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LLILAS Benson at Nov 30, 2021 08:07 PM

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es y de las obligaҫiones particulares con que naҫio
y supp[lica]mos. a V[uestra]. S[eñori]a. por ella que el comissa[ri]o. y ellos [los demas]
[ministros de este s[an]to. off[ici]o.] fuessen honrrados y
amparados de V[uestra]. S[eñorí]a. para que a esta ymitacion
lo fuessen de todos, mandando seles hiziesse
repartimi[ent]o. de los bastimentos como se haye con las
just[ici]as Y cavildo de essa ҫiudad y que no fuessen
compelidos a Rondas y jornadas ni seles he=
chassen soldados en sus casas, dandoles liçencia
al alguazil y notario para traer [dan]dos esclavos [negros]
con espadas por la deçen[ci]a de sus offi[ci]os. y guarda
de sus personas, y que para ello seles enbiava
permission n[uest]ra. y que de la hazi[en]da. que se ofresciesse
del fisco de su M[ajesta]d. ser neҫes[ari]o. embarcar fuesse
preferida. Y en estos navios que llegaron por novy[iembr]e
del año pasado de qui[nient]os. y noventa y nueve. emos
tenido aviso que la d[ic]ha carta no se a dado a V[uestra]. S[eñorí]a.
respecto de no estar ay el comisa[ri]o. fray Ju[an]o. Mal=
donado y a esta causa no se aver avierto el pliego
de este s[an]to. off[ici]o. que quedamos con el justo senti=
mi[ent]o. que es razon, supp[lica]mos. a V[uestra]. S[eñorí]a. reҫiba n[uest]ra. buena
voluntad conosҫiendo no ha avido quiebra en ella
mandando poner en execu[ci]on. lo que en esta carta
y en la pas[a]da. que se dara con esta a V[uestra]. S[eñorí]a., se escrive
y en que en general y en particular sirvamos
a V[uestra]. S[eñorí]a. con satisfa[c]ion. acudiremos a ello con
mucho

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es por las obligaciones particulares con que nacio
y su [?] por ella que el comissa[ri]o y ellos [crossed out: los demás]
[crossed out: ministros deste s[an]to off[ici]o] fuesen honrrados y
amparados de V[uestra] S[eñorí]a paraque a esta ymitacion
lo fuessen de todos, mandando seles hiziesse
repartimi[ent]o de los bastimentos como se haze con las
[?] de cavildo de essa ciudad y que no fuessen
compelidos a rondas y jornadas ni seles he:
chassen soldados en sus casas, dandoles liçencia
al alguazil y notario para traer [crossed out: illegible] dos esclavos [crossed out: negros]
con espadas por la deçen[ci]a de sus offi[ci]os y guarda
de sus personas, y que para ello seles [fiava]
[permisso i onrra?] y que dela hazi[en]da que se ofresciesse
del f[ranc]isco de [?] embarcar fuesse
prefenida. Y en estos navios que llegaron por no [?]
del año pasado de qui[nient]os y noventa y nueve emos
tenido aviso que la d[ic]ha carta no se a dado al [V.S.?]
respecto de no estar ay el comisa[ri]o fray Jua[n] Mal
donado y a esta causa no se aver aviento el pliego
de este s[an]to off[ici]o que quedamo con el justo senti
mi[ent]o que es razon si ppmos a V[uestra] S[eñorí]a reciba n[uest]ra buena
voluntad conosciendo no ha avido quiebra en ella
mandando poner en execu[ci]on lo que en esta carta
y en la pasada que se dara con esta a V[uestra] S[eñorí]a se escrive
y en que en general y en particular enviamos
a V[uestra] S[eñorí]a, con satisfa[c]ion acudimos a ello con
mucho
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