MARGEN SUPERIOR CENTRO: Crismón DERECHA: a lápiz 171; en tinta 31.
En la çiudad de Cholula en veynte y tres días
del mes de henero de myll y seiscientos y dies
y siete años ante ffernando calderon de bargas
corregidor desta çiudad por su magestad le presento el contenido
con los poderes questa petision Refiere [TESTADO]
Diego de Torres Vela, vecino de esta jurisdicción de Cholula, como
marido y conjunta persona de Isabel Martín,
hija legítima y heredera de Andrés Martín, difunto,
dijo que la susodicha me tiene dado poderes para que
en su nombre acepte la herencia que le cabe de la le-
gítima del [dicho] Andrés Martín, su padre, que son
de los que [herjo?] presentación, la cual [dicha] heren-
cia en el [dicho] nombre acepto con beneficio de in-
ventario para que los autos y notifica-
ciones y demás diligencias que en ello se hubieren
de hacer se hagan conmigo, por todo lo cual
a [Vuestra Majestad] pido y suplico los haya por presenta-
dos y mande que todos los autos [y] notificacio-
nes que se hicieren, se hagan y notifiquen conmigo
y sea citado para [todo?] ello [TESTADO]
Otro [...] suplico a [Vuestra Majestad] que quedando un [traslado]
del [dicho] poder que presento se me vuelva el ori-
ginal para lo que me convenga y [pidió?] jura.
Diego de Torres Vela
De [corregidor] [...] por presentados los dichos po-
deres que esta [petición] refiere y [manda] que se pongan
en la causa que refiere y con el [dicho] Diego
de Torres [...] que se hagan los autos