| page_0018actas, capitulos, é ayuntamiento: Desimos: que por quanto Luiz
de Leon Romano, difunto (que aya en gloria) por el The[s]tamento
que hiso é othorgó, conque fallesió Ynstituyó, y Mandó, que se
hissiese, é fundasse, un Colexio, donde estubieren, é residiesen, vein-
te y quatro Relixiosos, Colexiales, y en el, se les disse estudio, y
todo lo necesario, y estos fuessen, de la órden, de S[a]n Fran[cis]co y en
defecto de no lo querer aseptar, la d[ic]ha órden, fuesen de los Relixiosos
de nuestra orden; y para ello, dexó una media estancia con los
ganados, e lo demas, que le pertenece, entermino, de Mechoacan
en Comp[añí]a de Gaspar Sala[u?]go, y mas dozemill p[eso]s de oro corran
para que se compre, Renta de ellos, para el d[ic]ho efecto: segun
que mas largamente consta, e parese, por la clausula, de d[ic]ho The[s]ta
mento, que ya hemos visto, a que nos referimos; y porque el
Yll[ustrisi]mo Señor D[o]n Luiz de Velasco, viso Rey y Governador, de
esta N[ueva] E[spaña] como Albazea, y Heredero, q[u]e es del d[ic]ho defunto,
y como Patron, que es en nomb[r]e de S[u] Mag[esta]d de la d[ic]ha memo
ria, hiso requerir, ael Guardian del Conv[en]to de d[ic]ho Monaste
rio, de S[a]n Fran[cis]co aseptassen la d[ic]ha Herencia, con el d[ic]ho cargo
y por los suso d[ic]hos, parece fue, respondido, no la poder ni de
ber aseptar, por las razon[e]s y clausulas, que en su re[s]puesta
dieron a que nos referimos; de cuia caussa; su señoria por
su causa, nos apersibió, e requirió, y encargó, aseptasemos, la d[ic]ha
Herencia, con el d[ic]ho cargo, e nos viendo ser util, e provechoso | page_0018actas, capitulos, é ayuntamiento: Desimos: que por quanto Luiz
de Leon Romano, difunto (que aya en gloria) por el The[s]tamento
que hiso é othorgó, conque fallesió Ynstituyó, y Mandó, que se
hissiese, é fundasse, un Colexio, donde estubieren, é residiesen, vein-
te y quatro Relixiosos, Colexiales, y en el, se les disse estudio, y
todo lo necesario, y estos fuessen, de la órden, de S[a]n Fran[cis]co y en
defecto de no lo querer aseptar, la d[ic]ha órden, fuesen de los Relixiosos
de nuestra orden; y para ello, dexó una media estancia con los
ganados, e lo demas, que le pertenece, entermino, de Mechoacan
en Comp[añí]a de Gaspar Sala[u?]go, y mas dozemill p[eso]s de oro corran
para que se compre, Renta de ellos, para el d[ic]ho efecto: segun
que |