| frc_vol002_0364_b369[tachado] 363[a lapiz] 33[margen dercho]
crismon
sepan cuantos esta carta bie
re como yo agustin de prado vesino de la villa
de carrion del valle de attisco otorgo y
conosco por esta carta que me obligo a pagar
alos pesos[manchado] vesino de esta ciudad de cholula o a
quien su poder y viere en cualquier
manera conviene a saver cinco bestias mulares
las [manchado] cuatro hembras y [] macho que
del [] a precio cada una
sepan cuantos esta carta vieren
como yo agustin de prado vesino de la villa
de carrnon del valle de atisco y este
en esta ciudad de cholula otorgo y conozco
por esta carta que devo y me obligo de pagar
alonso perez ju[] vesino de esta ciudad que esta
presente va quien su poder o viere
trecientos y [tachado] pesos de oro como
los cuales le devo y son por razon de
cuatro vestias mulares y un macho que le
so su dicho recilio compradas arrazon de
sesenta pesos cada una que nonta la dicha
cantidad de las cuales me doy por con
tento y entrego a mi boluntad
con renunciacion de las leyes y entrega
en forma los cuales dicho estos
cientos y [tachado] pesos del dicho oro
prometo y me obligo dese los dar
y pagar en esta dicha ciudad ven otra cual
quier juez que me fueren pedidos y demandados | frc_vol002_0364_b369[tachado] 363[a lapiz] 33[margen dercho]
crismon
sepan cuantos esta carta bie
re como yo agustin de prado vesino de la villa
de carrion del valle de attisco otorgo y
conosco por esta carta que me obligo a pagar
alos pesos[manchado] vesino de esta ciudad de cholula o a
quien su poder y viere en cualquier
manera conviene a saver cinco bestias mulares
las [manchado] cuatro hembras y [] macho que
del [] a precio cada una
sepan cuantos esta carta vieren
como yo agustin de prado vesino de la villa
de carrnon del valle de atisco y este
en esta ciudad de cholula otorgo y conozco
por esta carta que devo y me obligo de pagar
alonso perez ju[] vesino de esta ciudad que esta
presente va quien su poder o viere
trecientos y [tachado] pesos de oro como
los cuales le devo y son por razon de
cuatro vestias mulares y un macho que le
so su dicho recilio compradas arrazon de
sesenta pesos cada una que nonta la dicha
cantidad de las cuales me doy por con
tento y entrego a mi boluntad
con renunciacion de las leyes y entrega
en forma los cuales dicho estos
cientos y [tachado] pesos del dicho oro
prometo y me obligo dese los dar
y pagar en esta dicha ciudad ven otra cual
quier juez que me fueren pedidos y demandados |