Spanish Colonial Manuscripts at the Benson Latin American Collection

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Pages That Mention de Croix, Carlos Francisco

Instruccion para el mejor gobierno y administracion de los propios y arbitrios de Mexico 

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el riego de la alameda con que consigue el ahorro de más de 300 pesos anuales se continuará del mismo modo en lo sucesivo.

55 El mayordomo tesorero cuidará de que se modere el gasto de 240 pesos que en cada año se han pagado por conducir y extender la arena en las calles por dónde pasa la procesión del Corpus haciendo nuevo ajuste con atención a que este indispensable gasto sirva a la decencia del día y como vida pública.

56 A excepción de los gastos extraordinarios y debidos que se hacen con el digno motivo de la jura de nuestros a gustos soberanos y serenissimos príncipes de Asturias quedan prohibidos todos los demás que exceden excedan de 50 pesos aunque se regulen precisos sin la precedente aprobación y su puesto que [ilegible] a las leyes y reales cédulas se han consumido anteriormente y considerables sumas en los recibimientos y entradas de los excelentísimos señores Virreyes y que el autorizado ejemplo del excelentísimo señor Marqués de Croix da a la ciudad justo margen para arreglarlos en lo sucesivo prohíbo se ejecuten en más cantidad que las de los 80 pesos permitidos por la ley y el [ilegible] sobrante de corridas de toros suficientes a costear la función con el debido [ilegible] respecto a queda extinguido en [ilegible] y regalía del palio las libreas y demás casos superfluos.

57 Finalmente se pagarán por la tesorería de ciudad en la forma que va prevenida los salarios y asignaciones que contienen los siguientes reglamentos ínterin que la majestad con vista de todo se digna resolver lo que sea de su real agrado

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Para que la instrucción y reglamento insertos tengan el debido cumplimiento se pasará este despacho con el correspondiente oficio al excelentísimo señor Virrey a fin de que sirviéndose poner [ilegible] superior decreto de conformidad y execución y [ilegible] razón de todo en la contaduría general de propios y arbitrios de reino se comunique a la nobilísima ciudad y por esta a sus oficinas subalternas cuidar no de su puntual observancia. Dado en México a 18 de enero de [ilegible] Don José de Gálvez Por mandado de su señoría [ilegible] Tiburcio de Sedano [ilegible] S. ilustrísima manda, que en la cuenta, y distribución de los propios y rentas de esta nobilísima ciudad se guarde este reglamento, como en cada uno de sus capítulos se expresa.

México 22 enero de 1771. Guardese y cumplase en todas sus partes el anterior reglamento dispuesto con mi acuerdo y en fuerza de lo prevenido en la real instrucción de visita por el ilustrísimo señor Visitador general Don José de Gálvez y para que en consecuencia se ponga desde luego en práctica por la nobilísima cuidad, pasele con el oficio correspondiente y a fin que los individuos que la componen y demas a quién esto que no carezcan de la debida instrucción que del expresado reglamento deben tener la preferida ciudad nobilísima dispondrá se impriman los 200 ejemplares de el de que las distribuira los necesarios.

El Marqués de Croix

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Informe del Visitador General al Excmo. Señor Marqués de Croix sobre la inadmisible pretension de libertar del Tributo á los operarios de minas de Goanaxto

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Número 18

Informe del Visitador General al excelentísimo Señor Marqués de Croix sobre la [ilegible] pretensión de libertar del tributo a los operarios de minas de Guanajuato

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Estados e informe del Contador General de Alcavalas en que se demuestran las utilidades conseguidas en ellas con las providencias de Visita

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Decreto 20

México 7 de enero de 1769

El Contador general de alcabalas Don Juan Antonio de Arce y Arroyo me pasara con la brevedad posible un estado en relacion certificado en que conste las alcabalas que [ilegible] en administración antes que el ilustrísimo señor Visitador general principiase los encabezamientos de este ramo cotejos, los productos de aquella con los precios del encabezamiento en donde se hubiese tomado esta providencia haga asimismo cotejo de los valores del encabezamiento [ilegible] administración en las jurisdicciones o pueblos donde [ilegible] [ilegible] verificado esta por mis providencias tomadas con acuerdo de dicho senor Visitador y estuvieron antes en arrendamiento anotando las dimensiones o incrementos respectivos en el método que sabe con expresión de tiempo si del día en que se celebró la escritura de encabezamientos y diciendo [ilegible] semanalmente de que [ilegible] aquellas, y porque regla se dirigió el ajuste de los [ilegible] para haberlos efectuado [ilegible] precio que algunos de los años se de su administración o arrendamiento haga que saque testimonio de este decreto para el duplicado porque el [ilegible] ha de venir con el estado. El Marqués de Croix.

Representación Excelentísimo señor No obstante que viva y eficazmente desea cumplir los verdaderos órdenes de vuestra excelencia y el que se ha sentido conferirme en el adelante superior decreto contiene la calidad de la brevedad posible aunque me he dedicado en continuadas tareas con el mayor conato a su eficaz yo no he probado hasta ahora conseguirla por la muchedumbre de

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a cada destino de administración y en el mismo ordinario se pasaba el aviso respectivo administrador para que el vigilantemente y atento acudiese a el reparo de los [ilegible] que contra la alcabala pudieron intentarse cuya [ilegible] [ilegible] hasta ahora y tome en aquel tiempo [ilegible] única que quedara en las expuestas circunstancias para [ilegible] en lo posible a las necesidades apuntadas.

No relacionado señor excelentísimo es lo que contemplo correspondiente a el obedecimiento de la orden que vuestra Excelencia [ilegible] [ilegible] y lo que producen los documentos que he reconocido sobre que salvo [ilegible] de suma [ilegible] otro inadvertido permitiéndome de que [ilegible] así lo certifica. México 19 de enero de 1779.

Sacada de la semejante de la que con la fecha contenida pase [ilegible] del excelentísimo señor Marqués de Croix siendo virrey de este reino de México 18 de diciembre de 1771.

Juan Antonio de Arce y Arroyo

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