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de San Diego que [e]sta [en] la yglesia de San Gabriel de [e]sta ciudad y t[ambi]en mando que my cuerpo sea se sepultado con el avito del señor San Fran[cis]co para lo qual desde luego lo demando y se pague limosna de my e vienes. y t[ambi]en m[an]do que el dia de my entierro si fuer ora para ello se me diga una mysa cantada de cuerpo presente ofrendada como costumbre y si no otro dia siguiente. y t[ambi]en m[an]do se digan por my anima un no benario de mysas cantadas en el con vento de [e]sta ciudad por las quales y e tierro abito mando cien p[es]os de limosna al d[ic]ho convento y se paga de mys vienes. y t[ambi]en mando se dian por las animas de nuestros padres difuntos quinien tas mysas rresadas [en] la parte y lugar que a my albasea paresiere disiendo la mejor parte de los bienes al ten de el anima yse pague la limosna de mys vienes. y t[ambi]en m[an]do se digan por my anima cien mysas rresadas y se digan la mayor parte de ellas en el altar del anima y se pague limosna de mys vienes.
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y t[ambi]en m[an]do se digan my anima treynta mysas rresadas a San Gregorio [en] la parte y lugar que a my albasea pareciere y se pague a limosnas de mys vienes y t[ambi]en m[an]do se de a la ymagen de n[uest]ra se ñora de la Linpia Concepcion que [e]sta en el convento de [e]sta ciudad un bestido de rraso naranjado de tar ca y saya guarnesido de pasamano de oro. y t[ambi]en declaro que soy cofrada de las cofradias que [e]stan ynstituydas y fundadas en [e]sta ciudad. y t[ambi]en se de limosna a la cofra dia del Santisimo Sacram[en]to que [e]sta y [cons]tituida en [e]sta ciudad qunse ducados de castilla por alcan sa y conseguirlos indulgencias que por [e]stas nos alcansa. y t[ambi]en mando a las mandas forsosas acostumbradas a la da lo a de ellas un rreal con que las aparto de mys vienes. y t[ambi]en mando que si algun persona me declarando juram[en]to sea deudo ra de alguna cantidad de p[es]os de oro como esta sea en la cantidad de qua tro p[es]os se le paguen de mys vienes y t[ambi]en declaro que soy casada y belada segun [en] el nombre de la santa madre
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[...] con Sancho Garcia con el qual al tiempo que me case con el susod[ic]ho por los d[ic]hos mis padres me fue dado en dote quinientos p[es]os en ajuar y una [e]stancia de labor que en termynos de [e]sta ciudad de lo qual no ay carta de dote ni asta oy se al d[ic]ho y para que conste debo lo declaro. y t[ambi]en declaro que en todo el tiempo que e sido casada con el susod[ic]ho no ete y si al presente de que [e]stoy de parto sabiere a ese y fuere bido de le del año por my eredero y si no u viere el tiempo que d[e]r[ech]o permyte e saliere muerto y no peligrare de ten tianse en que estoy declaro y es my bo luntad que sea my heredero en el rre maniente de my viense doña Cata lina de aguilar my her[man]a donsella que al presente esta en my con dama por quanto esta es my boluntad y en declaro que no me acuerdo deber ni que me deban ninguna persona nin guna cantidad de p[es]os de oro y pra cunplir y pagar [en] tiempo de [e]s tando y las mando en el contenido deno y nonbro por my alvasea a el d[ic]ho Sancho Garcia como my marido al qual
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le doy poder cumplido con libre ge neral admynistracion para que en tren mys vienes y los venda en al moneda e fuera de ella y cunpla y pa gue [e]ste my testam[en]to y lo en el con tenido. y cumplido y pagados [an]te my testa m[en]to y lo en el contenido debajo de la condicion que tengo d[ic]ha en este my testam[en]to dejo por tal heredero al d[ic]ho a Doña Catalina my her[ma]na de le rremaniente de mys vie nes y si la susod[ic]ha muriere sinto matestado y tomadolo y no te niendo heredero quiero y es my bo luntad que herede lo que asi cumple de rremaniente de mys vienes J[uan] Gomez Lozano y her[e]do de ello no es cobar mys hermanos y esta es my bolun tad. rreboco y anulo otros quales quier testamentos mandas y codisilios que en qualquier ma enra aya ff[ech]o a[n] si por el escrito como de palabra para que en obar gan ni agan effecto y sus como fue ra de ellas docte e qual quier que balga por tal y en a quella de d[e]r[ech]o [en] testimo[ni]o de lo qual otorgue el presente que es
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ffecho [en] la ciudad de Cholula en veynte y cinco dias del mes de o[c]tubre de myll seiscientos y cinco a[añ]os la otorgante que yo el [e]scri[van]o pu[bli]co doy ffee que conosco a unque dijo saber escribir no firmo por que dino no po der a su ruego lo firmo un t[estig]o y lo fueron fr[ay] Her[nan]do de Torres de la orden del Señor San Fran[cis]co y Alo[nso] Davila de [e]sta ciudad.
Por t[estig]o a rruego de la otorg[an]te Alo[nso] Davila [rúbrica]
a[n]te my Joan Franco [rúbrica] [e]scriv[an]o pu[bli]co