,
in por el previlegio dellos ni por otro
derecho alguno que le conpeta, aunque
sea tan bastante que pueda pedir el efe[c]to desta
escriptura, por cuanto confiesa que lo
proçedido della sea conmutado en su pro y au [manchado]
mento y de sus bienes dotales, por lo [...] [manchado]
no alegará que fue ynducida, forsada ni a [manchado]
temorizada por el dicho su marido, ni otra persona por cuanto la hace y otorga de su libre y espontánea voluntad, lo contenido en esta dicha/15 escriptura ni de este juramento, so cargo de él pedirá absolución ni relajación a ningún juez ni perlado que se lo pueda conceder, y si de propio mutuo le fuere concedido, no usará de él so pena de caer e incurrir en/20 pena de perjura y casos de menor valor, y tantas cuantas veces se le concediere, tantas de nuevo hace el dicho juramento y uno más para que siempre que de en su fuerça y vigor a la absuluçión de la cual dijo: “ Sí, juro/25 y amén”.
En testimonio de lo cual, otorgo la presente ante el presente escribano público y testigos, hecha en la ciudad de Cholula, en tres días del mes de diciembre de mil y seisçientos y dos años, y los otorgantes e yo, el escribano, doy fe que conozco no firmaron porque/30 dijeron no saber escribir, a su ruego lo firmó un testigo, siendo testigos Francisco de Valençia y Bartolomé Lucio y Luis de Alarcón, vecinos de esta dicha ciudad.
Va tachado /nuestro/ corrido/ no vala.
Por testigo Francisco de Valencia
Ante mí, Joan Franco, escribano público