| page_0010judicun[?] para que las dichas justicias le
apremien[?] a la paga y cumplimiento dello que
dicho es como por sentencia pasada en
cosa juzgada y ren[?] las leyes de su defen
sa y la general del derecho[?] e yo el dicho Padre
Francisco Suarez en nombre del dicho colegio
y por virtud del poder que como tal
procurador tengo que paso ante
Pablo de La Serna escribano publico
su fecha en dies de julio del año
pasado de mil y seis cientos y
diez y ocho a que me refiero del cual
usando otorgo que acepto esta escritura
y recibo comprados los dichos sitios
de esta estancia[?] tierras y potiero[?] de
suso declarado para el dicho cole
gio por haberlo comprado con acu
erdo del dicho Padre Luis de asuma
da retor[?] y asi lo declaro y tengo
en mi poder los titulos y venta
dellos que tenia al dicho Antonio[?] De
csayde[?] lo cual esta en venta
fojas de papel y se me entrego
en Presenta[?] del [?] y testigos
infraescritos en testimonio de
lo cual ambas partes otorgamos
la presente en Mexico a once de
julio de mil y seis cientos y dies
y nueve años y lo firmammos e yo
lo[?] firmo doy fe que conozco a los otorgantes
(LEFT MARGINAL NOTE) Mexico a 11 de Julio
de 1619 años | page_0010 |