| page_0016obrage, que estando precente Dixo llamarse Juan
Eugenio Vasquez Español Originario y Vecino de
esta hazienda, cassado con Fran[cis]ca. Mendoza, del
que Recevi Juramento, que hizo por Dios N[ues]tro. Se
ñor puesta la señal de la Santa Cruz, segun Di[xo]
so cuyo Cargo prometio dezir Verdad, en lo que su
piere, y le fuere preguntado; y siendolo como
el antesedente, sobre los particulares, que se ver
san: Dixo, que siempre ha trabajado en este Ob[ra]
ge en su oficio de texedor, con cuyo motivo le e[s]
constante, que ni por el amo, ni Administrado[r]
se les hazen malos tratamientos, a los Yndios, e
Yndias, quienes de mas tiempo de un año, a e[s]
ta parte se han insolentado de manera, que n[o]
ocurren al trabajo, si no es, quando quieren, y
sin obediencia, ni respecto alguno, y solo tiran a
provocharlos, que harto se desentienden los a[mos]
por escusarse de Castigarlos; Y que no se pe[r]
suade, que intencion sea la de estos Yndios po[r]
estas cosas, por que se les paga el dinero de con
tado, como a todos los demas operarios de raz[on]
que estan muy gustosos, y no tienen de que que[jar]
se. Y que esto es lo que sabe, y la Verdad, p[a]
ra el Juram[en]to. que f[ec]ho tiene, en que se afirmo, y Rati[fi]
co dixo no saver su edad, ni firmar segun demue[s]
tra tendra quarenta años. hizelo d[ic]ho thenient[e]
y los testigos de mi ass[istenci]a. de que doy fee =
etc.
Mendoza
Ass[istenci]a.
Juan Manuel Carabes
Ass[istenci]a.
Juan J[ose]ph. Alvarez
t[es]t[imoni]o. 3o.
Luego Yncontinenti, Yo el exprezado thenie[nte] | page_0016Obrage, que estando precentes Dixo llamarse Juan
Eugenio Vasquez Español Originario y Vecino de
esta hazienda, casado con Fran[cis]ca Mendoza, del
que recivi Juramento, que hizo por Dios N[ues]tro, Se
ñor puesta la señal de la Santa Cruz, segun Dixo
so cuyo Cargo prometio dezir Verdad, en lo que su
piere, y le fuere preguntado; y siendolo como
el antecedente, sobre los particulares, que se ver
san: Dixo, que siempre ha trabajado en este Obra
ge en su Oficio de Texedor, con cuyo motivo le es
constante que ni por el amo, ni el Administrador
se le hazen malos tratamientos a los Indios e
Indias, quienes de mas tiempo de un año, a es
ta parte se han insolentado de manera, que no
acurren al trabajo, si no es, quando quieren, y
sin Obediencia, ni respecto alguno, y solo [tiran...?]
[provochando], que harto se desentienden los amos
por escusarse de Castigarlos; Y que no se per
suade, que intencion sea la de estos Indios por
estas cosas, por que se les paga el dinero de con
tado, como a todos los demas Operarios de razon
que estan muy gustosos, y no tienen de que quejar
se. Y que esto es lo que sabe, y la Verdad, pa
ra el Juram[en]to que f[ec]ho tiene, en que se afirmo, y Ratifi
co dixo no saver su Edad, ni firmar segun demues
tra tendra quarenta años. hizelo otro Theniente
y los testigos de mi asi[stenci]a de que doy fee
etc.
Mendoza
Ass[istenci]a Juan Manuel Carabes
Ass[istenci]a Juan [...?] Alvarez
Luego [Incontinente?], Yo el expresado theniente |