| frc_vol002_0474_b[Al margen superior izquierdo, en lápiz] 472
balen ni deja so [roto]
de Cholula por el rre[roto]
[Al margen izquierdo, en lápiz] 1602
Saver a qualesquier sus [roto]
vas y qualesquier partes [roto]
España ante quien esta mi ca [roto]
presentada y della pedido cu [roto]
como ante my parecio Alonso Velazco [roto]
vecino desta ciudad en mando [roto]
y curador ques delas per [roto]
de los menores hijos de Manuel [roto]
tu y de Ana María su mujer en prese [roto]
critura de senso del tenor siguiente [roto]
Sepan quantos esta carta de senso [roto]
bisto al redimir y quitar vieren [roto]
nos Gonzalo Fernández de Ocampo y [roto]
[En el margen izquierdo] ent
María Basa su mujer vecinos que somos des
[En el margen izquierdo] En 9 foxas
ta ciudad de Cholula de la Nueva España
y labradores de la juridisccion de Huejotzin
go con licencia que yo la susodicha pido
y demando al dicho mi marido para otorgar
jurar esta escritura y lo que en ella ay
declarado la qual dicha licencia yo el
dicho Gonzalo Fernández de Ocampo
doy e concedo a la dicha mi muger seguir y para
el efe[c]toque parezca me es pedida
y prometo y me obligo de la aver
por firme y no la rrebocar agora ni en
tiempo alguno so expresa obligación
que para el dicho hago de mi persona y vie
nes por virtud de la qual dicha licen
cia que yo la susodicha ace[p]to y della
jurando ambos a su señoria de mancomun
[En el margen inferior línea de cancelación]
[Rúbrica]
| frc_vol002_0474_b[Al margen superior izquierdo, en lápiz] 472
Y ...[...] jaso [roto]
de Cholula por el rre[roto]
[Al margen izquierdo, en lápiz] 1602
Saber a qualesquier sus [roto]
vas y qualesquier partes [roto]
de España ante quien esta mi ca [roto]
presentada y della pedido cu [roto]
como ante my parecio Alonso Velazco [roto]
vecino desta ciudad en myl [roto]
y curador ques delas per [roto]
de los menores hijos de Manuel [roto]
tu y de Ana María su mujer en prese [roto]
critura de senso del tenor siguiente [roto]
Sepan quantos esta carta de senso [roto]
bisto al redimir y quitar vieren [roto]
nos Gonzalo Fernández de Ocampo y [roto]
[En el margen izquierdo] ent
María Baja su mujer vecinos que somos des
[En el margen izquierdo] [...]
ta ciudad de Cholula de la Nueva España
y labradores de la juridisccion de Guexotzin
go con licencia que yo lo huzo dicha pido
y demando al dicho mi marido para otorgar
jurar esta escritura y lo que en ella yra
declarado la qual dicha licencia yo el
dicho Gonzalo Fernández de Ocampo
doy e concedo a la dicha mi muger segun y para
el efe[c]toque parezca me es pedida
y prometo y me obligo de la aver
por firme y no la rrebocar agora ni en
tienpo alguno so expresa obligación
que para ello y ago de mi persona y bie
nes por virtud de la qual dicha licen
cia que yo la susodicha ace[p]to y della
jurando ambos a su señoria de mancomun
[En el margen inferior línea de cancelación]
[Rúbrica]
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