Fondo Real de Cholula

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Pages That Mention Catalina Beltran

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[Crismón gráfico] [...] [a lápiz] 628 [con tinta] 37 [item] Gomez de Guisamo Juan en la execusion que en derecho de Beltran Catalina mi lixitima muger sigo contra los bienes de Perez Maldonado Diego por los pesos de oro. Porque estan executado. Digo que el termino de los Pregones es Pasado y diasma. Por todo lo qual a vuestra merced Pido y suplico de haser transe y remate de los bienes en esta causa executados y de su Precio entero y cunolido Pago a la dicha mi parte de Principal y costa y pido justicia y en lo nesesario [...]. [item] [Arosi] a vuestra merced suplico atento a que el dicho Diego Perez Maldonado es muerto o ausente que no puede ser avida no se me resiva ynforma cion dello y pido [ud] [supra] y quedada se den tres Pregones para que si ubiere heredero o parte del suso dicho o persona con su po der paresca a defenderlo y pido justicia y costa por personas de mi Procurador [Rúbrica] Mathias Davila

[item] En la ciudad de Cholula en quince de jullio de mill y seyscientos y diez y nueve ante Pardo de la Juan corregidor desta ciudad por su magestad se presento el contenido. [Auto] El corregidor mando diez y tres [...] de esta pe ticion a la dicha parte y en el dicho della de ynformacion dada por ver en la justicia. [Rúbrica] Jose Pardo Ante mi de Ramirez Juan Escribano Publico

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[Crismón gráfico] [a lápiz] 631 [en tinta] 40 Yo Pardo de Aguero Juan corregidor desta ciudad de Cholula por su magestad hago ssaber a sus jueses y justicias de la Ciudad de Mexico y otras partes de su rreyno antequien esta mi carta sse presentare y pidiere su cumplimiento como ante mi pende y se trata pleyto executibo entre pattes de la una a su executante Gomez de Guisamo Juan marido lixitimo y con junta oerssona de Beltran Catalina hija lixitima y eredera de Beltran Alonso difunto y de la dicha [...] exe cutados los bienes de Perez Maldonado Diego por los ochosientos y quarenta y tres pesos de oro comun de rrecto [...] [...] de mayor cantidad proceda de sseys cavallerias de tierra que el dicho Alonso Beltran le bendio en el paso de [Tecaxte] de esta jurisdiccion en las quales como christianamente por de cadas a la dicha deuda sea trabulada execucion y andubieron en pregon los terminos del dicho y agora el dicho [...] me pidio [ante] y rremate y que atento a que el dicho Diego Perez no podia ser avido ni se ssabria del y que por la ynformacion que ante [línea de cancelación]

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[a lápiz] 632 [con tinta] 41 letrados de mi audiencia hordinaria de efectos y notificados les percatan enteros perjuycio como siconside per ssonas se pudiessen y todo lo que en vir tud de esta mi carta se pudiere y dilijen ciare ni finalmente con ella se entre gue a la parte para en guarde su derecho y para que esta carta ante mi que al tan to por quañ de vuestra merced cada que las vea justicia mediante pida en la ciudad de chiolula en diez y siete de jullio de mill y sseys cientos y diez y nue ve años, rratifico el dicho mi valor [Rúbrica] Pardo de Aguero Juan [Rúbrica] de Ramirez Juan Escribano publico

En la ciudad de Cholula en diez y siete de jullio de mill y seiscientos diez y nuebe años ante mi el escribano otorgo Gomez de Guisamo Juan a quien doi fee que conozco que tambien me obligo por administrador de bienes de Beltran Catalina su muger da su poder a Maldonado Juan Estebanlabrador de mexico para que con su presente en esta carta de [...] ante quales a dicho y pido cumplimiento y hata que tenga dicho pedimento ante lo que conbega y le havia con el [...] y de ofi cion en el [traspasa tinta] [traspasa tinta] firma un testigo a su rruego Cuenco Francisco y pide su higa vecina de [...] [...] Ante mi Juan de Ramirez Escribano Publico

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[Crismón gráfico] [a lápiz] 636 [con tinta] 45 En el pleito de execusion que ha sido contrapuesta de la una Gomez de Guisamo Juan como marido y conjunta persona de Beltran Catalina hija y heredera de Beltran Alonso actor y executante y de la otra Perez Maldonado Diego reo executado por ochozientos y quarenta y tres pesos que es deudor a los bienes y herederos del dicho Alonso Beltran vistos los autos y meritos del proceso y atento a ellos Hallo del demandar y mando avibar la vos del almoneda y hazer trance y remate de los bie nes en esta causa executados y de su precio y valor entero y cumplido pago a el dicho Juan Gomez de Guisa mo el principal y costas por que bi y contrato cita dicha execusion con que primero y ante las dichas cosas de la fiança conforme a la ley de Toledo y la presente executada se cite para el ultimo remate y por el tramite sentado finiquitado juzgando asi lo pronuncio y mando con costas parecer de assesor. Pardo de Aguero Juan [Rúbrica] de Angulo y Guevara

[Crismón gráfico]] Por testigo en la sentencia Juan Pardo de Aguero corregidor de la ciudad de Cholula el dicho de Andrada Alonso en la hordinaria della en este año de mill y seiscientos y diez y nuebe años. Ante mi de Ramirez Juan Escribano publico

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Yo Pardo de Aguero Juan corregidor desta ciudad de cholula por su magestad mando a las justicias merced della o qualquiera de sus tenientes que metan a Gomes de Guissamo en nombre y como marido de Beltran Catalina hija y heredera de Beltran Alonso difuncto y de los demas sus herederos. En possesion de sseys cavallerias de tierra que son en esta jurisdiccion en pago deste caxate quda una cavalleria corre desde un rrio hasta lindar por el poniente con tierras de de Aguilar Benito un mançanillo que tuve de lindero della por el oriente con tierras de la linda de dios dado y por el largo hasta Ssacatepeque las cinco cavallerias corren desde el camino que ba desta ciudad a Calpa el norte y lindan por el ponien te con la mojonera y termino de la jurisdicion Guexotzingo por el oriente con tierras de la biuda del dicho Dios dado las quales se exe cutaron por el dicho Juan Gomes por ocho sientos y quarenta y tres pesos de oro comun que se rrentaban deviendo por dicho peres mal donado de rresto del precio de las dichas tierras que el bendio el dicho Alonso de Beltran y sse rremataron en el dicho Juan Gomes en e xecucion de sentencia de rremate por mi pronunciada por no aver ponedor para effecto de Aberse pago de la dicha devda costas la qual dicta pose ssion le den sin perjuysion del derecho Real de su magestad ni dentro terçero [línea de cancelación]

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