| 10Y en la doctrina y administración de los sacram[en]tos
y a los que supieren la lengua de los yndios q[ue] an de dotrinar y en el
segundo lugar a los que fueren hijos de españoles que en aquellas
partes nos ayan seruido.
[q[u]e el obispo y prouinçales
de las ordenes y el goue[rnad]or ca
da uno de por si en cada
un año imbien a su M[a]g[esta]d
relaçion de las personas aui
les y que estudian]
[19.] Para q[ue] nos podamos haçer mejor las presentaçiones q[ue] se ouieren de haçer
de prelaçias dignidades off[ici]os ueneff[ici]os eclesiasticos rogamos y encar
gamos a los d[ic]hos prelados diaçesanos y a los prouin[cial]es de las hordenes
y relijiossos y mandamos a los n[uest]ros uisoreyes press[iden]tes audi[enci]as gouer
nadores q[ue] cada uno por si distinta y apartadam[en]te sin se comu
nicar los unos con los otros hagan lista de todas las digni[da]des
uenefi[ci]os doctrinas y off[ici]os eclesiasticos q[ue] ay en su proui[nci]a y los que
dellos estan uacos y asimis[m]o hagan lista de todas las perss[on]as
eclesiasticas y de los hijos de beçino y de españoles que
estudian y quieren ser eclesiásticos y de la bondad y le
tras y sufiçien[ci]a y cali[da]d de cada uno expresando
sus buenas p[ar]tes y asimis[m]o los efetos que tuuieren y declarando
para que prelaçia dignidades uenefi[ci]os off[ici]os eclesiasticos
seran competentes assi p[ar]a los q[ue] de press[en]te se ofreçieren bacar
como los que por t[iem]po uacaren y estas relaçiones çerradas
y selladas nos las ymbien con cada flota y en diferentes
nauios añidiendo y quitando en las ssig[uien]tes lo que paresçiere
añedir y quitar de las preçedentes que antes uuiere
ymuiado de manera que ninguna flota benga sin su
rel[aci]on sobre lo q[ua]l a los unos y a los otros encargamos mucho las conçien[ci]as
[Orden que han de tener
las personas eclesiasticas
que quisieren acudir a su
M[a]g[esta]d para que les probea
de algún benefiçio eclesi
astico]
[20.]Para q[ue] no podamos resciuir engaño de los q[ue] vinieren o ynbiaren
a pedir que las presentemos a alguna digni[da]d benefi[ci]o o off[ici]o ecle
siastico queremos y es n[uest]ra uolunt[a]d q[ue] el que assi uiniere o yn
uiare parezca ante n[uest]ro uirrey o ante el press[iden]te o audi[enci]a o ante el
que tuuiere la superior gouer[naci]on de la proui[nci]a y declarando su pet[ici]on
de ynform[aci]on degenere letras y sufiçien[ci]a y costumbres e o
tro ssi de off[ici]o le haga el uirey (sic) o audien[ci]a o gouer[nad]or y echa
de su pareçer y embie a p[ar]te y asimis[m]o trayga aproua[ci]on de su
prelado con aperçiuimi[ent]o que sin esta diligen[ci]a los que
uinieren a pedir digni[da]d benefi[ci]o o ofiçio eclesiastico no se adm[i]ta.
[nadie tenga dos
benefiçios ni digni
dades]
[21.] queremos y es n[uest]ra uolunt[a]d que ninguna persona en las proui[nci]as
de las yndias pueda tener obtener ni ocupar dos dignidades
Translation | 10Y en la doctrina y administración de los sacram[en]tos
y a los que supieren la lengua de los yndios q[ue] an de dotrinar y en el
segundo lugar a los que fueren hijos de españoles que en aquellas
partes nos ayan seruido.
[q[u]e el obispo y prouinçales
de las ordenes y el goue[rnad]or ca
da uno de por si en cada
un año imbien a su M[a]g[esta]d
relaçion de las personas aui
les y que estudian]
[19.] Para q[ue] nos podamos haçer mejor las presentaçiones q[ue] se ouieren de haçer
de piglaçias (sic) dignidades off[ici]os ueneff[ici]os eclesiasticos rogamos y encar
gamos a los d[ic]hos prelados diaçesanos y a los prouin[cial]es de las hordenes
y relijiossos y mandamos a los n[uest]ros uisoreyes press[iden]tes audi[enci]as gouer
nadores q[ue] cada uno por si distinta y apartadam[en]te sin se comu
nicar los unos con los otros hagan lista de todas las dignidades
ueneficios doctrinas y officios eclesiasticos que ay en su prouincia y los que
dellos estan uacos y asimismo hagan lista de todas las perssonas
eclesiasticas y de los hijos de becino y de españoles que
estudian y quieren ser eclesiásticos y de la bondad y le
tras y suficiencia y calidad de cada uno expresando
sus buenas partes y asimismo los efetos que tuuieren y declarando
para que prelacia dignidades ueneficios officios eclesiasticos
seran competentes assi para los que de pressente se ofrecieren bacar
como los que por tiempo uacaren y estas relaciones cerradas
y selladas nos las ymbien con cada flota y en diferentes
nauios añidiendo y quitando en las ssiguientes lo que paresciere
añedir y quitar de las precedentes que antes uuiere
ymuiado de manera que ninguna flota benga sin su
relación sobre lo que a los unos y a los otros encargamos mucho las conciencias
[Orden que han de tener
las personas eclesiasticas
que quisieren acudir a su
Magestad para que les probea
de algún beneficio eclesi
astico]
[20.]Para que no podamos resciuir engaño de los que vinieren o ynbiaren
a pedir que las presentemos a alguna dignidad beneficio o officio ecle
siastico queremos y es nuestra uoluntad que el que assi uiniere o yn
uiare parezca ante nuestro uirrey o ante el presidente o audiencia o ante el
que tuuiere la superior gouernación de la prouincia y declarando su peticion
de ynformacion degenere letras y suficiencia y costumbres e o
tro ssi de officio le haga el uirrey o audiencia o gouernador y echa
de su parecer y embie a parte y asimismo trayga aprouacion de su
prelado con aperciuimiento que sin esta diligencia los que
uinieren a pedir dignidad beneficio o oficio eclesiastico no se admita.
[nadie tenga dos
beneficios ni digni
dades]
[21.] queremos y es nuestra uoluntad que ninguna persona en las prouincias
de las yndias pueda tener obtener ni ocupar dos dignidades
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