[Al margen superior izquierdo: brevete] [...] de doña Teodora /
[...] /
[...] de la licencia
[Al margen superior central: dos líneas horizontales cortas]
sepan quantos [e]sta carta vieren como yo
Francisco de Valencia vezino de [e]sta ciudad de Cholula
otorgo y conozco por [e]sta carta que devo
y me obligo de dar y pagar y que dare y pagare
[desanoto]
a doña Teodora vezina de la ciudad de los Ángeles
ausente o a quien su poder oviere [...]
myll y trecientos y veynte y cinco pesos de oro
como de [...] rreales cada peso los quales
le devo y son por rrazon de cincuenta
arrobas de grana cochinilla que de la suso
dicha rrecibi conpradas a ochenta y seis pesos y [...]
[...] de arroba rregistrada y encaxda los
quales [e]stan en mi poder realmente
y con effeto y en rrazon de la entrega
que de presente no paresce [...] la exencion
de [e]lla y numerata pecuria y leyes de la
entrega [...] de la paga como
en ellas se contiene los quales dichos
[...] myll y trecientos y veynte y cinco pesos
del dicho oro prometo y me obligo deselos dar
y pagar en [e]sta dicha ziudad o en otra
qualquier [...] que ffuere pedido y de
mandados en rreales de plata
y no en otra moneda la mitad de los [...]
para ffin del mes de agosto de [e]ste presente
año y la otra mitad para el dia de
pasqua de navidad primera que[...]
de [e]ste dicho año con las [...] de la
cobranza para el [...] de lo
que dicho es obligo mi persona y quienes
y doy poder a las [...] de
[Al margen inferior central: dos líneas horizontales cortas]