querida por justo y derecho título
de conpra como esta lo es y en
tre tanto que de ffecho tomais
la dicha posesión yo el dicho joan
gallardo en nombre de los dichos
Don Rodrigo de Uiuero y melchiora de
aburruça su muger e por ellos me cons
tituyo por vuestro ynquilino tenedor
y poseedor del en v[uest]ro nombre
por uos el susodicho e a mayor a
bundamiento yo el dicho joan
gallardo en los dichos nombres
uos doy poder cumplido y Reuo
cable como en u[uest]ro ffecho y caussa
propia para que uos el dicho miguel
Rodríguez de azeuedo o quien v[uest]ro
poder para ello ouiere podays en
biar a cobrar los reditos deste d[ic]ho
censo e tributo de los tributos
del pueblo de yndios de tecama
chalco y sus sujetos que en los suso
dichos está encomendado en
cada un año por los tercios de
quatro en quatro messes cada
tercio desde oy dia de la ffecha des
ta carta en adelante. Y para ello os
doy poder cumplido tal qual
de derecho se Requiere en u[uestro] ffe
cho y caussa propia y la persona