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ta pesos, cuya cantidad no excedera del haber que podría corresponderle a la solicitante una ver verificado el reparto de tierna entre los demás parcioneros del pueblo de que se trata bajo el concepto de que no se tiene conocimiento que la referida Senora Motañez Loya enagenado con anterioridad otros biens pertenecientes a los indígenas. Lo que me honro de comunicar a U[sted] por vía de informe y como contestación al oficio número 1067 de la Sección 3a de esa Secretaría fecha 15 del corriente mes, devolviendo el ocurso de la solicitante Indep[endencia] y Lib[ertad]. Morelia, Marzo 20 de 1907. E Prefecto Rafel Valencia. C Secretario del Gobierno Pesente
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81 C. 1067 Ciudadano Gobernador del Estado María Lescadia Montañez, vecina de este pueblo ante U[ste]d respetuosamente y como mejor proceda comparezco exponiendo que encontrándome sumamente pobre, suplico atentamente se me conceda licencia para vender una fracción de terreno de labor de mi pertenencia situada en el Plan de la Joya de esta tenencia, cuyo predio he poseído como indígena y acredora a los bienes de este pueblo y por donación que de el me hizo mi padre Eleto Montañez hace más de diez años. Por lo expuesto A U[ste]d Ciudadano Gobiernador suplico me sirva prover de conformidad a esta mi solicitud de lo que espero recibir justicia y especial gracia, así como se me admiF[e]br[ero] 28 el presente con el timbre que aparece por mi notoria pobreza Conforme Protesto no obrar de malicia de la Prefec- Capula F[e]br[ero] 27 de 1907 tura No se firmar
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Sección 3a No. 1582 Sección 3a No. 1584
82 C. Prefecto. Presente En atención al informe producido por U[ste]d en oficio Nº. 324 de 20 del presente, el C Gob[ernad]or se sirvió otogar a la Sra. Lacadia Montañez la licencia que solicita para vender un terreno de labor que en el punto llamado “Plan de la Joya” comprensión de Capula posee como indígena y persionera del mismo pueblo. Lo comunico a U[sted] para su conocimiento y en contestación a su situado oficio J y L Marzo 26 de 1907. J.M.G. Real O.M
Sra. María Lacadia Montañez. Capula De conformidad con el ocurso de U[ste]d fechra 21 de Febrero último y con los informes respectivos, el C. Gob[ernad]or en acuerdo de ayer tuvo a bien concederle el permiso que solicita para vender sin perjuicio de tercero, el terreno de labor que como indígena y parcionera de la excomunidad de ese pueblo posee en el punto llamado “Plan de la Joya" comprensión del mismo pueblo y cuya extensión y linderos son como sigue: por el Oriente mide 155 metros y linda con Andrés Rosalez; por el Poniente igual número de metros y linda con terreno del finado Rafael Montañez; por el Sur 21 metros y linda con terreno de la finada Juliana Cortés; y por el Norte igual número de metros lindando con Hermenegildo Pirita. Lo digo a U[sted] para su conocimiento y como resultado de su ocurso. Marzo 26 de 1907 J.M.G. Real O.M