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El Liz[encia]do D[o]n Luis Gonzaga de Ybarrola y candia, secretario de S[u] M[agestad] (que Dios guarde) y Escrivano maior del R[ea]l Tribunal del consulado, universidad de Merca deres de los Reinos de esta N[ueva] E[spaña] Abogado de esta R[ea]l Aud[ienci]a de su Yll[ustr]e y R[ea]l colegio y de Reos del Santo Oficio de la Ynquicicion. Certifico, con referncia a los documentos que existen en el Archivo de mi cargo que el Ex[celentisi]mo Señor Marques de Branciforte actual virrey de esta N[ueva] E[spaña] dirigio al R[ea]l Tribunal del consulado de esta capital con f[ec]ha de veinte y cuatro de Julio anterior, un oficio en que le manifestó los immensos gastos, que causaba a n[uest]ro Augusto Monarca la justa Guerra que sigue contra la Francia. Que S[u] M[agestad] repite sus soberanas ordenes, para que se esfuersen todo lo posible los embios de caudales necesarios a cubrir unos fines de la primera importancia, confian do en los recursos, que facilitan el amor y lealtad de sus amados vasallos. Que haviendo dado tantas pruevas este consulado, y su comercio de su lealtad esperava, que el tribunal tomase todas las dispociciones, que combiniesen para facilitar la maior cantidad posible por via de prestamo en calidad de reintegro. Que en vista de este superior oficio convocó el Tribunal a Junta a los sugetos que conforme a su ordenanza representan esta universidad de Mercaderes, y en la concurren cia del dia seis de Agosto se acordó , que en atencion a que el conflicto es uno de los maiores que pueden ocurrir y la obligacion de los vasallos de auxiliar a su Monarca, la mas estrecha que puede presentarse sin embargo de lo devilitado y gravado que se halla el comercio, se ofre ciese a S[u] E[xcelencia] diligenciar un millon de pesos y si fuere posible reunirlo to marlo de los cuerpos y Personas particulares a reditos de cinco p[orciento]% quedando a cargo del comercio pagar los sinquenta mil pesos anuales que im portan los enunciados reditos sacandose esta cantidad de todos los Yndivi-

Last edit 12 months ago by Eduardo Henrique Gorobets Martins
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duos del cuerpo á proporcion de sus frajicos, por el medio de aumentar el derecho de Averia, cinco al millar sobre los quinse, que actualmente se exhijen, si S[u] E[xcelencia] hubiere a bien aprovar este arbitrio, que era el u nico que podia ponerse en practica en las actuales circunstancias. Que haviendo dado cuenta al Ex[celentísi]mo Señor Virrey de lo acordado en la Junta se sirvio dirigir al mismo R[ea]l Tribunal el oficio del tenor siguiente. = " En oficio de ciete del corriente, me dice V[uestra] S[eñoría] lo " acordado en Junta de comercio, sobre el suplemento de un millon " de pesos que devera aprontarse y conducir a España el Navio de " Guerra la Europa, para las actuales urgencias de la corona. Este " importante servicio, es un nuevo Testimonio del zelo, amor y fide " lidad que animan a V[uestra] S[eñoría] y al distinguido cuerpo de que es cave " za no siendo menor apreciables las singulares clausulas con que " V[uestra] S[eñoría] se expresa, y acredita sus generosos esmeros en vista de mis " incinuaciones dirigidas al mas justo obsequio del soberano, y de la " causa publica. Todo empeña mi gratitud y desde luego apruevo " el medio de que se solicite a recibir de cinco po[rcien]to el referido millon de " pesos combiniendo tambien en que se proceda el aumento de otros cin " co al millar sobre el Derecho de Averia para satisfacer con sus " productos los mencionados reditos cuia cuenta se llevara del mis " mo modo, y con las formalidades, y claridad que se determinó res " pecto de otro millon de pesos, que se prestó en el año de mil sete " cientos noventa, y tres. Bajo de estos supuestos no dudo q[u]e V[uestra] S[señoría] " con su aconstumbrado zelo, y actividad reunira prontamente el nue " vo acordado prestamo para disponer su remesa a España otorgan " dose a favor de V[uestra] S[eñoría] el correspondiente documento de resguardo. " Si V[uestra] S[eñoría] de algunos auxilios se los facilitare con su avi " so, como tambien las ordenes que fueren previsas para que los recau " dadores del derecho de averia procedan á la cobranza del nuevo " aumento del cinco al millar. Entre tanto hare presente al " Rey el generoso, loable zelo, con que V[uestra] S[eñoría] procura contribuir " a estos importantes servicios dando yo por mi parte, a V[uestra] S[eñoría] y á

Last edit 12 months ago by Eduardo Henrique Gorobets Martins
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