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C. 1494 y 1498
El C Macario Martínez, vecino de Capula está en quieta y pacífica posesión de un terreno de labor y un solar que se encuentran situados el primero en el potrero denominado “La Leonera” y el segundo en el barrio del “Prendimiento” de dicha población, teniendo el predio primeramente citado la extensión y linderos siguientes: por el Oriente 154 metros y linda con terreno de Abraham Rodríguez; por el Poniente, 164 metros y linda con terreno de Vicente Trujillo; por el Sur 102 metros y linda con potrero de Cisnero Estrada y por el Norte, igual número de metros y linda con terreno de Catarino López. El segundo predio mide por el Oriente 26 metros y linda con terreno de Jorge Aguilar, por el Poniente, igual número de metros y linda con solar de J. Refugio Martínez, cerca de por medio, por el Norte, 90 m y linda con terreno de Antonio Domínguez y por el Sur, igual número de metros, lindando con terreno de Domingo Ruiz. Los dos predios así deslindados, los posee el Señor Martínez como personero del extinguida comunidad de indígenas del pueblo de Capula; el primero tiene capacidad como para 16
Gobernación Número 315 Informa sobre la solicitud del C. Macario Martínez, vecino e indígena de Capula
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primero tiene capacidad como para 16 litros de sembradura de maíz y orillas pastales y el segundo es pastal, representando ambos un valor aproximado de setenta pesos cuya cantidad no excederá del a ver qué podría corresponderle al solicitante una vez verificado el reparto de tierras entre las demás parcioneros del pueblo de qué se trata; bajo el concepto de que no se tiene conocimiento que el referido Señor Martínez haya enajenado con anterioridad otros bienes pertenecientes a los indígenas. Lo que me honro de comunicar a U[ste]d por vía de informe y como contestación al oficio número 289 de la Sección 3a de esta Secretaría fecha 19 de Enero último, devolviendo el ocurso del peticionario. Libertad y Constitución Morelia, Marzo 18 de 1907. El perfecto Rafael Valencia
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Cº Nº 289
Ciudadano Gobernador del Estado
Macario Martínez vecino de este pueblo ante usted respetuosamente y como mejor proceda comparezco exponiendo que: por el motivo de encontrarme sumamente en estado de pobreza suplico atentamente se me conceda licencia para vender un pequeño terreno de labor de mi pertenencia situado en el Potrero de La Leonera de esta jurisdicción, y una pequeña fracción de solar situado en el fundo legal de este pueblo en el Barrio de Prendimiento; cuyos predios y poseído pacíficamente como indígena y personero de los bienes de este pueblo ya de tiempo inmemorial. Por lo expuesto. A U[ste]d Ciudadano Gobernador suplico se sirva proveer de conformidad a esta mi solicitud de lo que espero recibir justicia y gracia así como se me admita el presente con el timbre que aparece por mí notoria pobreza. Protesto lo necesario Capula, Enero 12 de 1907 No sé firmar