| frc_vol002_0625_b[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho] 19 [Subrayado]
[Al margen superior derecho] 182 [Tachado]
[Al margen superior derecho, en lápiz] 623
[Al margen superior izquierdo: Brevete] venta de Francisco de Valencia/ a Francisca de Mesa de/ una negra/ Officio
sepan quantos esta carta vieren como yo Francisco
de Balencia vezino desta ziudad de Cholula otorgo
y conozco por esta carta que vendo en venta
real a Francisca de Mesa una my esclava negra
llamada Maria de Tierra de congo de hedad
de venynte años poco mas o menos la qual lo
bendo por esclava cautiba abida de buena
guerra y no de paz y por biere de ypoteca
y de otra enagenacion especial ni general
y por recien benida y por precio y contra
de trecietos y sesenta pesos de oro comun
que por conpra de la dicha esclava me a dado
e pagado en raeales de plata y esten en
mi poder y en razon de la entrega
que de presente no paresce rrenuncio la
exeucion de la ynumerata pe
cunya y leyes de la entrega o prueva
de la paga como en ellas se contiene
y conffieso que los dichos pesos de oro es justo
valor por la dicha esclava y no mas y si
mas vale le hago gracia y donacion
ynrebocable sobre rrenuncio las leyes del
ordenamiento real ffecha en las cortes
de alcala de henares que trata de las
cosas que se conpran o venden por
mas o menos de la mytad del justo precio
y como real vendedor me obligo a la
evision seguridad y saneamiento de la dicha
esclava en lanas baste fforma que
puedo y de derecho soy obligado o para
el cumplimiento de lo qu[roto]e dicho lo obligo mi persona | frc_vol002_0625_b[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho] 19 [Subrayado]
[Al margen superior derecho] 182 [Tachado]
[Al margen superior derecho, en lápiz] 623
[Al margen superior izquierdo: Brevete] venta de Francisco de Valencia/ a Francisca de Mesa de/ una negra/ ffecho
sepan quantos esta carta vieren como yo Francisco
de Balencia vezino desta ziudad de Cholula otorgo
y conozco por esta carta que vendo en venta
real a Francisca de Mesa una my esclava negra
llamada Maria de Tierra de congo de hedad
de venynte años poco mas o menos la qual lo
bendo por esclava cautiba abida de buena
guerra y no de paz y por biere de ypoteca
y de otra enagenacion especial ni general
y por recien benida y por precio y contra
de trecietos y sesenta pesos de oro comun
que por conpra de la dicha esclava me a dado
o pagado en raeales de plata y esten en
mi poder y en razon de la entrega
que de presente no paresce y [...] la
exeucion de la ynumerata pe
[...] y leyes de la entrega o prueva
de la paga como en ellas se contiene
y conffieso que si dichos pesos de oro es justo
valor por la dicha esclava y no mas y si
mas vale le hago gracia y donacion
ynrebocable sobre [...] las leyes del
ordenamiento real ffecha en las cortes
de alcala de penales que trata de las
cosas que se conpran o venden por
mas oro de la mytad del justo precio
y como real vendedor me obligo a la
evision seguridad y saneamiento de la dicha
esclava en lanas baste fforma que
puedo y de dicho soy obligado o para
el cunplimiento de lo qu[roto]e dicho lo obligo mi persona |