frc_vol002_0455_b

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Mariana14 at May 31, 2021 05:47 PM

frc_vol002_0455_b

[Al margen superior al centro: Crismón gráfico]
[En el margen superior derecho, tachado] 69
[Al margen superior derecho, en lápiz:] 453
[Al margen superior derecho, tachado] 310 [y en tinta] 63

Sepan quantos esta carta vieren como Yo [roto]
Luis de MendoZa vecino de esta ciudad de Cholula [roto]
otorgo y conozco por esta carta que vendo en
venta real ahora y para siempre jamás
a LorenZo Millán que está presente un mi es
clavo negro llamado Antonio de tierra
bran de hedad de veinte años poco mas
o menos el cual le vendo por esclavo cau
tivo habido de buena guerra y no de paz
y por libre de hipoteca y de otra enajena
ción especial ni general y según y de la
manera que YO le compré de Francisco Dávila QUE me
lo vendió e por precio y contra de tre
cientos y cincuenta pesos de oro común
en reales que por compra de él me ha dado
e pagado en reales de plata y están en
mi poder realmente y con efe[c]to y en RENUNCIAZION
de la entrega que presente no PARECE
RENUNCIO la exención de la numerata pe
cunia y leyes de la entrega e prueba
de la paga como en ellas se contiene y de
claro que los dichos pesos de oro es el justo
preCio y valor del dicho esclavo y no más
y si más vale de la demasía y más valor
le hago gracia y donación pura mera perfecta
irrevocable que el derecho llama entre vivos
sobre que renuncio la ley del ordenamiento real ffecha
en las cortes de Alcalá de Henares que
tratan en razón de las cosas que se
compran e venden por más en sí del

[Al margen inferior al centro: dos líneas cortas y paralelas]

frc_vol002_0455_b

[Al margen superior al centro: Crismón gráfico]
[En el margen superior derecho, tachado] 69
[Al margen superior derecho, en lápiz:] 453
[Al margen superior derecho, tachado] 310 [y en tinta] 63

Sepan quantos esta carta vieren como Yo [roto]
Luis de Mendoça vecino de esta ciudad de Cholula [roto]
otorgo y conozco por esta carta que vendo en
venta real ahora y para siempre jamás
a Lorenço Millán que está presente un mi es
clavo negro llamado Antonio de tierra
Bran de hedad de veinte años poco mas
o menos el cual le vendo por esclavo cau
tivo habido de buena guerra y no de paz
y por libre de hipoteca y de otra enajena
ción especial ni general y según y de la
manera que le compré de Francisco Dávila me
lo vendió e por precio y contra de tre
cientos y cincuenta pesos de oro común
en reales que por compra de él me ha dado
e pagado en reales de plata y están en
mi poder realmente y con efe[c]to y en [...]
de la entrega que presente no [...]
[...] la exención de la numerata pe
cunia y leyes de la entrega e prueba
de la paga como en ellas se contiene y de
claro que los dichos pesos de oro es el justo
preçio y valor del dicho esclavo y no más
y si más vale de la demasía y más valor
le hago gracia y donación pura mera perfecta
irrevocable que el derecho llama entre vivos
sobre que renuncio la ley del ordenamiento real ffecha
en las cortes de Alcalá de Henares que
tratan en razón de las cosas que se
compran e venden por más en sí del

[Al margen inferior al centro: dos líneas cortas y paralelas]