Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Andres Lopez

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y no es Possible que el dicho Difunto estando pagado no lo declarasse en ssu testamento y anssi se diere execusion si no fuesse Por descuido y no acordarsse con la gravedad de la enfermedad que no fue mucho Por lo tanto a vuestra merced Pido y Supplico de la cha de hazer la dicha notificacion al dicho mi parte en su perssona y Casso ansi negadi que esto no huviesse lugar que sia mande dar y de la dicha execucion por y que los vienes executados se bielban al dicho mi parte libremente y sin costas y pido que ante todas cossas las partes contrarias exssivan el dicho testamento enteramente y pido justizia y juro a dios y a la cruz en anima del dicho mi partte esta opussiçion Y de maliçia [rubrica] enttrossí Pido a vuestra merced mande se me de Rec en forma Para la ciudad de los angeles y dichas partes donde estan los testigos de mí parte Para Hazer anssi pido ynsserto el ynterrogatorio y pido justicia joseph de morales [rubrica] El corregidor mando dar a la otra parte y se le encargan della ley y çitada la parte con traria se le de la carta de justicia que nececita pues y ansi lo mando Balentin de Jasso [rubrica] ante my Joan franco scrivano publico en la ciudad de cholula en doze dias del mes de henero del año que es mismo notiffique el auto de atras como se contiene andres lopez albaçea de alonso beltran difunto y le çite para lo contenido en el dicho auto y en la presente al jurar y conozcer de presentaron xpoval de carmona [línea de cancelación] Joan franco scrivano [rubrica]

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en la ciudad de cholula en primero dia del mes de ffebrero de myl y seiscientos y ocho años ante balentin de jasso corregidor en esta ciudad lo presento el contenido andres loPez Como Albaçea de alonso beltran difunto En el pleyto de Ejecusion que trato Contra los bienes de diego perez maldonado digo que de las delijencias que se Requieren haber en esta dicha execucion de mi Parte Estan ffechas [línea de cancelación] a vuestra merced pido i suplico mande dar la Carta por Conclussa y Re mitilla a Una es para que se sentensie y Pido justicia vuestra andres lopez [rubrica] El corregidor mando que se le traygan los autos para los ver e proveher justizia habiendo los visto de lo que abra e ovo por conclusa esta causa de xunta determinaçion dellos con siste en el dicho los e andres suarez de la para de verse abogado della de la ciudad de los angeles para que como los vea contre dicho de acesoria y ante

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en la ciudad de cholula a çinco dia del mez de março de mil y seíscientos y ocho ante valentin de jasso corregidor della por su magestad. aviendo visto este processo y autos de exequcion fecha a pedimento de Andres lopez como albacea que dize ser de Alonso Beltran difunto, contra Diego Perez maldonado en sus bienes por ochocientos y quarenta y tres pesos de oro comun que le pide en virtud de escritura publica en esta causa presentada, dixo que declara y declaro por ninguno de ningun effecto todo lo fecho en este processo por defecto de, parte, actor, y lo ponía y puso en su primer estado y en el punto del primer auto y presentacion de la dicha escritura, con declaracion que para lo que toca Al derecho de los herederos del dicho difunto, el sequestro y deposito de los bienes exe qutados hecho en joan Tenorio depositario tenga su fuerça y vigor contra el dicho deposita rio como en el se contiene y a riesgo del alguacil que le hizo como exequtor en veynte y siete dias de septiembre e año proximo passado de seyscientos y siete y mandava y mando que esta causa se substancia con los dichos herederos y se les de noticia del estado y razon della y deste auto para que si la quisieren seguir la sigan como les conviniere y assi lo proveyo declaro y firmo con parecer del assessor [línea de cancelación] Balentin de Jasso licenciado Andres suarez parra de oliveros [rubrica] ante my Joan franco scrivano publico [rubrica]

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Joan Gomez de leGuiçamo Como marido y Conjunta persona de catherina beltran mi muger hija lexitima y herede ra de Alonso beltran y de Elvira vezerra su muger difunctos vezinos que fueron desta zivdad. Cuya herenzia tiene azeptada y de nuevo azepta con benefiçio de yn bentario digo que los años passados Andres lopez alba çea que fue del dicho mi suegro tracto en este tribunal pleito de execucion contra diego perez maldonado por ochoçientos y quarenta y tres pesos de oro commund que le deve de rres to de scriptura de mayor contra del presçio de seis cavalle rias de tierra quinçe bueyes y demas apero que le ben dio para cuya siguridad el hipoteco por expresa y espe cial hipoteca las dichas cavallerias de tierra bueyes y demas apero y por no aver pudido El dicho Andres lopez La clausula de albaçea no se sentenzio la causa de Remate y se puso en el estado en que estava quando la scriptura de obligaçion se presento y proveyo auto en que se mando librar mandamiento de execusion con que Para el derecho de la dicha mi muger tubiese su fuerça y vigor tubiese el secresto de bienes y deposito hecho en joan tenorio arriesgo del alguaçil executor que le hizo segun que mas Cargamento por el dicho proceso y auto consta de que hago demonstracion y para poder se guir la dicha execucion tengo nezesidad ante todas cossas el lijitimar mi perssona y la de la dicha catherina beltran mi muger y que al presente no ay otro here dero que pueda subceder en los bienes del dicho su pa dre difuncto sino es la sussodicha por sanjo a vuestra merced Pido y suplico que Aviendo por execu tado dicho pleito mandeseme prueva la dicha ynformacion y constando por ella ser assi lo que tengo rreferido me declare por marido de la dicha catherina beltran mi muger y a la sussodicha por hija lixitima y universal heredera del dicho Alonso beltran

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en la ciudad de cholula en treinta y uno de maio de mil y seis zientos y dies y nuebe años Juan pardo de aguero corregidor en ella por su magestad aviendo visto este proceso y autos executibos que se siguieron por parte de Andres lopez como albaçea que dijo ser de Alonso beltran difunto contra Diego perez maldonado por cantidad de pesos que en virtud de escriptura presentada pareçe serle deudor y lo pedido por Juan gomez de leguiçamo co mo marido que dice ser de catalina beltran hija legitima y unica heredra del dicho Alonso beltran en raçon de que se le reçiba la infor maçion que ofreçe de como es marido de la dicha catalina beltran y que la susodicha es tal hija y heredera del dicho Alonso beltran y lo demas que en esta raçon pide y alega esta dixo que mandaba y mando se le reçi ba a el dicho Juan gomez la informaçion que ofreçe conforme a su alega çion interrogatorio el qual admitía y admitió en lo pertinente y no en mas y dada proveera lo que mas convenga y sea de justiçia y por este su auto asi lo proveyo mando y firmo con acuerdo de assesor enmendado dada vale juan pardo de aguero joseph de anzures y guevara ante mi joan de Gamiz scrivano publico ynformacion de juan Gomez de leguiçamo en la ciudad de cholula en primero de junio de myl y seiscientos y dies y nuebe años ante pardo de aguero corregidor desta çiudad el dicho juan gomez de leguiçamo para la dicha ynformacion presento por testigo a benito de aguilar vezino desta jurisdiçion del qual fue rreçivido

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