| frc_vol002_0450_a [dos lineas] [mancha]
[1]para el dia de pascua de navidad prim
[2]verna de este presente año de la fecha de
[3]y la otra mitad para el dia de pascua
[4]resurreccion primera verna de la no venida
[5]de seiscientos y tres años con las costas de la
[6]ciança e para el cumplimiento de lo dicho
[7][...]mas personas y bienes abidos [...]
[8]y damos poder a las [...]de su majestad de cuales
[9]quier partes que sean y en especial a las de
[10]ciudad de los angeles a cuyo fuero e [...]
[11]nos sometemos [...]en nuestro propio y la ley
[12]sit con venerid de [...]en un jura[...]
[13]para que las dichas [...]o cualquier de ellas
[14]nos compelan al [...]de lo que dicho [...]
[15]por [...]difinitiva de juez compe
[16]contra nos dada e pasada en cosa juzgada
[17]e [...]las leyes de nuestro favor con
[18]del derecho fecha en la ciudad de cholula
[19]a quince dias del mes de octubre de mil y seis
[20]cientos y dos años asi los otorgamos e yo el escribano doy
[21]que conozco lo firmo el dicho melchor romero y por
[22] el dicho martin de garci surita que no supo un testigo
[23]siendo testigos Juan de cuellar y gomez sanchez
[24]de andrada y pedro mejia vecinos de esta ciudad
[25]ausen no vala
melchor romero[rubrica]
Por testigo pedro mexigo[rubrica]
ante mi juan franco escribano publico [rubrica]
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