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LLILAS Benson at Apr 02, 2022 09:12 AM

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carta, ante el escribano e testigos del suso escriptos, en cuio registro
lo firmamos de N[ues]tro nomb[r]e. que es fecha en esta ciudad re=
cidiendo en ella la Audiencia R[ea]l. de S[u]. Mag[esta]d. a quatro dias
del Mez de Julio de mill quinientos y sinquenta y ocho años
testigos que fueron precentes a lo que d[ic]ho es = D[o]n. Fran[cis]co. de Ve=
lasco y Angel de Villafane = el D[octo]r. Arevalo Cedeño vezinos
de esta ciudad; yo el escribano suso escripto, doy fee que
conosco a S[u]. S[eñoría]. Yll[ustrísi]ma y al d[ic]ho Fray Diego Osorio othorgante
de esta escriptura = D[o]n. Luis de Velasco = Fray Diego Osorio =
= ba entre renglones = el capitulo de vise de S[a]n. Fran[cis]co. = la hubi=
ese y heredasse d[ic]ho Monasterio = Y enmendado = = de vise lega=
do = e Yo Pedro Sanches de la Fuente escribano de S[u]. mag[esta]d.
y su Notario Pub[lic]o. en la su corte y en todos sus Reynos y
señorios; presente fui a la que d[ic]ho es con los d[ic]hos testigos y por
donde fisse aqui este mi signo en testimonio de verdad = Pe=
dro Sanches escribano de S[u]. Mag[esta]d.
Testim[oni]o:
doy Thetimonio de verdad, que el sargento Juan de Aguilar
vezino de esta ciudad tiene poder G[ene]ral. para Pleytos y cobra=
nzas sacar escripturas y otros efectos, del P[adr]e. Rector, y Reli
xiosos del colexio de S[a]n. Luiz de esta ciudad de los Ang[ele]s.
que paso en ella a onze dias del Mez de Marzo de este pre=
cente año: ante mi el escribano: y para que conste di=
el precente en la ciudad de los Ang[ele]s. a cinco de Mayo de
mill seis sientos treinta y ocho años: Thestigos Lazaro:

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carta, ante el escribano e testigos del suso escriptos, en cuio registro
lo firmamos de N[ues]tro nomb[r]e que es fecha en esta ciudad re
cidiendo en ella la Audiencia R[ea]l de S[u] Mag[esta]d a quatro dias
del Mez de Julio de mill quinientos y sinquenta y ocho años
testigos que fueron precentes a lo que d[ic]ho es = D[on] Fran[cis]co de Ve=
lasco y Angel de Villafane = el D[o]r Arevalo Cedeño vezinos
de esta ciudad; yo el escribano suso escripto, doy fee que
conosco a S[u] S[eñoría] Yll[ustrísi]ma y al d[ic]ho Fray Diego Osorio othorgante
de esta escriptura = D[o]n Luis de Velasco = Fray Diego Osorio =
= ba entre renglones = el capitulo de vue de S[a]n Fran[cis]co = la hubi =
ese y heredasse d[ic]ho Monasterio =. Y enmendado = = de vue lega =
do = e Yo Pedro Sanches de la Fuente escribano de S[u] mag[esta]d.
y su Notario Pub[li]co en su corte y en todos sus Reynos y
señorios; presente fui a la que d[ic]ho es con los d[ic]hos testigos y por
donde fisse aqui este mi signo en testimonio de verdad = Pe =
dro Sanshes escribano de S[u] Mag[esta]d.
Testim[oni]o
doy Thestimonio de verdad, que el sargento Juan de Aguilar
vezino de esta ciudad tiene poder G[ene]ral para Pleytos y cobra
nzas sacar escripturas y otros efectos, del P[adr]e Rector, y Reli
xiosos del colexio de S[a]n Luis de esta ciudad de los Ang[ele]s.
que paso en ella a onze dias del Mez de Marzo de este pre
cente año; ante mi el escribano: y para que conste di =
el precente en la ciudad de los Ang[ele]s a cinco de Mayo de
mill seis sientos treinta y ocho años. Thestigos Lazaro: