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Decreto 20

México 7 de enero de 1769

El Contador general de alcabalas Don Juan Antonio de Arce y Arroyo me pasara con la brevedad posible un estado en relacion certificado en que conste las alcabalas que [ilegible] en administración antes que el ilustrísimo señor Visitador general principiase los encabezamientos de este ramo cotejos, los productos de aquella con los precios del encabezamiento en donde se hubiese tomado esta providencia haga asimismo cotejo de los valores del encabezamiento [ilegible] administración en las jurisdicciones o pueblos donde [ilegible] [ilegible] verificado esta por mis providencias tomadas con acuerdo de dicho senor Visitador y estuvieron antes en arrendamiento anotando las dimensiones o incrementos respectivos en el método que sabe con expresión de tiempo si del día en que se celebró la escritura de encabezamientos y diciendo [ilegible] semanalmente de que [ilegible] aquellas, y porque regla se dirigió el ajuste de los [ilegible] para haberlos efectuado [ilegible] precio que algunos de los años se de su administración o arrendamiento haga que saque testimonio de este decreto para el duplicado porque el [ilegible] ha de venir con el estado.
El Marqués de Croix.

Representación
Excelentísimo señor
No obstante que viva y eficazmente desea cumplir los verdaderos órdenes de vuestra excelencia y el que se ha sentido conferirme en el adelante superior decreto contiene la calidad de la brevedad posible aunque me he dedicado en continuadas tareas con el mayor conato a su eficaz yo no he probado hasta ahora conseguirla por la muchedumbre de

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