| frc_vol002_0071_a[Al margen superior al centro crismón gráfico]
[Al margen superior a la derecha descripcion del documento] poder/OFICIO
sepan cuanToS esta carta VIEREN COMO
YO RODRÍGUEZ JUNES, FRANCISCO VECINO LABRADOR
DE ESTA JURISDICCIÓN DE CHOLULA Y PUEBLO QUE ES LA ...
OBRAJERO VECINO DE ELLA OTORGAMOS Y CONOCEMOS
POR ESTA CARTA QUEDAMOS Y OTORGAMOS NUESTRO
PODER CUMPLIDO DE DIAS BASTANTE A MARTINEZ, HERNAN VECINO DE LA CIUDAD DE MÉXICO ESPE
CIALMENTE PARA QUE A MI AL DICHO RODRÍGUEZ NUÑEZ, FRANCISCO COMO PRINCIPAL DE VERDAD
ERO EL DICHO DE YSLA, JUAN COMO DICHO FIADOR Y PRIN
CIPAL PAGADOR Y ... COMO PARA
ELLO PAGO DE DEUDA AGENA A MI PROPIA
RAZON QUE LO CONFÍA EL DICHO FRANCISCO RODRÍGUEZ
Y SUS BIENES SEA NECESARIO HACER NI QUE
SE HAGA DILIGENCIA NI A CUMPLIR AL FINAL
DEL FUERO NI DE DIAS CIYO BENEFICIO RENTA
Y HAN BOSADOS JUNTAMENTE Y DE MAS COMUN
Y A BORDE UNO Y CADA UNO DE NOS PARTICIPANT
ES PIDO Y DOY PODER RENUNCIANDO LAS
LEYES DE LA MANCOMUNIDAD DIVIDIDO
Y CON ATENCIÓN COMO EN ELLAS HACEN CADA UNA
DE ELLAS SE CONFIERE NOS PUEDA OBLIGAR
Y OBLIGUE PUEDA TOMAR Y TOME A NUESTRO
CRÉDITO DE LA PASADA DICHA ESCRITURA QUE SE LOS
QUISIEREN DAR LA CANTIDAD DE CASTILLA HAN DE
NO LABRADO EN CADENA QUE HECHO BASTA
Y VENDIDOS VENGAN A QUDAR LIQUIDA
MENTE QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS
DE ORO COMUN CUYA CANTIDAD RECIBA EN
OFICIO Y DE ELLOS ORDEN HAGA LO QUE ELLOS DINAREMOS
Y EN RAZON DE LO SUSODICHO EN FAVOR DE ELLA
PARA LA ESCRITURA QUE ASI DIERE EL DICHO ORO POR ANTE
CUALES QUIER ESCRIBANOS HAGA Y OTORGUE LA
ESCRIPTURA DE OBLIGACIÓN QUE LE FUERE
[Al margen inferior al centro crismón gráfico]
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[Al margen superior a la derecha descripcion del documento] poder/OFICIO
sepan cuanToS esta carta VIEREN COMO
YO RODRÍGUEZ JUNES, FRANCISCO VECINO LABRADOR
DE ESTA JURISDICCIÓN DE CHOLULA Y PUEBLO QUE ES LA ...
OBRAJERO VECINO DE ELLA OTORGAMOS Y CONOCEMOS
POR ESTA CARTA QUEDAMOS Y OTORGAMOS NUESTRO
PODER CUMPLIDO DE DIAS BASTANTE A MARTINEZ, HERNAN VECINO DE LA CIUDAD DE MÉXICO ESPE
CIALMENTE PARA QUE A MI AL DICHO RODRÍGUEZ NUÑEZ, FRANCISCO COMO PRINCIPAL DE VERDAD
ERO EL DICHO DE YSLA, JUAN COMO DICHO FIADOR Y PRIN
CIPAL PAGADOR Y ... COMO PARA
ELLO PAGO DE DEUDA AGENA A MI PROPIA
RAZON QUE LO CONFÍA EL DICHO FRANCISCO RODRÍGUEZ
Y SUS BIENES SEA NECESARIO HACER NI QUE
SE HAGA DILIGENCIA NI A CUMPLIR AL FINAL
DEL FUERO NI DE DIAS CIYO BENEFICIO RENTA
Y HAN BOSADOS JUNTAMENTE Y DE MAS COMUN
Y A BORDE UNO Y CADA UNO DE NOS PARTICIPANT
ES PIDO Y DOY PODER RENUNCIANDO LAS
LEYES DE LA MANCOMUNIDAD DIVIDIDO
Y CON ATENCIÓN COMO EN ELLAS HACEN CADA UNA
DE ELLAS SE CONFIERE NOS PUEDA OBLIGAR
Y OBLIGUE PUEDA TOMAR Y TOME A NUESTRO
CRÉDITO DE LA PASADA DICHA ESCRITURA QUE SE LOS
QUISIEREN DAR LA CANTIDAD DE CASTILLA HAN DE
NO LABRADO EN CADENA QUE HECHO BASTA
Y VENDIDOS VENGAN A QUDAR LIQUIDA
MENTE QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS
DE ORO COMUN CUYA CANTIDAD RECIBA EN
OFICIO Y DE ELLOS ORDEN HAGA LO QUE ELLOS DINAREMOS
Y EN RAZON DE LO SUSODICHO EN FAVOR DE ELLA
PARA LA ESCRITURA QUE ASI DIERE EL DICHO ORO POR ANTE
CUALES QUIER ESCRIBANOS HAGA Y OTORGUE LA
ESCRIPTURA DE OBLIGACIÓN QUE LE FUERE
[Al margen inferior al centro crismón gráfico]
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