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missa mayor y al tiempo que por el ssaçer dote se hacostumbra a[leg]ar las fiestas por bos de Francisco yndio Pregonero y mediante Jhoan conde ynterprete deste Juzgado a al tas bozes se pregono y dio a entender lo conte nido en el dicho Auto acordado y de las aguas que en el se piden y a pedimiento de quien y que si oviere perssona que tenga que ale gar en Razon de lo sussodicho peresca queles oyra y guardara su justiçia testigos Francisco cano y Jhoan gonçales testigos desta çiudad Jhoan conde Ante mi Jhoan Franco escrivano Publico Estando en el Pueblo de ssan gregorio Azum ba termino y Jurisdiçion de la çiudad de cholula en cinco dias del mes de agosto de mill y sseys çientos y dies y ssiete años en cumplimiento del Auto de atras ante ffernando Calderon de Vargas corregidor desta çiudad Por su magestad paresçio Jhoan deysla y dixo que las aguas que [pretende] para Riego de sus tierras conffor me a el dicho condado sson en las que al presente esta el dicho corregidor que nasçen de un ojo de agua questa Junto a la yglessia del y su co rriente va a dar y passar por tierras del dicho Jhoan deysla y Jhoan ssanches mexia y otros labradores Pidio a el dicho corregidor que conffirme a el dicho acordado las vea y […] y estando Pressente Don baltasar [Po...es] goVernador y otros yndios Prinçipales desta çiudad de cholula el dicho corregidor […] las dichas Aguas y manantiales para pro seguir en las diligençias del dicho acordado y mando se asiente esto por Auto y lo Firmo ffernando Calderon Ante mi fran co escrivano publico en la çiudad de cholua en sseys de Agosto [Al margen izquierdo, línea 13: Vissita] [Al margen inferior derecho: [...] a Juan [hernandez] mexia]
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De mill y sseusçientos y diez y ssiete Años yo el escrivano publico notifique el man damiento acordado de atras y Auto a el pro veydo a Jhoan ssanches mexia labrador en esta Jurisdiçion e interezado el dicho acordado y dixo [lo oye] Juan Franco escrivano publico En la çiudad de mexico A çinco dias del mes de abril de mill y sseysçientos y dies y o cho años Don diego ffernandes de Cordoba marques de guadalcazar virrey lugar theniente del Rey nuestro señor Governador y capitan general de esta nuestra nueva españa y pre çidente de la Real Audiencia y cHançilleria que en ella Resside esta Aviendo Visto lo pedido Por jhoan de ysla Vezino y labrador de la çiudad de cholula cerca de que por [mexico] se le libro mandamiento acordado para la visita del agua que passa por sus tierras que es en terminos de ña dicha çiudad y avien dose hecho por el corregidor della y presentando algunos testigos cayomalo a cuya caussa no se han Acabado y para concluyrlas Por estar passado el termino se le prorrogue por el tiempo que baste su exçelençia dixo que prorrogava y proRogo el termino del dicho mandamiento acordado Por Dos me sses mas primeros ssiguientes qye co rran y se quenten desde oy dicho dia dentro de los quales la Justiçia a quien a quien estan cometidas las dichas diligençias guarde y cumpla lo contenido en el dicho mandamiento y asi lo proveyo y firmo su exçelençia el marques de gualdalcazar Ante mi Don manuel franco de gaona [Línea de cancelación] en la çiudad de cholula en veynte y sie te dias del mes de abril de mill y sseysçientos
[Al margen izquierdo: Prorrogación] [Al margen inferior izquierdo: [Pressetaron]]
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y díes y ocho Años Ante Jhoan paido de aguero corregidor desta ciudad Por su magestad pareçió Jhoan de ysla vesino desta çiudad y presento el mandamiento de prorrogaçion desta otra parte y [pidio] que en Virtud del el dicho co rregidor Prosiga en las diligençias del acor dado por su parte presentado ante ffernando caldero de vargas corregidor que fue desra çiudad su anteçesor de que ansi mismo haze Representacçion para el dicho effecto de concluyr las diligençias del agua que por el pretende y para que las dichas diligen çias se susatancçien y se çiten las partes yntere zadas en la dicha agua que lo es Agustin de ssalas horosco alcalde mayor del pueblo de totolapa se le despache Carta deJustiçia ynçerto ela cordado para que le pare per Juytio las diligençias que en virtud del se hisieren y pido Justiçia [línea de cancelación] [Al margen izquierdo: Auto] Por el dicho corregidor Visto el dicho man damiento de Prorroga.ion y manda miento acordado que en el se çita y se con tiene en la presentaçion del dicho Jhoan deysla Dixo que el obedebçia y abía por presentado y esta Prestó de haser y Cumplir lo que su exçelençia le man da y concluyr las diligençias del y se le despache la Carta de Justiçia çitatoria quel pide para çitar a el dicho Agustin de ssalas Horosco como perssona yn teresada en la dicha Agua que se con tiene en el dicho mandamiento a cordado y anssi mismo se çiten las demas perssonas ynte resadas en las dichas agua y anssi
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Lo proveyo y firmo Jhoan Pardo de agueron ante mi Jhoan Franco escrivano publico y Para que lo conthenido en el Auto y mandamiento Acordado que de[...] va ynCor porado venga cumplido effecto mande dar y si la presente Para [uñudes] y Cada Uno en su Jurisdicción Por la qual de parte de su magestad les rrequiero y de la mia Pido por merced que siendo presentada esta mi carta por parte del dicho Jhoan de ysla la manden ver y Cumplir y en su Cum plimiento mandan çita a el dicho Agustín de ssalas oroSco para las diligençias que se han de pasar en virtud del dicho acor dado que en el termino del por si [o su] proCurador paresca alejar de su Justisia la qual le [oyre] dondeno passa del dicho termino del dicho acordado y proRoga çion çerrare las dichas diligençias y enbia se al goVierno y los Autos que en vir tud Desta mi carta se hisieren con ella originalmente los manden dar y entregar a la parte del dicho Jhoan de ysla para que los pre sente Ante i y se pongan en las diligençias originales que al tanto hare Por las [de uñudes] cada que las vea Justiçia me diante Dada en la çiudad de cholula en veinte y ocho días del mes de abril de mill y sseysçientos y dies y ocho años [línea de cancelación] Por su magestad Juan Pardo de aguero [Rúbrica] Jhoan Franco [Rúbrica] scrivano publico [Al margen derecho: [...]]
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en la çiudad de cholula en cinco días del mes de mayo de mill y sseysçientos y dies y ocho años ante mi el escrivano y [...] paresçio Juan de ysla escribano desta çiudad que conosco y otorgo que oara pre sentar esta carta de Justiçia y pedir su Cumpli miento y hazer las diligençias que convengan en esta Razon da su poder Cumplido a [...] martin escribano desta çiudad haziendo en Rason dello ante quales quién Justiçias los pedimientos que convengan que para ello le da este dicho poder con [libre] y general administraçion y lo [...] y firmo de su nombre ssiendo testigos ma tías davila y Juan bernal escribano desta çiudad [línea de cancelación] [Rúbrica] Jhoan de Isla antemi [Hay ... no... verdad] [etcétera] [al centro: sello del escribano] Jhoan Franco [rúbrica] [etcétera] [escribano...] [m... dequed...] [Al centro: crismón] En el pueblo de tlaya[c]apa de la Real corona en Nueve dias del mes de mayo de mill y seiscientos y dies y ocho años ante mi agustin de salas orisco CoRegidor deste dicho Pueblo Por su magestad y de toto[...] y antemi El Presente [...] de Paresçio [...] martín vezino dela v de cholula e Presento [esta] [...] [Al centro, parte superior: Crsimón gráfico] [Al margen izquierdo: Poder]