Instruccion provisional para el arreglo en la administracion y manejo de las rentas y dros. des. m. en la nueva ciudad de vera cruz

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This comprehensive report details Gálvez's orders for various forms of revenue collection in Vera Cruz. It contains financial information about these charges and describes the responsibilities of the many officials involved.

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de su obligación calificada por la junta que se ha de haber cada semana serán despedidos y se dará cuenta a la superior tendencias general sin admitir les recurso alguno pero en el caso que dele justifique haber hecho consentido o [ilegible] algún fraude se les castigará conforme a la calidad de sus delitos que serán siempre y graves pues deben en el cumplimiento de su obligación celar y enviar los contrabandos.

8 Que no se dispensen gracias en la cobranza de los [ilegible] y los receptores ilegible sienten en sus libros con [ilegible] y calidad todas las paradas

Cuidará de que se cubren los legítimos [ilegible] sin perjuicio de los deudores y no permite ara ni [ilegible] que se haga gracia o rebaja alguna con pérdida de las Real Hacienda y que los receptores de los partidos de fuera sienten en los libros que ha de entregarles foliados y rubricados de su mano todas las partidas que se [ilegible] en y cobren con individual claridad y distinción

9 Que asista el administrador en la aduana al despacho y no permita que los dependientes tengan intimados

Ha de asistir el administrador previamente en la aduana a las horas del despacho por mañana y tarde y no se hará alguno de efectos

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con los comerciantes y legible tratos nitratos en su nombre o de otra forma persona.

comerciables sin su concurrencia pues al mismo tiempo debe observar y vigilar, sobre el modo con que cada uno de los empleados, y dependientes desempeñan su obligación y evitan que se [ilegible], o tengan intimidades con los comerciantes, y que en su nombre, o por medio de otra persona negocien o tengan tratos, mediante el perjuicio que de esta tolerancia puede resultar a la Real Hacienda.

10 Que no salga barco alguno sin el permiso del administrador y se muden los guardas de las garitas a otras con frecuencia y se [ilegible] al que falte a su obligación.

No se ha de permitir la salida a barco alguno para la descarga de las embarcaciones ni para otro fin sin el permiso sin el permiso del administrador a quien ha de constar donde y a que van a pasar van para precaver los fraudes que de otro modo podrían hacer, y con esta atención procurará que los guardas no tengan hora segura en alguna de las puertas o garitas, los mudará de ellas frecuentemente y sin guardar orden alternativa para que tampoco sepan el pasaje que deben [ilegible] a reguardar hasta el punto

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en que se les mande pasar a el; y en el caso de que algunos falte al cumplimiento de su obligación le separa separará y nombrar a otro.

11 Que administrador de la [ilegible] para que las rondas estén en continuo movimiento y acudan a los parajes donde hubiese sospecha de fraude.

Dispondrá que las rondas estén en continuo movimiento: de forma que se eviten, y aprendan los fraudes que se intenten hacer, y a este fin les dará el administrador las [ilegible] correspondientes para los parajes y terrenos que hayan de resguardar de resguardar, y les advertirá de cualesquiera noticia, o sospecha que tenga conducente a que puedan tomar todas las precauciones, y impedir algunas fraudalente introducción; y en el caso que tenga por conveniente reforzar las rondas con alguna tropa para asegurar más bien el servicio lo hará presente al Señor gobernador quien deberá darsela inmediatamente.

12 Que el administrador, contador, y tesorero tenga cada uno una llave y pongan en [ilegible] [ilegible] semanalmente el dinero

Los caudales que produzcan las rentas y ramos de la teseroría se han de poner con separación el [ilegible] último de la semana en las [ilegible]

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reales de tres llaves con la precisa concurrencia del administrador, contador, y tesorero pues cada uno de los tres debe tener su llave y todos son responsables de cualquiera falta que se experimente de lo que entrase en cajas.

13 Que todas las semanas haya una junta y en ella se trata y resuelvan los puntos que expresa

Para que con esta administración logran los Ramos que se cobran en Veracruz el posible aumento según la naturaleza de cada uno y no haya fraude ni malas versaciones se ha de tener los lunes de cada semana una junta en casa el señor gobernador y con su asistencia, la del subdelgado de visita mientras dure la de aquellas cajas, del administrador, contador, y tesorero se tratará del estado de todas y cada una de las rentas, si se han puesto los caudales en las arcas; si en estas hay algún descubierto o falta; si en la aduana y Administración se exigen los legítimos [ilegible] sin [ilegible] de los particulares; si los dependientes tienen la inteligencia precisa [ilegible] y legalidad debidas o hay algunos

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que no cumplan con sus encargos que no sean precios para la buena cuenta y resguardo, o que se necesite aumentar empleados en el concepto de que sólo ha de haber los indispensables y que sean a propósito para el desempeño de sus obligaciones; y si hay algún [ilegible] [ilegible] a la corona, de forma que sobre todos esos puntos y los demás que ocurra conferencias en las juntas en las juntas, se tomen las providencias, que se estimen conducentes a beneficio de la Real Hacienda y para evitar el más leve prejuicio que la omisión o tarda resolución pueda ocasionarse.

14 Que el administrador se haga cargo con [ilegible] del tesorero, de todo lo que se necesite y remita para las [ilegible] de cuenta de Su Majestad y el contador asiente las partidas de los mismos generos antes que se entreguen a los proveedores.

Mediante a que la Real Hacienda ha padecido hasta ahora considerables [ilegible] y perjuicios por no haber habido la buena cuenta y razón correspondientes en la entrada y salida de los efectos necesarios a la provisión de navíos y demás urgencias, que se han comprado por la Real Hacienda y para evitarlos en lo sucesivo, ha entregarse de este ramo de [ilegible] al administrador general con intervención al tesorero, llevando el contador la debida cuenta y razón en los libros de cargo y data de todo lo que entre y salga en los almacenes comprado. o remitido de suerte, que antes de que se [ilegible] a las personas a quienes

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