Spanish Paleography & Digital Humanities Online Institute

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utblac_gg_mss_g62_inquisition_procesal

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Based on my analysis of this historical Spanish manuscript, here is what I can discern in English:

**Identifiable content:**

This appears to be a 16th-17th century legal or administrative document written in Old Spanish. From the legible portions, I can make out:

**Key terms identified:** - "Vecino" (neighbor/resident) - "Diego" (personal name) - "Santa" (holy/saint) - "carta" (letter/document) - "tierra" (land) - "casa" (house) - Various legal phraseology typical of the period

**Approximate content interpretation:** This appears to be a legal document concerning land or property matters involving someone named Diego. The text mentions houses, land, and what seem to be legal procedures or certifications. There are references to residents or neighbors, and the document structure suggests it may be a deed, testament, or official correspondence related to property rights.

**Translation challenges:** - Extensive use of period abbreviations - Faded ink making many words illegible - Significant differences between Old Spanish grammar/spelling and modern Spanish - Cursive script with connected letters making word boundaries unclear - Possible regional dialectal variations

**Partial readable fragments suggest:** - References to land transactions or property rights - Mentions of specific individuals (Diego and others) - Legal formalities typical of colonial-era Spanish documents - Possible religious references (Santa...)

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Last edit 8 months ago by ewfrw

utblac_wbs_1825

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salió con ellos este testigo salió a verlo y les iba dando por el camino y esto sabe deste 6 v del sesto capítulo dijo que lo que sabe del es que ha visto que el dicho Si

Last edit 3 months ago by LLILAS Benson
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cada vno quinze dias & fue este t[estig]o' a la carcel de atlisco E no los hallo en ella/ y que quando el d[ic]ho ximon de Encinas se enoxa le asydo del oir q[ue] los apelle [d?]ara a un [encaje?] pero no q... exelentisimo señor vizrey comanda y esta bez selle del quarto capitulo dixo qhe vio q[ue] [lo...] ximon de Encinas tuvo a su casa [...atada] una yndia llamada Maria por q[ue] no le quiso decir donde estava su marido o novio q[ue] le [...] mal trata [...] viose de lado a yndia [...] qhe mamantase los hijos y esta bez este. del quinto capitulo dixo q[ue] vio el testigo por vista de los q[ue] [...] ximon de encinas tuvo al ver rrepartir seis yndios y q[ue] los ato y [hico?] huir [...] rrodillas y quitarles cal cones y los [...] muro E mas abaxo con una correas y un palo les diose q[ue] [...] ximon de encinas hasta qhe les arria sempre y los aso taba con mucha crueldad y des pues los vez [...] opresos a [...] atados ves pasando por el camino [...] vio por que quando

Last edit about 2 months ago by isantonimorro
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1 del prim[er]o capitulo dixo queste t[estig]o conosce a el d[ic]ho simon de enҫinas alguaҫil del repartimy[ent]o y a andres yndio y vido este t[estig]o que el d[ic]ho simon de encinas dio al dicho andres yndio con un candado en la cabeza del cual golpe cayo el dicho andres yndio al suelo y en muy [grave] estado no volvió [en si gracias] a que le exaron aguas en el rostro y del golpe en el piso una herida muy grande en la cabeca del que le salio mucha sangre y estubo en la cama enfermo sesenta dias y este testigo que X X y no vioce medico X que sabe por aberlo cydo que ha gastado en dicha enfermedad mucho dinero y que quando fueron a pedir X a el corregidor de cholula mando que fuera el dicho Cimon de Encinas y le buscaron e no le hallaron por que se bino a esta ciudad de [nombre de ciudad] y lo sabe porque vido venir [a la ora] de la [oración] a esta persona x de [nombre de ciudad] y esta sabe de este capitulo. 2 del segundo capitulo dixo que segun Cimon de Encinas maltratado y aporreado x undios dichos en la x de esta persona x x x lo quual vio y asi mysmo vido que lo llevo maneatados a x x Cimon de Encinas x x

Last edit about 23 hours ago by LLILAS Benson
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…en un obraje, y que esto lo había de hacer porque así tenía orden del ilustrísimo señor visrrey, y esto sabe de este.

Del cuarto capítulo dijo que vio a el dicho Simón de Encinas, que se entró en casa de un indio llamado Pedro, y hallándola en un solar y milpa, a su mujer del dicho indio la maniató, la que se llama María, porque no le quería de cir dónde estaba su marido; y así mismo maniató a los hijos y los llevó a su casa, y se sirvió de la dicha india siete días, y esto sabe de este.

Del quinto capítulo dijo que el testigo vio que el dicho Simón de Encinas, an dando recogiendo los indios, trajo al repartimiento seis indios maniatados, y de uno en uno los fueron amarrando en un palo, y les quitaba los calzones y les daba muchos a zotes en los lomos y más abajo; y que el mismo Simón de Encinas los azotaba por su propia mano con unas riendas; y este testigo vio de los lomos y más abajo de los dichos indios azotados correr mucha sangre; y que después que los a zotó los tornaron a amarrar y los llevó preso a Atisco para les hacer molestia, y esto sabe de esto.

Del sexto capítulo dijo que este testigo vio que sacó el dicho Simón de Encinas…

Last edit about 13 hours ago by mportilla
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Los quatro indios Juan de Val.. [valencia?] y Ju [juan?] Perez miguel ..anches .. Ju Perez razon Memoria de lo questos hermanos piden para que su le trado lo vea y pida por peticion son naturales de la ciudad de cholula. - Primeramente que un español llamado Simon tesino al guazil del descalabro muy mal con un candado a un yndio llama do andres de la qual heroda estuvo muy mal cavo y en cama se senta dias y pago a ... cantidad de dineros y el corregidor no le hizo justicia y piden sea hechado del pueblo y pague la cura demas desto el dicho Simon vesino sin darle ocasion para ello diciendo recogelos yndios del repartimiento para trisco maltrato a quatro indios los dos alguaciles y los dos alle gados de los alguaciles y los llevo presos consigo de .. cachula do hace el suso dicho por orden de unos principales llama dos juan cortes y estevan tecoachis ... y otros asimismo el dicho simon tesino .. a dichos indios que son quatro presos en el valle de atisco diez y siete dias y mas ... a fin de molestarnos el uno dellos se llama vicente sanchez y martin perez y diego veytlacal y grabiel toaustenen? y dice y puca.. que cosa de vebder en un obraje y que es por orden del señor visorrey asimismo el dicho simon tesino dentro de su propia auto ridad en casa de un yndia y allandolo en un susa car... maniato a una india llamada maria porque dijese de su marido y asi mismo maltrato a ... [susodichos]llevo a su casa la india y se sirvio della y maniato asimismo a los muchachos asimismo el susodicho andando recogiendo de casas en casa a los indios prendio a seis y los trazo maniatados a donde se recosenlos indios para el dicho repartimiento y alli los hizo desnudar y quitarlos saragueles? y acto cruel mente y llevo despues a tisco todo a fin de molestar nos pero dio que nos tiene los indios se llaman felice hernandez y simeote juan perez diego y juan todos vecinos de la dicha ciudad de cholula y tributarios del rreyno señor asimismo el dicho simon tesino se ento}ro en la iglesia y por su horden y mandado saco della a un indio llamado gas par y ... diciendo que lo avia deles... puerto

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En las minas de pachuca al .. tres dias del mes de ... [agto? agosto?] de mill i seiscientos e una años ante pedro delos rros alcalde mayor en ellas se leyo esta ... ticion - geronimo de santistevan [es/o?] e mi nero destas minas en el real del monte digo que yo presente una carta de compañia en tre el relator cristoval de la cerda y gaspar de miran d... difunto conpoder deel? digo relator zagora? tienen el sidad della para hacer las quen tas con los herederos del dicho gas par de miranda por tanto ... merced pido y suplico mande a escribano publico destas minas que quedando un tres lado dela dicha compañia en el prosseso se me deel original y lo manda vuestta merced asi hacer hara justicia la qual pido gmo de ...tistevan el alcalde mayor mando que que dando un tres lado delacarta de compañia se le de el original para el efecto que lo pide pedro de los rios ante mi gregorio nuñez vi... publico.

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pavimento sean de pagar todas las deudas que el dicho Martín de Carrión quedó debiendo, así a Su Majestad de azogue que había tomado como a otras personas, y lo que así montaren las dichas deudas se ha de descontar de los nueve mil pesos de oro común que costó la dicha hacienda, porque así fue concierto entre nosotros y los demás herederos, y lo que restare se ha de hacer la cuenta entre nosotros y pagar a cada uno lo que le cupiere de su parte, y esto se hizo: la dicha hacienda ha de quedar para nosotros de por mitad para esta compañía.

Y, asimismo, de lo que ha de haber la dicha doña María de la Cerda se han de pagar a mí el dicho relator, su padre, y descontarlos de dos mil nueve mil pesos, cuatrocientos pesos de oro común, que el dicho Martín de Carrión me quedó debiendo, y más ciertos pesos de oro que gasté en unas mulas que compré para servicio de la dicha hacienda después de la muerte.

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En la ciudad de M[e]x[ic]o diez dias del mes de henero año del nacimi[ent]o de n[uest]ro salvador jesu[s] xpo de mill y qui[nient]os y setenta e siete años el muy mag[nifi]co señor do[c]tor pedro de villalobos del consejo de su mag[esta]d dijo que por quanto a pedimiento de joan pantoja vezino de la çiudad de mechoacan se [h]a pedido se le reçiva ynformaçion de los servicios [...] [...] en estas partes para ocurrir con ella a su magestad e la suplicar les [h]aga mercedes y porque conforme a lo que su magestad tiene proveydo e mandado por su rreal çedula se [h]a de hazer ynformaçion de offi[ci]o para ynformar a su mag[esta]d que para el d[ic]ho efe[c]to mando parecer ante ssi a las per sonas de yusso contenidas e dellos. Por ante mi el [escribano] yusso escrito rreçivir la ynformacion sig[uient]e testigo[:] En la ciudad de M[e]x[ic]o diez dias del dho mes de enero del d[ic]ho año de mil e qui[nient]os e sesenta e siete años el dho señor dotor pedro de Villalobos. Por ante mi joan de horozco [escribano] de su magestad e rreçetor de la rreal audiençia de mexico hizo parecer ante si a gonzalo hernandez conquistador de la nueva España e vecino desta ciudad de mexico del qual fuere abido juramento en firma de [...] y el lo hizo por dios e por santamaria e por [...] e [...] socargo delqual prometio de dezir verdad de lo que supiesse que fue [...] luego por el dho señor [...] en mi presencia le fue preguntado si conoce a [...] e de [...] si el conquistador [...] e si a servido a su magestad en estas partes yque se [...] recompensa dello y que personas y que [...] tiene e que sobre todo de

Last edit 8 months ago by Grandean
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declare muy en particular lo que saue el qual dicho que este testigo a que conoze al d[ic]ho Joan Pantoja mas de quarenta años e que saue que se hallo en la conquista de esta ciudad de mex[ico] porque diego hernandez nieto conquistador della a dicho all testigo y el testigo lo dixo assi porque luego que se gano la tierra lo vide en la villa de cuyuacan donde se juntaron todos e con el marques don fernando cortes e allase tanto como el dicho Pantoja e su tio auian venido a la dicha conquista treynta dias antes que se ganase la tierra y que assimismo saue ell testigo por auerselo dicho que el dicho Joan Pantoja se hallo en las conquistas de colima e çacarusa e otras partes e que en essa e sirbio muy bien a su [magestad] e fue por rrason de lo susodicho cree que se le dio rrepartimiento de yndios e que no saue ni se acuerda quien alle e que saue quel dicho Joan Pantoja el cauallero hizo algo notorio porque por tal hera de todos auido y el dicho su tio que con el bino y que sabe quel dicho Joan Pantoja esta pobre y muy neçesitado porque tiene muchos hijos e poco con que los poder sustentar y es notorio que padeçe estrema neçesidad y all testigo le pareçe que su [magestad] en descargo de su rreal conçiençia estaria obligado all haçer merced e para ayuda a sustentar su estado y esta es la verdad de lo que del testigo saue para el juramento que ssostiene leyosele su derecho rretificosse en el e lo firmo de su mano e dijo ser de edad de mas de sesenta años e que

Last edit 8 months ago by Grandean
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