Franciso natural de la ciudad de Mexico
donde tiene Padre y Madre y familia de ser [ab] ess a
teniendo Renta en las pal ciudad bastante para
oderle ordenar csicion sino obliga[cion] de alguna
assistencia se Paso al obispado de la Puebla
con animo de Salitar alli siempre que [secrleno?] de
todas ordenes sin letras dimissarias del araslis para de
Magistad y a ti helo de la Con grua sustent au que tenia en
Magistad securdeno en la Puebla y canto missa
Preguntale siete tal quico suspenso y dicele brando
yo en irregularidad y sin esta le podra absolver
ser Prin[ten?]
salvio melioni iudicio me parece que si el digo fran
no aiva contra pido domicilio ecclesiastico en Mexico
por no averse comencado acordemos de ningun orden
en el arcobispado, ni estar dedicado a ninguna del ni igle
sias ni tener capellnia co lado por su Prelado sino
solamente seria lada renta suficiente para ella, pude
lacitamente contra por domicilio ecclesiastico en el operpordo
de la puebla o otra qualquiera por la recepcion deordenes
del [dhips?] del dicho obispado, en animo verdadero des
vivir en el tal obispado aunque despues de ordenado
a si no incurrio en la suspension del derecto contra los
que reciven ordenes de ageno obispo suificencia del propio
y por el consiguiente tampoco incurrio en la iregularidad
que resigue al que estando suspenso celestia
oro me parece que Aunque el dicto fian[?]co